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CNAE 4778 - Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados
B43203058
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Información sobre balances y cuentas de resultados de UNION OPTICA BENICARLO SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por UNION OPTICA BENICARLO SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias, con carácter de Universales, de «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada» (Sociedad Absorbente) y de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada» y «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», sociedades unipersonales (Sociedades Absorbidas), celebradas el día 5 de abril de 2005, acordaron la fusión de las mismas, actuando como sociedad absorbente «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada», con extinción, sin liquidación, de las sociedades absorbidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho, que corresponde a los partícipes y acreedores, de las sociedades participantes en el proceso de fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Así mismo, se hace constar que, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación del anuncio de fusión, los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrent (Valencia), 5 de abril de 2005.-Administrador único de «Nueva Óptica Torrent, Sociedad Limitada». Administradores solidarios de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal. Los Administradores solidarios de «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal: Juan Andrés Martínez Rodríguez y María Luisa Martínez Ros.-15.128.
2.ª 20-4-2005
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias, con carácter de Universales, de «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada» (Sociedad Absorbente) y de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada» y «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», sociedades unipersonales (Sociedades Absorbidas), celebradas el día 5 de abril de 2005, acordaron la fusión de las mismas, actuando como sociedad absorbente «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada», con extinción, sin liquidación, de las sociedades absorbidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho, que corresponde a los partícipes y acreedores, de las sociedades participantes en el proceso de fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Así mismo, se hace constar que, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación del anuncio de fusión, los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrent (Valencia), 5 de abril de 2005.-Administrador único de «Nueva Óptica Torrent, Sociedad Limitada». Administradores solidarios de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal. Los Administradores solidarios de «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal: Juan Andrés Martínez Rodríguez y María Luisa Martínez Ros.-15.128.
2.ª 20-4-2005
Absorbente | |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias, con carácter de Universales, de «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada» (Sociedad Absorbente) y de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada» y «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», sociedades unipersonales (Sociedades Absorbidas), celebradas el día 5 de abril de 2005, acordaron la fusión de las mismas, actuando como sociedad absorbente «Nueva Óptica Torrente, Sociedad Limitada», con extinción, sin liquidación, de las sociedades absorbidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho, que corresponde a los partícipes y acreedores, de las sociedades participantes en el proceso de fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Así mismo, se hace constar que, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación del anuncio de fusión, los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Torrent (Valencia), 5 de abril de 2005.-Administrador único de «Nueva Óptica Torrent, Sociedad Limitada». Administradores solidarios de «Unión Óptica Benicarlo, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal. Los Administradores solidarios de «Unión Óptica Vinaroz, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal: Juan Andrés Martínez Rodríguez y María Luisa Martínez Ros.-15.128.
1.ª 19-4-2005
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La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.