CNAE 9200 - Actividades de juegos de azar y apuestas
B80162621
-
-
-
0.5M €
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de ANDAMATIC SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ANDAMATIC SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que todos los accionistas de "Operiberica, Sociedad Anónima", por unanimidad, reunidos en Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el 21 de junio de 2002, y los socios únicos de "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal", ejerciendo las competencias de la Junta general, conforme al artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, decidieron el 21 de junio de 2002 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Operiberica, Sociedad Anónima", de las entidades "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 21 de junio de 2002.-Los Administradores solidarios de "Operiberica, Sociedad Anónima", "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y el Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".-31.246.
y 3.a 28-6-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que todos los accionistas de "Operiberica, Sociedad Anónima", por unanimidad, reunidos en Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el 21 de junio de 2002, y los socios únicos de "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal", ejerciendo las competencias de la Junta general, conforme al artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, decidieron el 21 de junio de 2002 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Operiberica, Sociedad Anónima", de las entidades "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 21 de junio de 2002.-Los Administradores solidarios de "Operiberica, Sociedad Anónima", "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y el Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".-31.246.
2.a 27-6-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que todos los accionistas de "Operiberica, Sociedad Anónima", por unanimidad, reunidos en Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el 21 de junio de 2002, y los socios únicos de "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal", ejerciendo las competencias de la Junta general, conforme al artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, decidieron el 21 de junio de 2002 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Operiberica, Sociedad Anónima", de las entidades "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 21 de junio de 2002.-Los Administradores solidarios de "Operiberica, Sociedad Anónima", "Representaciones del Automático, Sociedad Anónima Unipersonal", "Asturnene, Sociedad Anónima Unipersonal", "Opercastilla, Sociedad Anónima Unipersonal", "Recreole, Sociedad Limitada Unipersonal", y el Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada Unipersonal".-31.246.
1.a 26-6-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, decidieron el 5 de noviembre de 2001 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, de las entidades "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 5 de noviembre de 2001.-El Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y el Administrador único de "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-54.696. y 3.a 12-11-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, decidieron el 5 de noviembre de 2001 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, de las entidades "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 5 de noviembre de 2001.-El Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y el Administrador único de "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-54.696. 2.a 8-11-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, decidieron el 5 de noviembre de 2001 aprobar el Balance de fusión, el proyecto de fusión y, por tanto, la fusión por absorción por "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, de las entidades "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.
Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas tienen a su disposición, en los domicilios sociales de las sociedades, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de la fusión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Málaga, 5 de noviembre de 2001.-El Administrador único de "Andamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y el Administrador único de "Recandal, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Malagamatic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-54.696. 1.a 7-11-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Informe de Crédito | Informe Mercantil, Incidencias y Vinculaciones | Perfil Comercial de Empresa | |
Capital social actual y evolución | |||
Información mercantil y comercial | Básica | ||
Administradores y dirigentes | Solo administradores | Solo dirigentes | |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
ANDAMATIC SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Actividades de juegos de azar y apuestas.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.