Información sobre la marca TECHNOFLEX AUTO, registro solicitado por la empresa IDNEO TECHNOLOGIES SA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3723479.
M-3723479
Expediente OEPM M-3723479 Tipo Mixta Fecha solicitud 12/06/2018 Estado Vigente |
C/ DEL REC DE DALT 3, POLÍGONO INDUSTRIAL CAN MEGAROLA08100 MOLLET DEL VALLÈS (BARCELONA)(ES) ESPAÑA
Granate, gris.
Fecha | Tramitación |
---|---|
2018-06-19 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-06-25 | Publicacion de solicitud. |
2018-12-10 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 03/12/2018 causas del suspenso de fondo: 329. |
2019-01-02 | Contestacion al suspenso publicado el: 10/12/2018. |
2019-01-11 | Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 04/01/2019. |
2020-01-28 | Personacion agente, agente anterior: 0953 (poder en exp m 3083468). |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca TECHNOFLEX AUTO
Expediente: M-3723479
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4757028
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3723479
Fecha de resolución: 03/12/2018
Clases: 04, 09
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, "Baterías de automoción", deberá definirlo como "Baterías para vehículos", y "Lámparas de automoción", deberá definirlo como "Lámparas para vehículos terrestres de motor", que pertenece a la clase 11. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Debiendo abonar la cantidad correspondiente a la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)
La información sobre la marca TECHNOFLEX AUTO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.