GENERAL RICARDOS, 151 28019 MADRID. (MADRID). Ver mapa
CNAE 4511 - Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros
B82830589
21/11/2000
23 años
-
0.5M €
Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de MOTOR SIGLO XXI GENERAL RICARDOS SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 3 horas | 2019 3 horas | Consultar en Axesor | |||
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por MOTOR SIGLO XXI GENERAL RICARDOS SL o en los que participa indirectamente.
Artículo de los estatutos: Artículo 4º. Domicilio Social. |
La Junta Universal de socios de "Inmobiliaria Torres, Sociedad Anónima", celebrada el día 29 de noviembre de 2000, adoptó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad y su extinción por disolución y sin liquidación, traspasándose su patrimonio en tres bloques a las mencionadas sociedades beneficiarias, de forma que éstas adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones del patrimonio traspasado. Todo ello en base al Balance de escisión cerrado el 31 de octubre de 2000, aprobado en la mencionada Junta y de conformidad con el proyecto de escisión total que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 22 de enero de 2001. En dicho proyecto se hace constar que a partir del día 2 de noviembre de 2000, las operaciones realizadas por la sociedad escindida se entenderán realizadas a efectos contables por las sociedades beneficiarias.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el proyecto de escisión; a la vez del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión acordada en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Presidente, Alberto García Alcubilla.-8.992.
y 3.a 5-3-2000.
Escindida | |
Beneficiaria |
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La Junta Universal de socios de "Inmobiliaria Torres, Sociedad Anónima", celebrada el día 29 de noviembre de 2000, adoptó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad y su extinción por disolución y sin liquidación, traspasándose su patrimonio en tres bloques a las mencionadas sociedades beneficiarias, de forma que éstas adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones del patrimonio traspasado. Todo ello en base al Balance de escisión cerrado el 31 de octubre de 2000, aprobado en la mencionada Junta y de conformidad con el proyecto de escisión total que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 22 de enero de 2001. En dicho proyecto se hace constar que a partir del día 2 de noviembre de 2000, las operaciones realizadas por la sociedad escindida se entenderán realizadas a efectos contables por las sociedades beneficiarias.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el proyecto de escisión; a la vez del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión acordada en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Presidente, Alberto García Alcubilla.-8.992. 2.a 2-3-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
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La Junta Universal de socios de "Inmobiliaria Torres, Sociedad Anónima", celebrada el día 29 de noviembre de 2000, adoptó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad y su extinción por disolución y sin liquidación, traspasándose su patrimonio en tres bloques a las mencionadas sociedades beneficiarias, de forma que éstas adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones del patrimonio traspasado. Todo ello en base al Balance de escisión cerrado el 31 de octubre de 2000, aprobado en la mencionada Junta y de conformidad con el proyecto de escisión total que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 22 de enero de 2001. En dicho proyecto se hace constar que a partir del día 2 de noviembre de 2000, las operaciones realizadas por la sociedad escindida se entenderán realizadas a efectos contables por las sociedades beneficiarias.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el proyecto de escisión; a la vez del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión acordada en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Presidente, Alberto García Alcubilla.-8.992. 1.a 1-3-2000.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
MOTOR SIGLO XXI GENERAL RICARDOS SL inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. y con domicilio en MoralzarzalSu clasificación nacional de actividades económicas es Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.