CNAE 6920 - Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal
B97955694
17/10/2007
19 años
-
0.5M €
Valencia
Información sobre balances y cuentas de resultados de VICENTE CASANOVA Y ASOCIADOS SLP depositados en el Registro Mercantil de Valencia en los últimos ejercicios.
| Ejercicio Disponibilidad | 2020 3 horas | 2021 3 horas | 2022 3 horas | 2023 3 horas | 2024 3 horas | Consultar en Axesor |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por VICENTE CASANOVA Y ASOCIADOS SLP o en los que participa indirectamente.
Edicto
D./Dña. Cristina M.ª Valero Doménech, Letrado/a Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 001102/2016 habiéndose dictado en fecha 17/01/18 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1. Se declara la conclusión del concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001102/2016, promovido por el/la Procurador/a Sr./a. Crespo Moreno, Margarita, en nombre y representación de la mercantil Gráfiques Sancho, S.L. y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación.
3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal, la mercantil Vicente Casanova y Asociados, SLP, con CIF n.º B-97955694, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Gráfiques Sancho, S.L., con CIF B-96210315, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5. Se aprueba la cuesta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27/11/17.
Valencia, 17 de enero de 2018.- El/La Letrado/a Administración de Justicia.
| Empresa |
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Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 729/12 habiéndose dictado en fecha 15 de diciembre de 2017 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1. Declarar la conclusión del concurso de Inversions del Comtat, S.L. instado en su día por el procurador de los tribunales Rafael Francisco Alario Mont.
2. Archivar las actuaciones por pago íntegro a todos los acreedores y no existir la situación de insolvencia.
3. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4. Aprobar la cuenta rendida presentada por la Administración concursal en su informe de fecha 16 de octubre de 2017.
5. Se acuerda disponer el cese de la administración concursal D. Vicente Casanova Sorní con DNI n.º XXXXXXX, designado por la entidad Vicente Casanova y Asociados, S.L.P., revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
6. Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el BOE (de forma gratuita), en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios del Juzgado y en el BORME, y en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal, y mandamiento que serán entregados al procurador Rafael Francisco Alario Mont, a fi n de proceder a su diligenciamiento y gestión, quien en el plazo de 10 días a contar desde su notificación deberá presentar en la secretaría de éste juzgado, acreditación de haberlos presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en el presente, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).
Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.
El/la Juez/Magistrado, El/la Letrado/a de la Administración de justicia.
Valencia, 15 de diciembre de 2017.- La letrada de la Administración de Justicia.
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VICENTE CASANOVA Y ASOCIADOS SLP inscrita en el Registro Mercantil de Valencia. y con domicilio en ValenciaSu clasificación nacional de actividades económicas es Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.