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Datos de TECNOMECA SAU

TECNOMECA SAU

 943201838   

Objeto social

CNAE 4669 - Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo

CIF

no disponible

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

2.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de TECNOMECA SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TECNOMECA SAU o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de Fusión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de Soluciones Industriales Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal) en sus reuniones de 30 de marzo de 2007, la primera celebrada en Deba, la segunda en Eibar y la tercera en Astigarraga, aprobaron por unanimidad la fusión, mediante la absorción por parte de Soluciones Industriales Tecnomeca S.A. (unipersonal) de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal). La fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión, suscrito por los Administradores de las sociedades de fecha 30 de marzo de 2007 y depositados el 13 de abril en el Registro Mercantil de San Sebastián. De igual manera, las Juntas Generales Universales aprobaron los Balances de Fusión cerrados al 31 de diciembre de 2006. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2007. La fusión se realizará en los términos establecidos en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser la entidad absorbente titular del 100 por 100 de las acciones de las entidades absorbidas.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 166 de dicha Ley y que deberá ser ejercitado en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Deba, 4 de mayo de 2007.-El Consejero Delegado de las sociedades intervinientes en la fusión, don José Giménez Miral.-27.982.

    1.ª 9-5-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 04/05/2007. Núm. 27982. Diario: 090 Sección: R Pág: 15636 - 15636 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de Fusión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de Soluciones Industriales Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal) en sus reuniones de 30 de marzo de 2007, la primera celebrada en Deba, la segunda en Eibar y la tercera en Astigarraga, aprobaron por unanimidad la fusión, mediante la absorción por parte de Soluciones Industriales Tecnomeca S.A. (unipersonal) de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal). La fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión, suscrito por los Administradores de las sociedades de fecha 30 de marzo de 2007 y depositados el 13 de abril en el Registro Mercantil de San Sebastián. De igual manera, las Juntas Generales Universales aprobaron los Balances de Fusión cerrados al 31 de diciembre de 2006. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2007. La fusión se realizará en los términos establecidos en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser la entidad absorbente titular del 100 por 100 de las acciones de las entidades absorbidas.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 166 de dicha Ley y que deberá ser ejercitado en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Deba, 4 de mayo de 2007.-El Consejero Delegado de las sociedades intervinientes en la fusión, don José Giménez Miral.-27.982.

    1.ª 9-5-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 04/05/2007. Núm. 27982. Diario: 089 Sección: R Pág: 15441 - 15441 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Anuncio de Fusión

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de Soluciones Industriales Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal) en sus reuniones de 30 de marzo de 2007, la primera celebrada en Deba, la segunda en Eibar y la tercera en Astigarraga, aprobaron por unanimidad la fusión, mediante la absorción por parte de Soluciones Industriales Tecnomeca S.A. (unipersonal) de Tecnomeca, S.A. (unipersonal) y Kidelan, S.L. (unipersonal). La fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión, suscrito por los Administradores de las sociedades de fecha 30 de marzo de 2007 y depositados el 13 de abril en el Registro Mercantil de San Sebastián. De igual manera, las Juntas Generales Universales aprobaron los Balances de Fusión cerrados al 31 de diciembre de 2006. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2007. La fusión se realizará en los términos establecidos en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser la entidad absorbente titular del 100 por 100 de las acciones de las entidades absorbidas.

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 166 de dicha Ley y que deberá ser ejercitado en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

    Deba, 4 de mayo de 2007.-El Consejero Delegado de las sociedades intervinientes en la fusión, don José Giménez Miral.-27.982.

    1.ª 9-5-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 04/05/2007. Núm. 27982. Diario: 088 Sección: R Pág: 15236 - 15236 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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TECNOMECA SAU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo.

La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.