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Datos de KINDER 1234 SL

KINDER 1234 SL

Objeto social

CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia

CIF

B63499016

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de KINDER 1234 SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por KINDER 1234 SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia públicamente que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las indicadas compañías, celebradas todas ellas el 18 de marzo de 2.008, aprobaron por unanimidad, además de los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2007, la fusión por absorción de «Kinder 1234, Sociedad Limitada», por «Puervila, Sociedad Limitada». Como consecuencia de dicha fusión, se extingue, con liquidación, la sociedad absorbida y su patrimonio social es transmitido en bloque a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla. La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración en fecha 31 de diciembre de 2007, y que fue depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 11 de marzo de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente será la del otorgamiento de la escritura pública de fusión ante notario. No se otorgarán ningún tipo de derechos especiales a los socios ni de ventajas a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

    Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Viladecans, 30 de abril de 2008.-Francisco García Montolio, Administrador solidario de «Puervila, Sociedad Limitada», y Francisco José Ruíz Mancebo, Administrador solidario de «KINDER 1234, Sociedad Limitada».-29.681.

    1.ª 16-5-2008

    Absorbente
    Absorbida
    • KINDER 1234 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/04/2008. Núm. 29681. Diario: 094 Sección: R Pág: 15536 - 15536 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia públicamente que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las indicadas compañías, celebradas todas ellas el 18 de marzo de 2.008, aprobaron por unanimidad, además de los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2007, la fusión por absorción de «Kinder 1234, Sociedad Limitada», por «Puervila, Sociedad Limitada». Como consecuencia de dicha fusión, se extingue, con liquidación, la sociedad absorbida y su patrimonio social es transmitido en bloque a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla. La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración en fecha 31 de diciembre de 2007, y que fue depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 11 de marzo de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente será la del otorgamiento de la escritura pública de fusión ante notario. No se otorgarán ningún tipo de derechos especiales a los socios ni de ventajas a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

    Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Viladecans, 30 de abril de 2008.-Francisco García Montolio, Administrador solidario de «Puervila, Sociedad Limitada», y Francisco José Ruíz Mancebo, Administrador solidario de «KINDER 1234, Sociedad Limitada».-29.681.

    1.ª 16-5-2008

    Absorbente
    Absorbida
    • KINDER 1234 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/04/2008. Núm. 29681. Diario: 093 Sección: R Pág: 15290 - 15290 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de fusión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia públicamente que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las indicadas compañías, celebradas todas ellas el 18 de marzo de 2.008, aprobaron por unanimidad, además de los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2007, la fusión por absorción de «Kinder 1234, Sociedad Limitada», por «Puervila, Sociedad Limitada». Como consecuencia de dicha fusión, se extingue, con liquidación, la sociedad absorbida y su patrimonio social es transmitido en bloque a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla. La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración en fecha 31 de diciembre de 2007, y que fue depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 11 de marzo de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente será la del otorgamiento de la escritura pública de fusión ante notario. No se otorgarán ningún tipo de derechos especiales a los socios ni de ventajas a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

    Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Viladecans, 30 de abril de 2008.-Francisco García Montolio, Administrador solidario de «Puervila, Sociedad Limitada», y Francisco José Ruíz Mancebo, Administrador solidario de «KINDER 1234, Sociedad Limitada».-29.681.

    1.ª 16-5-2008

    Absorbente
    Absorbida
    • KINDER 1234 SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/04/2008. Núm. 29681. Diario: 092 Sección: R Pág: 15112 - 15113 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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KINDER 1234 SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.