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CNAE 4399 - Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.
B81620221
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2.5M €
Información sobre balances y cuentas de resultados de ALCARRIA CANALONES SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ALCARRIA CANALONES SL o en los que participa indirectamente.
Edicto
Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia:
1. En el concurso voluntario abreviado número 410/2011, del deudor ALCARRIA CANALONES, S.L., se ha dictado con fecha de 17 de junio de 2014, auto de conclusión del concurso en virtud de lo previsto en el artículo 152.3 de la Ley Concursal, por finalización de la fase de liquidación.
2. Se ha aprobado la rendición de cuentas de la Administración concursal.
Madrid, 17 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
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Doña Ángeles Bermúdez Méndez, Secretario del Juzgado de lo Social número Uno de Segovia,
Hago saber: Que el procedimiento de ejecución número 89/10 seguido en este Juzgado de lo Social número Uno de Segovia a instancia de Alberto Herrero Fraile contra "Alcarria Canalones, S.L." sobre cantidades se ha dictado con fecha dieciséis de octubre de dos mil doce Decreto en el que se acordaba la insolvencia de la ejecutada por importe de 15.812,8 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Y, de conformidad con el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social expido el presente para su inserción en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".
Segovia, 16 de octubre de 2012.- La Secretario Judicial.
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Edicto
D.ª Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 410/2011, referente al concursado Alcarria Canalones, S.L., por auto de fecha 29 de febrero de 2012 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Declarar disuelta la concursada Alcarria Canalones, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y el Tablón de Anuncios del Juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 29 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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Edicto.
Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 410/2011, referente al deudor "Alcarria Canalones, S.L.", CIF n.º B-81620221, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "B.O.E." y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Madrid, 5 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
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Edicto
Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid,
Anuncia:
1.º- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 410/2011 se ha dictado a instancias de "Rnivel Espacios de Trabajo, S.L.", en fecha 5 de octubre de 2011, auto de declaración de concurso necesario de "Alcarria Canalones, S.L.", con CIF n.º B-81620221, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Alcalá de Henares.
2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)
Madrid, 5 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.
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