CNAE 7022 - Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
B01369032
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EUTOR SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, que remite a los artículos 234, 235, 254 y 255 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Junta General Universal de accionistas de la Compañía mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, celebrada el 31 de julio de 2005, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, mediante la segregación de una parte de su patrimonio social, consistente en un conjunto de elementos patrimoniales susceptibles de constituir una unidad económica autónoma determinante de una explotación económica. Tal unidad, dedicada a la prestación de trabajos de albañilería, fontanería y electricidad; movimiento, excavación, explanamiento de tierras y derribo de edificaciones, construcción, promoción venta y alquiler de viviendas, locales comerciales, pabellones industriales, industrias y negocios, se trasmite a la mercantil «Eutor, S. L.», Sociedad unipersonal, con domicilio en Álava, en la calle San Blas s/n de Legutiano, con CIF B-01369032, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión. Así mismo se aprobó como balance de escisión el balance cerrado al 31 de mayo de 2.005. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial, suscrito por el administrador único de cada compañía el pasado 31 de julio de 2.005 y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Álava el 27 de octubre de 2005 y calificado por el Registrador Mercantil de Álava en esa fecha; así como en el Registro Mercantil de Burgos, donde se presentó el 9 de noviembre de 2005, siendo calificado por el Registrador el 11 de noviembre de 2005. Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, reduce su capital social y sus reservas en la cantidad de 35.880,53 euros, cuantía equivalente al valor de la unidad económica objeto de escisión. La sociedad beneficiaria de escisión parcial, ampliará su capital social en 816.000 euros. La presente escisión parcial, se realiza acogiéndose al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del Real Decreto Legislativo 4/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y al capítulo X de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio del Impuesto de Sociedades de Álava.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad que se escinde, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta General, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la citada Ley.
Vitoria, 18 de noviembre de 2005.-El Administrador único, Eutimio Ortega Rodríguez.-59.336. y 3.ª 23-11-2005
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, que remite a los artículos 234, 235, 254 y 255 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Junta General Universal de accionistas de la Compañía mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, celebrada el 31 de julio de 2005, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, mediante la segregación de una parte de su patrimonio social, consistente en un conjunto de elementos patrimoniales susceptibles de constituir una unidad económica autónoma determinante de una explotación económica. Tal unidad, dedicada a la prestación de trabajos de albañilería, fontanería y electricidad; movimiento, excavación, explanamiento de tierras y derribo de edificaciones, construcción, promoción venta y alquiler de viviendas, locales comerciales, pabellones industriales, industrias y negocios, se trasmite a la mercantil «Eutor, S. L.», Sociedad unipersonal, con domicilio en Álava, en la calle San Blas s/n de Legutiano, con CIF B-01369032, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión. Así mismo se aprobó como balance de escisión el balance cerrado al 31 de mayo de 2.005. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial, suscrito por el administrador único de cada compañía el pasado 31 de julio de 2.005 y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Álava el 27 de octubre de 2005 y calificado por el Registrador Mercantil de Álava en esa fecha; así como en el Registro Mercantil de Burgos, donde se presentó el 9 de noviembre de 2005, siendo calificado por el Registrador el 11 de noviembre de 2005. Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, reduce su capital social y sus reservas en la cantidad de 35.880,53 euros, cuantía equivalente al valor de la unidad económica objeto de escisión. La sociedad beneficiaria de escisión parcial, ampliará su capital social en 816.000 euros. La presente escisión parcial, se realiza acogiéndose al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del Real Decreto Legislativo 4/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y al capítulo X de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio del Impuesto de Sociedades de Álava.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad que se escinde, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta General, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la citada Ley.
Vitoria, 18 de noviembre de 2005.-El Administrador único, Eutimio Ortega Rodríguez.-59.336. 2.ª 22-11-2005
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, que remite a los artículos 234, 235, 254 y 255 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Junta General Universal de accionistas de la Compañía mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, celebrada el 31 de julio de 2005, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la mercantil «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, mediante la segregación de una parte de su patrimonio social, consistente en un conjunto de elementos patrimoniales susceptibles de constituir una unidad económica autónoma determinante de una explotación económica. Tal unidad, dedicada a la prestación de trabajos de albañilería, fontanería y electricidad; movimiento, excavación, explanamiento de tierras y derribo de edificaciones, construcción, promoción venta y alquiler de viviendas, locales comerciales, pabellones industriales, industrias y negocios, se trasmite a la mercantil «Eutor, S. L.», Sociedad unipersonal, con domicilio en Álava, en la calle San Blas s/n de Legutiano, con CIF B-01369032, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión. Así mismo se aprobó como balance de escisión el balance cerrado al 31 de mayo de 2.005. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial, suscrito por el administrador único de cada compañía el pasado 31 de julio de 2.005 y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Álava el 27 de octubre de 2005 y calificado por el Registrador Mercantil de Álava en esa fecha; así como en el Registro Mercantil de Burgos, donde se presentó el 9 de noviembre de 2005, siendo calificado por el Registrador el 11 de noviembre de 2005. Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad «Naves Industriales Ortega, S. L.», sociedad unipersonal, reduce su capital social y sus reservas en la cantidad de 35.880,53 euros, cuantía equivalente al valor de la unidad económica objeto de escisión. La sociedad beneficiaria de escisión parcial, ampliará su capital social en 816.000 euros. La presente escisión parcial, se realiza acogiéndose al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del Real Decreto Legislativo 4/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y al capítulo X de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio del Impuesto de Sociedades de Álava.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad que se escinde, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta General, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la citada Ley.
Vitoria, 18 de noviembre de 2005.-El Administrador único, Eutimio Ortega Rodríguez.-59.336. 1.ª 21-11-2005
Escindida | |
Beneficiaria |
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Informe de Crédito | Informe Mercantil, Incidencias y Vinculaciones | Perfil Comercial de Empresa | |
Capital social actual y evolución | |||
Información mercantil y comercial | Básica | ||
Administradores y dirigentes | Solo administradores | Solo dirigentes | |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
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La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.