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CNAE 4690 - Comercio al por mayor no especializado
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Información sobre balances y cuentas de resultados de THERMOMOLINS SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por THERMOMOLINS SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión Las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima" y "Thermomolins, Sociedad Anónima", aprobaron por unanimidad en sus respectivas reuniones celebradas el 27 de marzo de 2001, la fusión por absorción de "Thermomolins, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida) y "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no ha sido necesaria la ampliación de capital de la sociedad absorbente ni la elaboración de los informes de los administradores y de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco se produce el canje de acciones a que se refiere el artículo 235. b) y c) de dicha Ley.
La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión de fecha 18 de diciembre de 2000, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 31 de enero de 2001, y el balance aprobado como balance de fusión es el cerrado a día 31 de diciembre de 2000 por parte de la sociedad que se extingue.
Las operaciones de la sociedad que se extingue se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente desde el 1 de enero de 2001. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235.e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se anuncia, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y trabajadores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de la sociedad que se extingue. Y, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Molins de Rei, 4 de abril de 2001.-Eugeni Ayala Joan, representante de "Ayala Sociedad Limitada", Administradora única de la sociedad "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima".
Representante de "Ayala Estrada, Sociedad Limitada", Administradora única de la sociedad "Thermomolins, Sociedad Anónima".-23.048.
y 3.a 18-5-2001.
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Anuncio de fusión Las Juntas generales de accionistas de las sociedades "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima" y "Thermomolins, Sociedad Anónima", aprobaron por unanimidad en sus respectivas reuniones celebradas el 27 de marzo de 2001, la fusión por absorción de "Thermomolins, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida) y "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no ha sido necesaria la ampliación de capital de la sociedad absorbente ni la elaboración de los informes de los administradores y de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco se produce el canje de acciones a que se refiere el artículo 235. b) y c) de dicha Ley.
La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión de fecha 18 de diciembre de 2000, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 31 de enero de 2001, y el balance aprobado como balance de fusión es el cerrado a día 31 de diciembre de 2000 por parte de la sociedad que se extingue.
Las operaciones de la sociedad que se extingue se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente desde el 1 de enero de 2001. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235.e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se anuncia, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y trabajadores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de la sociedad que se extingue. Y, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Molins de Rei, 4 de abril de 2001.-Eugeni Ayala Joan, representante de "Ayala Sociedad Limitada", Administradora única de la sociedad "Electricidad Industrial Molins, Sociedad Anónima".
Representante de "Ayala Estrada, Sociedad Limitada", Administradora única de la sociedad "Thermomolins, Sociedad Anónima".-23.048.
2.a 17-5-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
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