PROMOCION, PARCELACION, URBANIZACION, CONSTRUCCION Y EXPLOTACION, INCLUIDO EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES NO FINANCIERO, ADQUISICION DE FINCAS Y TERRENOS Y SU VENTA.
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B80694904
20/09/1993
15 años
(Extinguida el 12/01/2009)
-
0.5M €
Madrid
1
Información sobre balances y cuentas de resultados de EMAVESA SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
| Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
| Consultar en Axesor | ||||||
| Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
|---|---|---|---|---|
| Araguas Bravo Juan Antonio | Adm. Mancom. | Araguas Bravo Juan Antonio Adm. Mancom. | 12/01/2009 | |
| Araguas Bravo Inmaculada | Adm. Mancom. | Araguas Bravo Inmaculada Adm. Mancom. | 12/01/2009 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EMAVESA SL o en los que participa indirectamente.
Publicación en el BORME de los siguientes ceses-dimisiones:
| Administradores Mancomunados |
Con fecha 2009-01-12+01:00, la sociedad EMAVESA SL ha sido escindida resultando como beneficiarias de la escisión de las sociedades A-6 PROMOARA SL, , NEGOCIOS DIEZ SL y INMAR DESARROLLOS EMPRESARIALES SL
Se disuelve la sociedad por escisión.
Anuncio de escisión total
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de las sociedades intervinientes, celebrada el día 22 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la escisión total de «Emavesa, S.L.», con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid, en la calle Rumania, número 3, edificio Sevilla, portal 5, 1.ºB, con CIF B-80694904; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 6893, folio 145, sección 8.ª, hoja M-112215, traspasando la totalidad de su patrimonio a las sociedades de nueva creación (pendientes de inscripción registral), «A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada», que asumen los derechos y obligaciones que se deriven, de dicha escisión total, ajustándose dicho acuerdo de escisión total, al proyecto de escisión total elaborado y suscrito por los Administradores mancomunados de la sociedad escindida, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid, el 20 de junio de 2008 y al Balance de escisión total cerrado a 31 de diciembre de 2007, que fue debidamente aprobado por la Junta de la sociedad escindida. El reparto entre los socios de la sociedad escindida de las participaciones sociales que les corresponden a las sociedades benefeciarias de nueva creación, se atribuirán en contraprestación a los socios de la primera, los cuales recibirán un número de títulos proporcional a sus respectivas participaciones. Como consecuencia de la escisión total, por cada participación de la sociedad escindida (Emavesa, S.L.), se entregarán 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación («A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada»)en la proporción de 1 participación de la sociedad escindida por 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación de 6,01 euros de valor nominal y una prima de emisión de 6.953.844,24 millones de euros en «A-6 Promoara, S.L.»; una prima de emisión de 5.588.908,82 millones de euros en «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y una prima de emisión de 4.189.114,44 millones de euros en «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada». Al no existir conmpensación en metálico no se abonará a cada socio titular, importe alguno por cada participación de las sociedades beneficiarias que se les hayan atribuido. La atribución de las participaciones se efectuará por parte de los socios afectados, en el plazo de quince días a contar desde la escritura que contenga los acuerdos a adoptar por la Junta general. No se otorgan derechos especiales de ningún tipo a los socios, ni existen participaciones ni títulos de derechos especiales, así como tampoco se otorgan ventajas de ninguna clase a los Administradores.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de escisión. Asimismo, y en cumplimiento del artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, al presente acuerdo, en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal.
Madrid, 23 de junio de 2008.-Administradores mancomunados, Juan Antonio e Inmaculada Araguas Bravo.-41.783. y 3.ª 27-6-2008
Anuncio de escisión total
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de las sociedades intervinientes, celebrada el día 22 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la escisión total de «Emavesa, S.L.», con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid, en la calle Rumania, número 3, edificio Sevilla, portal 5, 1.ºB, con CIF B-80694904; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 6893, folio 145, sección 8.ª, hoja M-112215, traspasando la totalidad de su patrimonio a las sociedades de nueva creación (pendientes de inscripción registral), «A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada», que asumen los derechos y obligaciones que se deriven, de dicha escisión total, ajustándose dicho acuerdo de escisión total, al proyecto de escisión total elaborado y suscrito por los Administradores mancomunados de la sociedad escindida, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid, el 20 de junio de 2008 y al Balance de escisión total cerrado a 31 de diciembre de 2007, que fue debidamente aprobado por la Junta de la sociedad escindida. El reparto entre los socios de la sociedad escindida de las participaciones sociales que les corresponden a las sociedades benefeciarias de nueva creación, se atribuirán en contraprestación a los socios de la primera, los cuales recibirán un número de títulos proporcional a sus respectivas participaciones. Como consecuencia de la escisión total, por cada participación de la sociedad escindida (Emavesa, S.L.), se entregarán 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación («A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada»)en la proporción de 1 participación de la sociedad escindida por 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación de 6,01 euros de valor nominal y una prima de emisión de 6.953.844,24 millones de euros en «A-6 Promoara, S.L.»; una prima de emisión de 5.588.908,82 millones de euros en «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y una prima de emisión de 4.189.114,44 millones de euros en «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada». Al no existir conmpensación en metálico no se abonará a cada socio titular, importe alguno por cada participación de las sociedades beneficiarias que se les hayan atribuido. La atribución de las participaciones se efectuará por parte de los socios afectados, en el plazo de quince días a contar desde la escritura que contenga los acuerdos a adoptar por la Junta general. No se otorgan derechos especiales de ningún tipo a los socios, ni existen participaciones ni títulos de derechos especiales, así como tampoco se otorgan ventajas de ninguna clase a los Administradores.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de escisión. Asimismo, y en cumplimiento del artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, al presente acuerdo, en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal.
Madrid, 23 de junio de 2008.-Administradores mancomunados, Juan Antonio e Inmaculada Araguas Bravo.-41.783. 2.ª 26-6-2008
Anuncio de escisión total
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de las sociedades intervinientes, celebrada el día 22 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la escisión total de «Emavesa, S.L.», con domicilio en Pozuelo de Alarcón (Madrid, en la calle Rumania, número 3, edificio Sevilla, portal 5, 1.ºB, con CIF B-80694904; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 6893, folio 145, sección 8.ª, hoja M-112215, traspasando la totalidad de su patrimonio a las sociedades de nueva creación (pendientes de inscripción registral), «A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada», que asumen los derechos y obligaciones que se deriven, de dicha escisión total, ajustándose dicho acuerdo de escisión total, al proyecto de escisión total elaborado y suscrito por los Administradores mancomunados de la sociedad escindida, depositado en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid, el 20 de junio de 2008 y al Balance de escisión total cerrado a 31 de diciembre de 2007, que fue debidamente aprobado por la Junta de la sociedad escindida. El reparto entre los socios de la sociedad escindida de las participaciones sociales que les corresponden a las sociedades benefeciarias de nueva creación, se atribuirán en contraprestación a los socios de la primera, los cuales recibirán un número de títulos proporcional a sus respectivas participaciones. Como consecuencia de la escisión total, por cada participación de la sociedad escindida (Emavesa, S.L.), se entregarán 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación («A-6 Promoara, S.L.», «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada»)en la proporción de 1 participación de la sociedad escindida por 1 participación de cada una de las sociedades beneficiarias de nueva creación de 6,01 euros de valor nominal y una prima de emisión de 6.953.844,24 millones de euros en «A-6 Promoara, S.L.»; una prima de emisión de 5.588.908,82 millones de euros en «Negocios Diez, Sociedad Limitada» y una prima de emisión de 4.189.114,44 millones de euros en «Inmar Desarrollos Empresariales, Sociedad Limitada». Al no existir conmpensación en metálico no se abonará a cada socio titular, importe alguno por cada participación de las sociedades beneficiarias que se les hayan atribuido. La atribución de las participaciones se efectuará por parte de los socios afectados, en el plazo de quince días a contar desde la escritura que contenga los acuerdos a adoptar por la Junta general. No se otorgan derechos especiales de ningún tipo a los socios, ni existen participaciones ni títulos de derechos especiales, así como tampoco se otorgan ventajas de ninguna clase a los Administradores.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de escisión. Asimismo, y en cumplimiento del artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, al presente acuerdo, en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal.
Madrid, 23 de junio de 2008.-Administradores mancomunados, Juan Antonio e Inmaculada Araguas Bravo.-41.783. 1.ª 25-6-2008
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EMAVESA SL fué una empresa constituida el 20/09/1993 y extinguida el 12/01/2009 inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. y con domicilio en Pozuelo de AlarcónSu clasificación nacional de actividades económicas era Promoción inmobiliaria.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.
EMAVESA SL tiene 0 cargos directivos en activo y 2 cargos directivos históricos.