927415150 927418463
CNAE 7112 - Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico
A10026334
-
-
-
2.5M €
Información sobre balances y cuentas de resultados de TECNOAGUA INGENIERIA Y DESARROLLO SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TECNOAGUA INGENIERIA Y DESARROLLO SA o en los que participa indirectamente.
(En liquidación)
Conforme al artículo 263 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la Junta General Extraordinaria de fecha 24 de septiembre de 2004, celebrada con el carácter de Universal, con presencia de los Interventores judiciales, acordó, por unanimidad, disolver la sociedad y nombrar Liquidador a don Emilio Serrano Fernández.
Plasencia, 19 de octubre de 2004.-Liquidador, Emilio Serrano Fernández.-48.006.
|
Anuncio de fusión La Juntas Generales y Extraordinarias de Accionistas de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" y de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", celebradas ambas en Plasencia en sus domicilios sociales, calle Dolores Ibarruri, 57 y polígono industrial parcela número 32, respectivamente, con el carácter de universal, el día 19 de junio de 2002, han acordado lo siguiente: Primero.-La fusión mediante absorción por parte de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", con adquisición por parte de la absorbente del total patrimonio de la absorbida, que ha procedido a su previa disolución.
Segundo.-La aprobación como balance de fusión el de ambas sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2001, fijando como fecha de eficacia contable de la fusión el día 1 de enero de 2002.
Tercero.-No se otorgan derechos especiales en la sociedad absorbente a ningún titular de acciones, administradores o expertos independientes.
Cuarto.-Solicitar los beneficios fiscales recogidos en el título VIII, capítulo VIII, de la Ley 43/95, del Impuesto sobre Sociedades.
Quinto.-La modificación del objeto social para incorporar a la sociedad absorbente las actividades propias de la absorbida e igualmente, siempre por unanimidad, se ha acordado dar nueva redacción al artículo 2.o de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, que queda redactado así: "Artículo 2.o Constituye el objeto de la sociedad: a) Estudio, proyecto, construcción, gestión, explotación, mantenimiento, fabricación, instalación y conservación de plantas de tratamiento de aguas en general, de tratamiento de residuos sólidos, electromecánicos, abastecimientos, saneamientos, gases y residuos líquidos; servicios de abastecimiento de agua potable a poblaciones.
b) Laboratorio de análisis físico-químicos de aguas, suelos, lodos, lixiviados y residuos. Análisis microbiológico de aguas y productos alimenticios.
c) El diseño, fabricación, montaje, mantenimiento y puesta en marcha de equipos de depuración de agua, así como el bombeo y captaciones de agua.
d) El comercio de productos químicos destinados a la depuración de agua potable y residual.
e) Cualquier actividad relacionada con la limpieza y aseo urbano en general. Conservación y mantenimiento de inmuebles, de edificios, de parques y jardines, mantenimiento de redes de alcantarillado, mantenimiento de carreteras y viales, incluyendo limpieza de vías públicas y playas; servicios de limpieza de edificios, fachadas e interiores; servicios de limpieza e higienización, desratización, desinsección y desinfección, lavandería y tinte; estaciones depuradoras; recogida de residuos urbanos e industriales, recogida selectiva en origen, tratamiento y transporte de los residuos. Realización de actividades de ingeniería medioambiental y prestación de servicios de dicha índole.
f) Cobro de los recibos a los abonados de los servicios que se gestionen.
Todas las operaciones citadas podrán ser realizadas por la sociedad, ya directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto análogo." Sexto.-Ratificar, por unanimidad, el Consejo de Administración de la sociedad absorbente.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores el derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Plasencia (Cáceres), 21 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima", José Ignacio Martínez Trujillo y el administrador único de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", Emilio Serrano Fernández.-34.097. y 3.a 24-7-2002.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión La Juntas Generales y Extraordinarias de Accionistas de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" y de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", celebradas ambas en Plasencia en sus domicilios sociales, calle Dolores Ibarruri, 57 y polígono industrial parcela número 32, respectivamente, con el carácter de universal, el día 19 de junio de 2002, han acordado lo siguiente: Primero.-La fusión mediante absorción por parte de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", con adquisición por parte de la absorbente del total patrimonio de la absorbida, que ha procedido a su previa disolución.
Segundo.-La aprobación como balance de fusión el de ambas sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2001, fijando como fecha de eficacia contable de la fusión el día 1 de enero de 2002.
Tercero.-No se otorgan derechos especiales en la sociedad absorbente a ningún titular de acciones, administradores o expertos independientes.
Cuarto.-Solicitar los beneficios fiscales recogidos en el título VIII, capítulo VIII, de la Ley 43/95, del Impuesto sobre Sociedades.
Quinto.-La modificación del objeto social para incorporar a la sociedad absorbente las actividades propias de la absorbida e igualmente, siempre por unanimidad, se ha acordado dar nueva redacción al artículo 2.o de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, que queda redactado así: "Artículo 2.o Constituye el objeto de la sociedad: a) Estudio, proyecto, construcción, gestión, explotación, mantenimiento, fabricación, instalación y conservación de plantas de tratamiento de aguas en general, de tratamiento de residuos sólidos, electromecánicos, abastecimientos, saneamientos, gases y residuos líquidos; servicios de abastecimiento de agua potable a poblaciones.
b) Laboratorio de análisis físico-químicos de aguas, suelos, lodos, lixiviados y residuos. Análisis microbiológico de aguas y productos alimenticios.
c) El diseño, fabricación, montaje, mantenimiento y puesta en marcha de equipos de depuración de agua, así como el bombeo y captaciones de agua.
d) El comercio de productos químicos destinados a la depuración de agua potable y residual.
e) Cualquier actividad relacionada con la limpieza y aseo urbano en general. Conservación y mantenimiento de inmuebles, de edificios, de parques y jardines, mantenimiento de redes de alcantarillado, mantenimiento de carreteras y viales, incluyendo limpieza de vías públicas y playas; servicios de limpieza de edificios, fachadas e interiores; servicios de limpieza e higienización, desratización, desinsección y desinfección, lavandería y tinte; estaciones depuradoras; recogida de residuos urbanos e industriales, recogida selectiva en origen, tratamiento y transporte de los residuos. Realización de actividades de ingeniería medioambiental y prestación de servicios de dicha índole.
f) Cobro de los recibos a los abonados de los servicios que se gestionen.
Todas las operaciones citadas podrán ser realizadas por la sociedad, ya directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto análogo." Sexto.-Ratificar, por unanimidad, el Consejo de Administración de la sociedad absorbente.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores el derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Plasencia (Cáceres), 21 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima", José Ignacio Martínez Trujillo y el administrador único de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", Emilio Serrano Fernández.-34.097. 2.a 23-7-2002.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión La Juntas Generales y Extraordinarias de Accionistas de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" y de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", celebradas ambas en Plasencia en sus domicilios sociales, calle Dolores Ibarruri, 57 y polígono industrial parcela número 32, respectivamente, con el carácter de universal, el día 19 de junio de 2002, han acordado lo siguiente: Primero.-La fusión mediante absorción por parte de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima" de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", con adquisición por parte de la absorbente del total patrimonio de la absorbida, que ha procedido a su previa disolución.
Segundo.-La aprobación como balance de fusión el de ambas sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2001, fijando como fecha de eficacia contable de la fusión el día 1 de enero de 2002.
Tercero.-No se otorgan derechos especiales en la sociedad absorbente a ningún titular de acciones, administradores o expertos independientes.
Cuarto.-Solicitar los beneficios fiscales recogidos en el título VIII, capítulo VIII, de la Ley 43/95, del Impuesto sobre Sociedades.
Quinto.-La modificación del objeto social para incorporar a la sociedad absorbente las actividades propias de la absorbida e igualmente, siempre por unanimidad, se ha acordado dar nueva redacción al artículo 2.o de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, que queda redactado así: "Artículo 2.o Constituye el objeto de la sociedad: a) Estudio, proyecto, construcción, gestión, explotación, mantenimiento, fabricación, instalación y conservación de plantas de tratamiento de aguas en general, de tratamiento de residuos sólidos, electromecánicos, abastecimientos, saneamientos, gases y residuos líquidos; servicios de abastecimiento de agua potable a poblaciones.
b) Laboratorio de análisis físico-químicos de aguas, suelos, lodos, lixiviados y residuos. Análisis microbiológico de aguas y productos alimenticios.
c) El diseño, fabricación, montaje, mantenimiento y puesta en marcha de equipos de depuración de agua, así como el bombeo y captaciones de agua.
d) El comercio de productos químicos destinados a la depuración de agua potable y residual.
e) Cualquier actividad relacionada con la limpieza y aseo urbano en general. Conservación y mantenimiento de inmuebles, de edificios, de parques y jardines, mantenimiento de redes de alcantarillado, mantenimiento de carreteras y viales, incluyendo limpieza de vías públicas y playas; servicios de limpieza de edificios, fachadas e interiores; servicios de limpieza e higienización, desratización, desinsección y desinfección, lavandería y tinte; estaciones depuradoras; recogida de residuos urbanos e industriales, recogida selectiva en origen, tratamiento y transporte de los residuos. Realización de actividades de ingeniería medioambiental y prestación de servicios de dicha índole.
f) Cobro de los recibos a los abonados de los servicios que se gestionen.
Todas las operaciones citadas podrán ser realizadas por la sociedad, ya directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto análogo." Sexto.-Ratificar, por unanimidad, el Consejo de Administración de la sociedad absorbente.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores el derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Plasencia (Cáceres), 21 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Tecnoagua Ingeniería y Desarrollo, Sociedad Anónima", José Ignacio Martínez Trujillo y el administrador único de "Exman Explotación y Mantenimiento, Sociedad Limitada", Emilio Serrano Fernández.-34.097. 1.a 22-7-2002.
Absorbente |
|
Absorbida |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
TECNOAGUA INGENIERIA Y DESARROLLO SA es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.