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Información sobre la marca PAN ESPAÑOL ANDALUZ con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3611714.

Marca
PAN ESPAÑOL ANDALUZ

M-3611714

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HEADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2016-05-06 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2016-05-12 Publicacion de solicitud.
2016-10-10 Publ.Suspenso fondo de f.Resol 04/10/2016 causas del suspenso de fondo: 341 342 346 364.
2017-01-02 Public. Denegacion de f.Resol: 27/12/2016.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca PAN ESPAÑOL ANDALUZ

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  • Denegación total de marca

    Expediente:  M-3611714

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  3547487

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3611714

    Fecha de resolución:  27/12/2016

    Clases denegadas:  30

    Fecha publicación de la solicitud:  12/05/2016

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 02/01/2017. Núm. 3547487. Tomo: 1 Anuncio:3547487 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-3611714

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  3417972

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3611714

    Fecha de resolución:  04/10/2016

    Clases:  30

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

    Motivos:  01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo en relación a los productos solicitados, toda vez que dicha expresión no permite al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de los productos para los que se solicita

    Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) toda vez que se compone exclusivamente de elementos descriptivos de la naturaleza (pan) y características como la localización geográfica (español andaluz) de los siguientes productos para los que se solicita: pan, sin ningún otro elemento, denominativo o gráfico, capaz de otorgarle una fuerza diferenciadora suficiente, por lo que no es apto para acceder a la protección registral al no resultar susceptible de ser apropiado en exclusividad por un solo empresario

    Motivos:  03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza y características de los productos solicitados, que deberán ser "pan elaborado en Andalucía (España)" toda vez que el distintivo consiste en la expresión PAN ESPAÑOL ANDALUZ

    Motivos:  04) La marca solicitada no cumple con los requisitos establecidos en los artículos 68 y 69 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) por los motivos siguientes: - Las marcas de garantía tienen que certificar que los productos o servicios a los que se aplica cumplen unos requisitos comunes. Dichas marcas no pueden solicitarse por quienes fabriquen o comercialicen servicios idénticos osimilares a aquellos para los que va a registrarse la marca (artículo 68 de la Ley 17/2001 de Marcas).- La solicitud de registro de una marca de garantía debe ir acompañada de un Reglamento de uso informado favorablemente por el órgano administrativo competente. Dicho Reglamento de uso debe prever expresamente, cuando la marca de garantía consista en una indicación de procedencia geográfica, que podrá utilizar la marca cualquier persona cuyos productos o servicios provengan de esa zona geográfica y cumplan las condiciones prescritas por el mismo. (art. 69 de la citada Ley).- El Reglamentode uso deberá contener, al menos, lo previsto en el art. 38 del Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas (Real Decreto 687/2002)

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 10/10/2016. Núm. 3417972. Tomo: 1 Anuncio:3417972 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-3611714

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  3098694

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  3611714

    Fecha de desposito regular:  29/04/2016

    Tipo de signo distintivo:  E

    Marca colectiva o garantía:  G

    Denominación:  PAN ESPAÑOL ANDALUZ

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 12/05/2016. Núm. 3098694. Tomo: 1 Anuncio:3098694 

La información sobre la marca PAN ESPAÑOL ANDALUZ que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.