CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
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Información sobre balances y cuentas de resultados de BLUE & GOLD IBERICA SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por BLUE & GOLD IBERICA SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión simplificada
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que se aprobó por unanimidad en la Junta General Universal de Socios de Forisco, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y por el Socio Único de «Logística Green Docks, Sociedad Limitida Unipersonal» y de «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), todo en fecha 30 de abril de 2008, la fusión mediante la absorción de «Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», por parte de «forisco, Sociedad Limitada», con entera transmisión del patrimonio de las absorbidas, incorporando por tanto en bloque, todo el activo y pasivo de éstas últimas a la sociedad absorbente, «Forisco, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de las absorbidas. La fusión se acordó en base al Proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 21 de abril de 2008 y a los correspondientes balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2007. Se hace constar que las sociedades absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la sociedad absorbente, por lo que en aplicación del Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede que los administradores elaboren Informe sobre el Proyecto de Fusión, ni que se aumente el capital social con emisión de nuevas participaciones de la sociedad absorbente por razón de la fusión y, por consiguiente, tampoco procede determinar tipo de canje alguno. No se efectúa en la sociedad absorbente, ninguna modificación estatutaria ni del Órgano de Administración, ni se conceden ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades, ni derechos para ningún tipo de socios. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir del 1 de enero de 2008.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 20 de mayo de 2008.-Jorge Castrillon Piquin, Secretario del Consejo de Forisco, Sociedad Limitada, Carlos Pedrosillo Sánchez, Administrador Único de Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal, y Jorge Castrillón Piquín, Administrador Único de Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal.-36.379. y 3.ª 4-6-2008
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Anuncio de fusión simplificada
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que se aprobó por unanimidad en la Junta General Universal de Socios de Forisco, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y por el Socio Único de «Logística Green Docks, Sociedad Limitida Unipersonal» y de «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), todo en fecha 30 de abril de 2008, la fusión mediante la absorción de «Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», por parte de «forisco, Sociedad Limitada», con entera transmisión del patrimonio de las absorbidas, incorporando por tanto en bloque, todo el activo y pasivo de éstas últimas a la sociedad absorbente, «Forisco, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de las absorbidas. La fusión se acordó en base al Proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 21 de abril de 2008 y a los correspondientes balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2007. Se hace constar que las sociedades absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la sociedad absorbente, por lo que en aplicación del Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede que los administradores elaboren Informe sobre el Proyecto de Fusión, ni que se aumente el capital social con emisión de nuevas participaciones de la sociedad absorbente por razón de la fusión y, por consiguiente, tampoco procede determinar tipo de canje alguno. No se efectúa en la sociedad absorbente, ninguna modificación estatutaria ni del Órgano de Administración, ni se conceden ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades, ni derechos para ningún tipo de socios. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir del 1 de enero de 2008.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 20 de mayo de 2008.-Jorge Castrillon Piquin, Secretario del Consejo de Forisco, Sociedad Limitada, Carlos Pedrosillo Sánchez, Administrador Único de Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal, y Jorge Castrillón Piquín, Administrador Único de Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal.-36.379. 2.ª 3-6-2008
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Absorbida |
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Anuncio de fusión simplificada
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que se aprobó por unanimidad en la Junta General Universal de Socios de Forisco, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y por el Socio Único de «Logística Green Docks, Sociedad Limitida Unipersonal» y de «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), todo en fecha 30 de abril de 2008, la fusión mediante la absorción de «Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», por parte de «forisco, Sociedad Limitada», con entera transmisión del patrimonio de las absorbidas, incorporando por tanto en bloque, todo el activo y pasivo de éstas últimas a la sociedad absorbente, «Forisco, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de las absorbidas. La fusión se acordó en base al Proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 21 de abril de 2008 y a los correspondientes balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2007. Se hace constar que las sociedades absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la sociedad absorbente, por lo que en aplicación del Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede que los administradores elaboren Informe sobre el Proyecto de Fusión, ni que se aumente el capital social con emisión de nuevas participaciones de la sociedad absorbente por razón de la fusión y, por consiguiente, tampoco procede determinar tipo de canje alguno. No se efectúa en la sociedad absorbente, ninguna modificación estatutaria ni del Órgano de Administración, ni se conceden ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades, ni derechos para ningún tipo de socios. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir del 1 de enero de 2008.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 20 de mayo de 2008.-Jorge Castrillon Piquin, Secretario del Consejo de Forisco, Sociedad Limitada, Carlos Pedrosillo Sánchez, Administrador Único de Blue & Gold Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal, y Jorge Castrillón Piquín, Administrador Único de Logística Green Docks, Sociedad Limitada Unipersonal.-36.379. 1.ª 2-6-2008
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