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Datos de LAS TORRES HOSTELERAS SA

LAS TORRES HOSTELERAS SA

 923212100     923212101

Objeto social

CNAE 5510 - Hoteles y alojamientos similares

CIF

A37205671

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

1M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de LAS TORRES HOSTELERAS SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LAS TORRES HOSTELERAS SA o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión Las Juntas generales extraordinarias de "Las Torres Hosteleras, Sociedad Anónima", de "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", aprobaron el 29 de mayo de 2002, por unanimidad, la escisión total de la primera con dos sociedades beneficiarias "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", sobre la base del Balance de 30 de noviembre de 2001, también aprobado por la Junta, de conformidad con el proyecto de escisión de 26 de febrero de 2002, depositado en el registro Mercantil de Salamanca. Como consecuencia, la sociedad escindida transmite todo su patrimonio a las beneficiarias y se disuelve y extingue.

    La parte del patrimonio social que se segrega y transmite a "Caseni 2000, Sociedad Limitada", es la rama de actividad consistente en el negocio de cafetería-repostería, que en la actualidad la escindida explota, con todos los Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. A "Niherbar, Sociedad Limitada", se atribuye la rama de actividad consistente en el negocio de hotel-restaurante, que en la actualidad la escindida explota, con todos sus Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. Cada una de las beneficiarias recibe de la escindida un neto patrimonial por un mismo importe, de 1.756.724,77 euros, y a tal efecto, realizarán el oportuno aumento de capital.

    Dado que todos y cada uno de los socios de la escindida, han manifestado expresamente su voluntad de recibir solamente participaciones de una sola de las sociedades beneficiarias, concretamente de aquélla en la que figuran ya integrados accionistas de la escindida, titulares del cincuenta por ciento del capital social de ésta y dado que cada sociedad beneficiaria recibe de la escindida un patrimonio neto equivalente al cincuenta por ciento de éste, los socios de la escindida recibirán un número de nuevas participaciones de la sociedad beneficiaria en la que participan en una proporción igual al doble de la participación que hoy ostentan en el capital social de aquélla.

    El canje de las acciones de la escindida por las participaciones creadas con motivo del aumento de capital de las beneficiarias se realizará el mismo día del otorgamiento de la escritura de escisión, coincidiendo con la inscripción de las nuevas participaciones sociales en el correspondiente Libro Registro, quedando anuladas y sin valor alguno las acciones de la escindida.

    La fecha de participación de las nuevas participaciones en las ganancias sociales y la fecha de efectos contables será la de otorgamiento de la escritura de escisión. En ninguna de las sociedades se otorgarán o reconocerán a sujeto alguno ningún tipo de derecho especial.

    Los socios y acreedores de las sociedades participantes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y dichos acreedores también el de oposición, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Salamanca, 29 de mayo de 2002.-Las Administradoras.-&31.459. y 3.a 4-7-2002.

    Escindida
    • LAS TORRES HOSTELERAS SA
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 29/05/2002. Núm. 31459. Diario: 125 Sección: R Pág: 17783 - 17783 
  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión Las Juntas generales extraordinarias de "Las Torres Hosteleras, Sociedad Anónima", de "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", aprobaron el 29 de mayo de 2002, por unanimidad, la escisión total de la primera con dos sociedades beneficiarias "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", sobre la base del Balance de 30 de noviembre de 2001, también aprobado por la Junta, de conformidad con el proyecto de escisión de 26 de febrero de 2002, depositado en el registro Mercantil de Salamanca. Como consecuencia, la sociedad escindida transmite todo su patrimonio a las beneficiarias y se disuelve y extingue.

    La parte del patrimonio social que se segrega y transmite a "Caseni 2000, Sociedad Limitada", es la rama de actividad consistente en el negocio de cafetería-repostería, que en la actualidad la escindida explota, con todos los Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. A "Niherbar, Sociedad Limitada", se atribuye la rama de actividad consistente en el negocio de hotel-restaurante, que en la actualidad la escindida explota, con todos sus Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. Cada una de las beneficiarias recibe de la escindida un neto patrimonial por un mismo importe, de 1.756.724,77 euros, y a tal efecto, realizarán el oportuno aumento de capital.

    Dado que todos y cada uno de los socios de la escindida, han manifestado expresamente su voluntad de recibir solamente participaciones de una sola de las sociedades beneficiarias, concretamente de aquélla en la que figuran ya integrados accionistas de la escindida, titulares del cincuenta por ciento del capital social de ésta y dado que cada sociedad beneficiaria recibe de la escindida un patrimonio neto equivalente al cincuenta por ciento de éste, los socios de la escindida recibirán un número de nuevas participaciones de la sociedad beneficiaria en la que participan en una proporción igual al doble de la participación que hoy ostentan en el capital social de aquélla.

    El canje de las acciones de la escindida por las participaciones creadas con motivo del aumento de capital de las beneficiarias se realizará el mismo día del otorgamiento de la escritura de escisión, coincidiendo con la inscripción de las nuevas participaciones sociales en el correspondiente Libro Registro, quedando anuladas y sin valor alguno las acciones de la escindida.

    La fecha de participación de las nuevas participaciones en las ganancias sociales y la fecha de efectos contables será la de otorgamiento de la escritura de escisión. En ninguna de las sociedades se otorgarán o reconocerán a sujeto alguno ningún tipo de derecho especial.

    Los socios y acreedores de las sociedades participantes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y dichos acreedores también el de oposición, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Salamanca, 29 de mayo de 2002.-Las Administradoras.-&31.459. 2.a 3-7-2002.

    Escindida
    • LAS TORRES HOSTELERAS SA
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 29/05/2002. Núm. 31459. Diario: 124 Sección: R Pág: 17671 - 17671 
  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión Las Juntas generales extraordinarias de "Las Torres Hosteleras, Sociedad Anónima", de "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", aprobaron el 29 de mayo de 2002, por unanimidad, la escisión total de la primera con dos sociedades beneficiarias "Niherbar, Sociedad Limitada" y de "Caseni 2000, Sociedad Limitada", sobre la base del Balance de 30 de noviembre de 2001, también aprobado por la Junta, de conformidad con el proyecto de escisión de 26 de febrero de 2002, depositado en el registro Mercantil de Salamanca. Como consecuencia, la sociedad escindida transmite todo su patrimonio a las beneficiarias y se disuelve y extingue.

    La parte del patrimonio social que se segrega y transmite a "Caseni 2000, Sociedad Limitada", es la rama de actividad consistente en el negocio de cafetería-repostería, que en la actualidad la escindida explota, con todos los Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. A "Niherbar, Sociedad Limitada", se atribuye la rama de actividad consistente en el negocio de hotel-restaurante, que en la actualidad la escindida explota, con todos sus Activos y Pasivos inherentes a tal actividad, bienes, derechos y obligaciones, que se encuentran relacionados en el proyecto de escisión total. Cada una de las beneficiarias recibe de la escindida un neto patrimonial por un mismo importe, de 1.756.724,77 euros, y a tal efecto, realizarán el oportuno aumento de capital.

    Dado que todos y cada uno de los socios de la escindida, han manifestado expresamente su voluntad de recibir solamente participaciones de una sola de las sociedades beneficiarias, concretamente de aquélla en la que figuran ya integrados accionistas de la escindida, titulares del cincuenta por ciento del capital social de ésta y dado que cada sociedad beneficiaria recibe de la escindida un patrimonio neto equivalente al cincuenta por ciento de éste, los socios de la escindida recibirán un número de nuevas participaciones de la sociedad beneficiaria en la que participan en una proporción igual al doble de la participación que hoy ostentan en el capital social de aquélla.

    El canje de las acciones de la escindida por las participaciones creadas con motivo del aumento de capital de las beneficiarias se realizará el mismo día del otorgamiento de la escritura de escisión, coincidiendo con la inscripción de las nuevas participaciones sociales en el correspondiente Libro Registro, quedando anuladas y sin valor alguno las acciones de la escindida.

    La fecha de participación de las nuevas participaciones en las ganancias sociales y la fecha de efectos contables será la de otorgamiento de la escritura de escisión. En ninguna de las sociedades se otorgarán o reconocerán a sujeto alguno ningún tipo de derecho especial.

    Los socios y acreedores de las sociedades participantes tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y dichos acreedores también el de oposición, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Salamanca, 29 de mayo de 2002.-Las Administradoras.-&31.459. 1.a 2-7-2002.

    Escindida
    • LAS TORRES HOSTELERAS SA
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 29/05/2002. Núm. 31459. Diario: 123 Sección: R Pág: 17544 - 17544 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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LAS TORRES HOSTELERAS SA es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Hoteles y alojamientos similares.

La empresa tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.