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Datos de TABERNAS TIO PEPE SAU

TABERNAS TIO PEPE SAU

Objeto social

CNAE 5610 - Restaurantes y puestos de comidas

CIF

A11717840

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de TABERNAS TIO PEPE SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TABERNAS TIO PEPE SAU o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el único accionista de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal y el único accionista de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal, así como el único socio de Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, el 30 de junio de 2006 acordaron por unanimidad la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción por parte de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal y Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, mediante la disolución sin liquidación de éstas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión y depositado en el Registro Mercantil de Cádiz y conforme a los Balances de fusión aprobados, cerrados todos ellos a 30 de abril de 2006. Atendido que la Sociedad absorbente, Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal, es titular de la totalidad de las acciones y, en su caso, participaciones, de las Sociedades absorbidas, se trata de una fusión por absorción de una Sociedad íntegramente participada, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital alguno en dicha Sociedad absorbente ni, por tanto, se emiten acciones. Las operaciones de las Sociedades absorbidas se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente, a partir del 1 de septiembre de 2005. Las Sociedades que participan en la fusión no tienen ni tendrán acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones. Por otra parte, la Sociedad absorbente no otorgará ningún tipo de derecho especial a ningún accionista ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión. No se atribuye ni se atribuirá ventaja de clase alguna en la Sociedad absorbente a los Administradores de las Sociedades que se fusionan o de la absorbente. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente:

    Primero.-El derecho que asiste a los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como a los representantes de los trabajadores, de examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley.

    Segundo.-El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

    Tercero.-El derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados por las respectivas sociedades.

    Jerez de la Frontera, a 16 de octubre de 2006.-Firmado. Mauricio González-Gordón López de Carrizosa, Presidente del Consejo de Administración de «Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal», Administrador Solidario de «Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal» y de «Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal» y Administrador único de «Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal».-59.643.

    2.ª 24-10-2006

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/10/2006. Núm. 59643. Diario: 204 Sección: R Pág: 35037 - 35038 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el único accionista de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal y el único accionista de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal, así como el único socio de Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, el 30 de junio de 2006 acordaron por unanimidad la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción por parte de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal y Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, mediante la disolución sin liquidación de éstas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión y depositado en el Registro Mercantil de Cádiz y conforme a los Balances de fusión aprobados, cerrados todos ellos a 30 de abril de 2006. Atendido que la Sociedad absorbente, Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal, es titular de la totalidad de las acciones y, en su caso, participaciones, de las Sociedades absorbidas, se trata de una fusión por absorción de una Sociedad íntegramente participada, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital alguno en dicha Sociedad absorbente ni, por tanto, se emiten acciones. Las operaciones de las Sociedades absorbidas se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente, a partir del 1 de septiembre de 2005. Las Sociedades que participan en la fusión no tienen ni tendrán acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones. Por otra parte, la Sociedad absorbente no otorgará ningún tipo de derecho especial a ningún accionista ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión. No se atribuye ni se atribuirá ventaja de clase alguna en la Sociedad absorbente a los Administradores de las Sociedades que se fusionan o de la absorbente. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente:

    Primero.-El derecho que asiste a los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como a los representantes de los trabajadores, de examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley.

    Segundo.-El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

    Tercero.-El derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados por las respectivas sociedades.

    Jerez de la Frontera, a 16 de octubre de 2006.-Firmado. Mauricio González-Gordón López de Carrizosa, Presidente del Consejo de Administración de «Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal», Administrador Solidario de «Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal» y de «Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal» y Administrador único de «Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal».-59.643.

    2.ª 24-10-2006

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/10/2006. Núm. 59643. Diario: 203 Sección: R Pág: 34748 - 34748 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el único accionista de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal y el único accionista de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal, así como el único socio de Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, el 30 de junio de 2006 acordaron por unanimidad la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción por parte de Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal de Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal, Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal y Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal, mediante la disolución sin liquidación de éstas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión y depositado en el Registro Mercantil de Cádiz y conforme a los Balances de fusión aprobados, cerrados todos ellos a 30 de abril de 2006. Atendido que la Sociedad absorbente, Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal, es titular de la totalidad de las acciones y, en su caso, participaciones, de las Sociedades absorbidas, se trata de una fusión por absorción de una Sociedad íntegramente participada, por lo que, en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumento de capital alguno en dicha Sociedad absorbente ni, por tanto, se emiten acciones. Las operaciones de las Sociedades absorbidas se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente, a partir del 1 de septiembre de 2005. Las Sociedades que participan en la fusión no tienen ni tendrán acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones. Por otra parte, la Sociedad absorbente no otorgará ningún tipo de derecho especial a ningún accionista ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión. No se atribuye ni se atribuirá ventaja de clase alguna en la Sociedad absorbente a los Administradores de las Sociedades que se fusionan o de la absorbente. De conformidad con lo previsto en los artículos 238, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente:

    Primero.-El derecho que asiste a los accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como a los representantes de los trabajadores, de examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley.

    Segundo.-El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

    Tercero.-El derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados por las respectivas sociedades.

    Jerez de la Frontera, a 16 de octubre de 2006.-Firmado. Mauricio González-Gordón López de Carrizosa, Presidente del Consejo de Administración de «Pizarro, Sociedad Anónima Unipersonal», Administrador Solidario de «Artesanos de las Tapas, Sociedad Anónima Unipersonal» y de «Rincones Tío Pepe, Sociedad Limitada Unipersonal» y Administrador único de «Tabernas Tío Pepe, Sociedad Anónima Unipersonal».-59.643.

    1.ª 23-10-2006

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 16/10/2006. Núm. 59643. Diario: 202 Sección: R Pág: 34652 - 34652 

Informes comerciales Axesor

Informe de CréditoInforme Mercantil, Incidencias y VinculacionesPerfil Comercial de Empresa
Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evolución
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo administradores
Incluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursales
Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAI
Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef Empresas
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
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TABERNAS TIO PEPE SAU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Restaurantes y puestos de comidas.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.