Información sobre el nombre comercial COLORANTES INDUSTRIALES, registro solicitado por la empresa COLORANTES INDUSTRIALES SA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0423795.
N-0423795
![]() | Expediente OEPM N-0423795 Tipo Figurativa Fecha solicitud 11/01/2021 Estado En tramitación |
CALLE POLÍGONO INDUSTRIAL MASÍA DEL CONDE LORIGUILLA, 646393 LORIGUILLA (VALENCIA)(ES) ESPAÑA
Fecha | Tramitación |
---|---|
2021-02-23 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2021-03-02 | Publicacion de solicitud. |
2021-09-24 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 17/09/2021 causas del suspenso de fondo: 341 342 346. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial COLORANTES INDUSTRIALES
Expediente: N-0423795
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: COLORANTES INDUSTRIALES SA
Identificado de publicación: 6597180
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0423795
Fecha de resolución: 25/01/2022
Clases denegadas: 01
Fecha publicación de la solicitud: 02/03/2021
Expediente: N-0423795
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 6365226
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0423795
Fecha de resolución: 17/09/2021
Clases: 01
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El signo solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibicióndel art. 5.1.b) en relación con el Art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el signo consiste en una leyenda que la generalidad del público no identificará como un signo distintivo y componerse de términos que no permiten identificar un concreto origen empresarial
Motivos: 02) El signo solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibicióndel art. 5.1.c) en relación con el Art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los productos solicitados toda vez que el signo se compone exclusivamente de los términos "COLORANTES SINDUSTRIALES"
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la composición de los productos químicos para la industria solicitados en la Clase 1, toda vez que la denominación del signo solicitado consiste en los términos "COLORANTES INDUSTRIALES", pudiendo llevar a los consumidores a pensar que los productos químicos reivindicados, son para uso en la fabricación de colorantes.Podrá subsanar esta prohibición presentando un nuevo listado de actividades en el que limite los servicios solicitados a "Productos químicos industriales para su usoen la fabricación de colorantes"
La información sobre el nombre comercial COLORANTES INDUSTRIALES que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.