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CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ROSOT SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ROSOT SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas en fecha 9 de marzo de 2007, se aprobó, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Rosot, Sociedad Limitada» por «Balmes 104, Sociedad Limitada», con disolución, sin liquidación, de la absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, quien se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla. Los acuerdos de fusión se adoptaron en base a los balances de fusión de cada una de las sociedades participantes, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, que fueron aprobados por las respectivas Juntas, y en base al Proyecto de Fusión de fecha 28 de febrero de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el de los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 12 de marzo de 2007.-Los Administradores Solidarios de la sociedad absorbente, don José Roses Soler y don Pedro Roses Soler.-14.064.
1.ª 19-3-2007
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Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas en fecha 9 de marzo de 2007, se aprobó, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Rosot, Sociedad Limitada» por «Balmes 104, Sociedad Limitada», con disolución, sin liquidación, de la absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, quien se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla. Los acuerdos de fusión se adoptaron en base a los balances de fusión de cada una de las sociedades participantes, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, que fueron aprobados por las respectivas Juntas, y en base al Proyecto de Fusión de fecha 28 de febrero de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el de los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 12 de marzo de 2007.-Los Administradores Solidarios de la sociedad absorbente, don José Roses Soler y don Pedro Roses Soler.-14.064.
1.ª 19-3-2007
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Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas en fecha 9 de marzo de 2007, se aprobó, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de «Rosot, Sociedad Limitada» por «Balmes 104, Sociedad Limitada», con disolución, sin liquidación, de la absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, quien se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla. Los acuerdos de fusión se adoptaron en base a los balances de fusión de cada una de las sociedades participantes, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, que fueron aprobados por las respectivas Juntas, y en base al Proyecto de Fusión de fecha 28 de febrero de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el de los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 12 de marzo de 2007.-Los Administradores Solidarios de la sociedad absorbente, don José Roses Soler y don Pedro Roses Soler.-14.064.
1.ª 19-3-2007
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De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Rosot, Sociedad Limitada" (absorbente), y "Bulsoler, Sociedad Limitada" (absorbida), celebradas con el carácter de universal el pasado día 25 de abril de 2001, aprobaron, por unanimidad, tanto el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades, con fecha 14 de marzo de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, como la fusión por absorción de dicha "Bulsoler, Sociedad Limitada", que se disolverá y quedará extinguida, sin entrar en liquidación, por "Rosot, Sociedad Limitada", la cual, por sucesión universal, quedará subrogada en los derechos y obligaciones de dicha absorbida. Fusión por absorción que acordaron conforme el expresado proyecto y de acuerdo con sus respectivos Balances de fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2000.
La fecha a partir de la cual las operaciones societarias de la absorbida se entenderán realizadas por la sociedad absorbente será la indicada de 1 de enero de 2001.
De igual manera las expresadas Juntas de las sociedades fusionadas aprobaron y corroboraron por unanimidad: a) El Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2000; b) El tipo de canje y el número de acciones que corresponden a los socios de la compañía absorbida, así como el diferencial compensatorio resultante; c) El procedimiento para el canje participaciones; d) La inexistencia de acciones especiales o privilegiadas ni personas con derechos especiales; e) Inexistencia de ventajas de ninguna clase a expertos o Administradores.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión (artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas).
Se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión el derecho de oponerse a la misma, a practicar, en su caso, de acuerdo con lo reseñado en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 26 de abril de 2001.-Los Administradores de "Rosot, Sociedad Limitada", y "Bulsoler, Sociedad Limitada".-20.768. y 3.a 14-5-2001.
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De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Rosot, Sociedad Limitada" (absorbente), y "Bulsoler, Sociedad Limitada" (absorbida), celebradas con el carácter de universal el pasado día 25 de abril de 2001, aprobaron, por unanimidad, tanto el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades, con fecha 14 de marzo de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, como la fusión por absor ción de dicha "Bulsoler, Sociedad Limitada", que se disolverá y quedará extinguida, sin entrar en liquidación, por "Rosot, Sociedad Limitada", la cual, por sucesión universal, quedará subrogada en los derechos y obligaciones de dicha absorbida. Fusión por absorción que acordaron conforme el expresado proyecto y de acuerdo con sus respectivos Balances de fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2000. La fecha a partir de la cual las operaciones societarias de la absorbida se entenderán realizadas por la sociedad absorbente será la indicada de 1 de enero de 2001.
De igual manera las expresadas Juntas de las sociedades fusionadas aprobaron y corroboraron por unanimidad: a) El Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2000; b) El tipo de canje y el número de acciones que corresponden a los socios de la compañía absorbida, así como el diferencial compensatorio resultante; c) El procedimiento para el canje participaciones; d) La inexistencia de acciones especiales o privilegiadas ni personas con derechos especiales; e) Inexistencia de ventajas de ninguna clase a expertos o Administradores.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión (artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas).
Se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión el derecho de oponerse a la misma, a practicar, en su caso, de acuerdo con lo reseñado en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 26 de abril de 2001.-Los Administradores de "Rosot, Sociedad Limitada", y "Bulsoler, Sociedad Limitada".-20.768. 2.a 11-5-2001.
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De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Rosot, Sociedad Limitada" (absorbente), y "Bulsoler, Sociedad Limitada" (absorbida), celebradas con el carácter de universal el pasado día 25 de abril de 2001, aprobaron, por unanimidad, tanto el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades, con fecha 14 de marzo de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, como la fusión por absorción de dicha "Bulsoler, Sociedad Limitada", que se disolverá y quedará extinguida, sin entrar en liquidación, por "Rosot, Sociedad Limitada", la cual, por sucesión universal, quedará subrogada en los derechos y obligaciones de dicha absorbida. Fusión por absorción que acordaron conforme el expresado proyecto y de acuerdo con sus respectivos Balances de fusión, cerrados todos ellos a 31 de diciembre de 2000. La fecha a partir de la cual las operaciones societarias de la absorbida se entenderán realizadas por la sociedad absorbente será la indicada de 1 de enero de 2001.
De igual manera las expresadas Juntas de las sociedades fusionadas aprobaron y corroboraron por unanimidad: a) El Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2000; b) El tipo de canje y el número de acciones que corresponden a los socios de la compañía absorbida, así como el diferencial compensatorio resultante; c) El procedimiento para el canje participaciones; d) La inexistencia de acciones especiales o privilegiadas ni personas con derechos especiales; e) Inexistencia de ventajas de ninguna clase a expertos o Administradores.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión (artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas).
Se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión el derecho de oponerse a la misma, a practicar, en su caso, de acuerdo con lo reseñado en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 26 de abril de 2001.-Los Administradores de "Rosot, Sociedad Limitada", y "Bulsoler, Sociedad Limitada".-20.768. 1.a 10-5-2001.
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