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Datos de GESSINEST CONSULTING SA

GESSINEST CONSULTING SA

 915581930   

Objeto social

CNAE 6619 - Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

CIF

A81944308

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

2005



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de GESSINEST CONSULTING SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GESSINEST CONSULTING SA o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Tercer anuncio de fusión

    I. Aprobación de la fusión: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de Banco Santander Central Hispano, S. A., celebrada en Santander; la Junta universal de socios de Riyal, S. L., celebrada en Boadilla del Monte (Madrid), y los socios únicos de Lodares Inversiones, S. L. Sociedad unipersonal; Somaen-Dos S. L., Sociedad unipersonal; Gessinest Consulting, S. A., Sociedad unipersonal, y Carvasa Inversiones, S. L., Sociedad unipersonal, aprobaron, con fecha 23 de octubre de 2006, los Balances de fusión de dichas sociedades cerrados a 30 de junio de 2006 (y, en el caso de Somaen-Dos, S. L., Sociedad unipersonal, a 31 de agosto de 2006), el proyecto de fusión y la fusión entre Banco Santander Central Hispano, S. A.; Riyal, S. L.; Lodares Inversiones, S. L., Sociedad unipersonal; Somaen-Dos S. L., Sociedad unipersonal; Gessinest Consulting, S. A., Sociedad unipersonal, y Carvasa Inversiones, S. L., Sociedad unipersonal, mediante la absorción de las cinco últimas sociedades por la primera, con extinción de las cinco sociedades absorbidas y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a Banco Santander Central Hispano, S. A. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito en los términos en él previstos por los Administradores de Banco Santander Central Hispano, S. A.; Riyal, S. L.; Lodares Inversiones, S. L., Sociedad unipersonal; Somaen-Dos, S. L., Sociedad unipersonal; Gessinest Consulting, S. A., Sociedad unipersonal, y Carvasa Inversiones, S. L., Sociedad unipersonal, y que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Cantabria con fecha 19 de septiembre de 2006, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales. II. Tipo y procedimiento de canje: Al ser la sociedad absorbente, Banco Santander Central Hispano, S. A., titular directa o indirecta (en este último caso, a través de sociedades absorbidas participantes en la fusión) de todas las participaciones sociales y acciones en que se divide el capital social de las sociedades absorbidas, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, el aumento de capital de Banco Santander Central Hispano, S. A., ni existen, por tanto, tipo ni procedimiento de canje de las participaciones y acciones de las sociedades absorbidas. En la fecha de inscripción registral de la fusión, la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas, ya sean propiedad de la sociedad absorbente o de las sociedades absorbidas, quedarán plenamente amortizadas, extinguidas y anuladas. III. Modificaciones estatutarias: No se han acordado modificaciones estatutarias en Banco Santander Central Hispano, S. A., como consecuencia de la fusión. IV. Fecha de efectividad de la fusión a efectos contables: De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión, las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2006. V. Ventajas y derechos especiales: No existen en Banco Santander Central Hispano, S. A., ni en las sociedades absorbidas acciones o participaciones especiales ni derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial ni el ofrecimiento de ningún tipo de opciones. Tampoco se atribuirá ningún tipo de ventajas en Banco Santander Central Hispano, S. A. a los Administradores de ninguna de las sociedades participantes en la fusión. VI. Condición suspensiva: La fusión a la que se refiere este anuncio ha quedado condicionada suspensivamente a la obtención de la preceptiva autorización del Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.c) de la Ley de Ordenación Bancaria de 31 de diciembre de 1946. VII. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales y en la página web de Banco Santander Central Hispano, S. A. (www.santander.com).

    Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Santander y Boadilla del Monte (Madrid), 26 de octubre de 2006.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-61.531.

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 26/10/2006. Núm. 61531. Diario: 206 Sección: R Pág: 35308 - 35308 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Segundo anuncio de fusión

    I. Aprobación de la fusión.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Banco Santander Central Hispano, S.A. celebrada en Santander, la Junta Universal de Socios de Riyal, S. L. celebrada en Boadilla del Monte (Madrid) y los socios únicos de Lodares Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal, Somaen-Dos S. L. Sociedad Unipersonal, Gessinest Consulting, S. A. Sociedad Unipersonal y Carvasa Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal, aprobaron, con fecha 23 de octubre de 2006, los Balances de fusión de dichas Sociedades cerrados a 30 de junio de 2006 (y, en el caso de Somaen-Dos, S. L. Sociedad Unipersonal, a 31 de agosto de 2006), el proyecto de fusión y la fusión entre Banco Santander Central Hispano, S. A., Riyal, S. L., Lodares Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal, Somaen-Dos S. L. Sociedad Unipersonal, Gessinest Consulting, S. A. Sociedad Unipersonal y Carvasa Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal, mediante la absorción de las cinco últimas sociedades por la primera, con extinción de las cinco sociedades absorbidas y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a Banco Santander Central Hispano, S. A. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito en los términos en él previstos por los administradores de Banco Santander Central Hispano, S. A., Riyal, S. L., Lodares Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal, Somaen-Dos S. L. Sociedad Unipersonal, Gessinest Consulting, S. A. Sociedad Unipersonal y Carvasa Inversiones, S. L. Sociedad Unipersonal y que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Cantabria con fecha 19 de septiembre de 2006, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales. II. Tipo y procedimiento de canje.-Al ser la Sociedad Absorbente, Banco Santander Central Hispano, S. A., titular directa o indirecta (en este último caso, a través de sociedades absorbidas participantes en la fusión) de todas las participaciones sociales y acciones en que se divide el capital social de las sociedades absorbidas, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, el aumento de capital de Banco Santander Central Hispano, S. A. ni existen, por tanto, tipo ni procedimiento de canje de las participaciones y acciones de las sociedades absorbidas. En la fecha de inscripción registral de la fusión, la totalidad de las acciones y participaciones de las Sociedades Absorbidas, ya sean propiedad de la Sociedad Absorbente o de las Sociedades Absorbidas, quedarán plenamente amortizadas, extinguidas y anuladas. III. Modificaciones estatutarias.-No se han acordado modificaciones estatutarias en Banco Santander Central Hispano, S. A. como consecuencia de la fusión. IV. Fecha de efectividad de la fusión a efectos contables.-De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión, las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2006. V. Ventajas y derechos especiales.-No existen en Banco Santander Central Hispano, S. A. ni en las sociedades absorbidas acciones o participaciones especiales ni derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial ni el ofrecimiento de ningún tipo de opciones. Tampoco se atribuirá ningún tipo de ventajas en Banco Santander Central Hispano, S. A. a los Administradores de ninguna de las sociedades participantes en la fusión. VI. Condición suspensiva.-La fusión a la que se refiere este anuncio ha quedado condicionada suspensivamente a la obtención de la preceptiva autorización del Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.c) de la Ley de Ordenación Bancaria de 31 de diciembre de 1946. VII. Derechos de información y oposición.-De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales y en la página web de Banco Santander Central Hispano, S. A. (www.santander.com).

    Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Santander y Boadilla del Monte (Madrid), 25 de octubre de 2006.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-61.204.

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/10/2006. Núm. 61204. Diario: 205 Sección: R Pág: 35172 - 35172 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Primer anuncio de fusión

    I. Aprobación de la fusión.

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de «Banco Santander Central Hispano, S.A.» celebrada en Santander, la Junta universal de socios de «Riyal, S.L.» celebrada en Boadilla del Monte (Madrid) y los socios únicos de «Lodares Inversiones, S.L. Sociedad unipersonal», «Somaen-Dos S.L. Sociedad unipersonal», «Gessinest Consulting, S.A. Sociedad unipersonal» y «Carvasa Inversiones, S.L. Sociedad unipersonal», aprobaron, con fecha 23 de octubre de 2006, los Balances de fusión de dichas sociedades cerrados a 30 de junio de 2006 (y, en el caso de «Somaen-Dos, S.L. Sociedad unipersonal», a 31 de agosto de 2006) , el proyecto de fusión y la fusión entre «Banco Santander Central Hispano, S.A.», «Riyal, S.L.», «Lodares Inversiones, S.L. Sociedad unipersonal», «Somaen-Dos S.L. Sociedad unipersonal», «Gessinest Consulting, S.A. Sociedad unipersonal» y «Carvasa Inversiones, S.L. Sociedad unipersonal», mediante la absorción de las cinco últimas sociedades por la primera, con extinción de las cinco sociedades absorbidas y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a «Banco Santander Central Hispano, S.A.»

    Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito en los términos en él previstos por los Administradores de «Banco Santander Central Hispano, S.A.», «Riyal, S.L.», «Lodares Inversiones, S.L. Sociedad unipersonal», «Somaen-Dos S.L. Sociedad unipersonal», «Gessinest Consulting, S.A. Sociedad unipersonal» y «Carvasa Inversiones, S.L. Sociedad..nal» y que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y de Cantabria con fecha 19 de septiembre de 2006, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales.

    II. Tipo y procedimiento de canje.

    Al ser la sociedad absorbente, «Banco Santander Central Hispano, S.A.», titular directa o indirecta (en este último caso, a través de sociedades absorbidas participantes en la fusión) de todas las participaciones sociales y acciones en que se divide el capital social de las sociedades absorbidas, no es necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, el aumento de capital de «Banco Santander Central Hispano, S.A.» ni existen, por tanto, tipo ni procedimiento de canje de las participaciones y acciones de las sociedades absorbidas. .

    En la fecha de inscripción registral de la fusión, la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas, ya sean propiedad de la sociedad absorbente o de las sociedades absorbidas, quedarán plenamente amortizadas, extinguidas y anuladas.

    III. Modificaciones estatutarias.

    No se han acordado modificaciones estatutarias en «Banco Santander Central Hispano, S.A.» como consecuencia de la fusión.

    IV. Fecha de efectividad de la fusión a efectos contables.

    De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión, las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2006.

    V. Ventajas y derechos especiales.

    No existen en «Banco Santander Central Hispano, S.A.» ni en las sociedades absorbidas acciones o participaciones especiales ni derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial ni el ofrecimiento de ningún tipo de opciones. .

    Tampoco se atribuirá ningún tipo de ventajas en «Banco Santander Central Hispano, S.A.» a los Administradores de ninguna de las sociedades participantes en la fusión.

    VI. Condición suspensiva.

    La fusión a la que se refiere este anuncio ha quedado condicionada suspensivamente a la obtención de la preceptiva autorización del Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.c) de la Ley de Ordenación Bancaria de 31 de diciembre de 1946.

    VII. Derechos de información y oposición.

    De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales y en la página web de «Banco Santander Central Hispano, S.A.» (www.santander.com).

    Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Santander y Boadilla del Monte (Madrid), 24 de octubre de 2006.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-60.857.

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/10/2006. Núm. 60857. Diario: 204 Sección: R Pág: 35026 - 35027 
  • Anuncio de reducción de capital

    Anuncio de reducción de capital social De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que la Junta general universal de la expresada sociedad, en su reunión de 10 de septiembre de 2001, acordó redenominar en euros la cifra del capital social así como el valor nominal de las acciones en que se divide el mismo. A su vez, en virtud del necesario ajuste al céntimo más próximo del valor nominal de las acciones, mediante su redondeo a la baja, se acordó la reducción del capital social en 172,49 euros, quedando fijado en 8.564.250 euros, mediante la creación de una reserva indisponible por dicho importe.

    La reducción se efectúa mediante el procedimiento de disminuir el valor nominal de todas las acciones que integran el capital social, cuyo valor nominal pasa de 60,10121045614 euros, a 60,10 euros.

    Madrid, 26 de septiembre de 2001.-El Administrador único.-48.638.

    • GESSINEST CONSULTING SA
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 26/09/2001. Núm. 48638. Diario: 188 Sección: R Pág: 23899 - 23899 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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GESSINEST CONSULTING SA es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.