CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B41280728
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Información sobre balances y cuentas de resultados de VILLAS DE CONDEQUINTO SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por VILLAS DE CONDEQUINTO SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
La Junta General de «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada» y el Socio Único de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» aprobaron el 30 de junio de 2007 la fusión por absorción de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» por «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. Se consideró como Balance de Fusión el último balance anual de ambas Sociedades, cerrado a 31 de diciembre de 2006. La fusión fue aprobada conforme al Proyecto de Fusión formulado el 28 de junio de 2007 y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión. Asimismo, según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Santa Cruz de Tenerife, 2 de agosto de 2007.-Don José María Rossell Recasens, Administrador solidario de Hotel Playaventura, S.L., y representante persona física de Hotel Playaventura, S.L., Administrador único de Villas de Condequinto, S.L.U.-52.337. y 3.ª 9-8-2007
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción
La Junta General de «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada» y el Socio Único de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» aprobaron el 30 de junio de 2007 la fusión por absorción de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» por «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. Se consideró como Balance de Fusión el último balance anual de ambas Sociedades, cerrado a 31 de diciembre de 2006. La fusión fue aprobada conforme al Proyecto de Fusión formulado el 28 de junio de 2007 y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión. Asimismo, según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Santa Cruz de Tenerife, 2 de agosto de 2007.-Don José María Rossell Recasens, Administrador solidario de Hotel Playaventura, S.L., y representante persona física de Hotel Playaventura, S.L., Administrador único de Villas de Condequinto, S.L.U.-52.337. 2.ª 8-8-2007
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción
La Junta General de «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada» y el Socio Único de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» aprobaron el 30 de junio de 2007 la fusión por absorción de «Villas de Condequinto, Sociedad Limitada Unipersonal» por «Hotel Playaventura, Sociedad Limitada», con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. Se consideró como Balance de Fusión el último balance anual de ambas Sociedades, cerrado a 31 de diciembre de 2006. La fusión fue aprobada conforme al Proyecto de Fusión formulado el 28 de junio de 2007 y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión. Asimismo, según establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Santa Cruz de Tenerife, 2 de agosto de 2007.-Don José María Rossell Recasens, Administrador solidario de Hotel Playaventura, S.L., y representante persona física de Hotel Playaventura, S.L., Administrador único de Villas de Condequinto, S.L.U.-52.337. 1.ª 7-8-2007
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