CNAE 5110 - Transporte aéreo de pasajeros
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Información sobre balances y cuentas de resultados de AIR EUROPA CANARIAS LINEAS AEREAS SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por AIR EUROPA CANARIAS LINEAS AEREAS SA o en los que participa indirectamente.
Acuerdo de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", y en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", respectivamente, celebradas el día 29 de abril de 2002, se ha acordado, por el socio único de ambas sociedades, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbente, de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbida, con la disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión correspondiente a las sociedades indicadas, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación al artículo 166 de la misma, de oponerse a la fusión con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio de fusión.
Llucmajor (Baleares), 30 de abril de 2002.-El Secretario no Consejero de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal" y de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal".-39.503. y 3.a 5-9-2002.
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Acuerdo de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", y en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", respectivamente, celebradas el día 29 de abril de 2002, se ha acordado, por el socio único de ambas sociedades, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbente, de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbida, con la disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión correspondiente a las sociedades indicadas, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación al artículo 166 de la misma, de oponerse a la fusión con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio de fusión.
Llucmajor (Baleares), 30 de abril de 2002.-El Secretario no Consejero de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal" y de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal".-39.503. 2.a 4-9-2002.
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Acuerdo de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", y en acta de toma de decisiones del socio único de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", respectivamente, celebradas el día 29 de abril de 2002, se ha acordado, por el socio único de ambas sociedades, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbente, de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal", como sociedad absorbida, con la disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión correspondiente a las sociedades indicadas, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación al artículo 166 de la misma, de oponerse a la fusión con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio de fusión.
Llucmajor (Baleares), 30 de abril de 2002.-El Secretario no Consejero de "Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal" y de "Air Europa Canarias Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal".-39.503. 1.a 3-9-2002.
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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AIR EUROPA CANARIAS LINEAS AEREAS SA es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Transporte aéreo de pasajeros.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.