CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
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Información sobre balances y cuentas de resultados de TASVAL 3000 SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por TASVAL 3000 SL o en los que participa indirectamente.
Se hace público que los Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 29 de marzo de 2005, la fusión por absorción de Greenwich Resources, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Tasval 3000, Sociedad Limitada y Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como Sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de las absorbidas, con ampliación de capital de la sociedad absorbente respecto de la fusión por absorción con Tasval 3000, Sociedad Limitada y sin ampliación de capital de la absorbente respecto a la simultánea fusión por absorción de Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, por pasar a ser la absorbente titular del 100% del capital de la absorbida Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como consecuencia de la anterior fusión con Tasval 3000, Sociedad Limitada todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único común a todas las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de marzo de 2005.-El Administrador único de Greenwich Resources, S.L., Tasval 3000, S. L., y Ciudad de Granada 99, S. L., don Francisco Sánchez de Carreras.-12.446. y 3.ª 6-4-2005
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Se hace público que los Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 29 de marzo de 2005, la fusión por absorción de Greenwich Resources, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Tasval 3000, Sociedad Limitada y Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como Sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de las absorbidas, con ampliación de capital de la sociedad absorbente respecto de la fusión por absorción con Tasval 3000, Sociedad Limitada y sin ampliación de capital de la absorbente respecto a la simultánea fusión por absorción de Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, por pasar a ser la absorbente titular del 100% del capital de la absorbida Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como consecuencia de la anterior fusión con Tasval 3000, Sociedad Limitada todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único común a todas las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de marzo de 2005.-El Administrador único de Greenwich Resources, S.L., Tasval 3000, S. L., y Ciudad de Granada 99, S. L., don Francisco Sánchez de Carreras.-12.446. 2.ª 5-4-2005
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| Absorbida |
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Se hace público que los Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 29 de marzo de 2005, la fusión por absorción de Greenwich Resources, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Tasval 3000, Sociedad Limitada y Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como Sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de las absorbidas, con ampliación de capital de la sociedad absorbente respecto de la fusión por absorción con Tasval 3000, Sociedad Limitada y sin ampliación de capital de la absorbente respecto a la simultánea fusión por absorción de Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, por pasar a ser la absorbente titular del 100% del capital de la absorbida Ciudad de Granada 99, Sociedad Limitada, como consecuencia de la anterior fusión con Tasval 3000, Sociedad Limitada todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único común a todas las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 29 de marzo de 2005.-El Administrador único de Greenwich Resources, S.L., Tasval 3000, S. L., y Ciudad de Granada 99, S. L., don Francisco Sánchez de Carreras.-12.446. 1.ª 4-4-2005
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Se hace público que los respectivos Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 14 de diciembre 2004, la fusión inversa por absorción de Tasval 3000, Sociedad Limitada como Sociedad absorbente, y Osder Invest, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, ostentando la sociedad absorbida el 100% del capital de la absorbente, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda la clase de las absorbidas, sin ampliación de capital de la absorbente, al acordarse la entrega inmediata de las mismas a favor del socio único de la absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades intervinientes común a ambas.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Barcelona, 15 de diciembre de 2004.-El Administrador único de Tasval 3000, Sociedad Limitada y el Administrador único de Osder Invest, Sociedad Limitada, común a ambas, Don Francisco Sánchez de Carreras.-59.205. y 3.ª 7-1-2005
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Se hace público que los respectivos Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 14 de diciembre 2004, la fusión inversa por absorción de Tasval 3000, Sociedad Limitada como Sociedad absorbente, y Osder Invest, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, ostentando la sociedad absorbida el 100% del capital de la absorbente, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda la clase de las absorbidas, sin ampliación de capital de la absorbente, al acordarse la entrega inmediata de las mismas a favor del socio único de la absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades intervinientes común a ambas.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Barcelona, 15 de diciembre de 2004.-El Administrador único de Tasval 3000, Sociedad Limitada y el Administrador único de Osder Invest, Sociedad Limitada, común a ambas, Don Francisco Sánchez de Carreras.-59.205. 2.ª 5-1-2005
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Se hace público que los respectivos Socios únicos de las citadas sociedades, en ejercicio de las competencias de la Junta General, decidieron respectivamente en fecha 14 de diciembre 2004, la fusión inversa por absorción de Tasval 3000, Sociedad Limitada como Sociedad absorbente, y Osder Invest, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, ostentando la sociedad absorbida el 100% del capital de la absorbente, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda la clase de las absorbidas, sin ampliación de capital de la absorbente, al acordarse la entrega inmediata de las mismas a favor del socio único de la absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades intervinientes común a ambas.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
En Barcelona, 15 de diciembre de 2004.-El Administrador único de Tasval 3000, Sociedad Limitada y el Administrador único de Osder Invest, Sociedad Limitada, común a ambas, Don Francisco Sánchez de Carreras.-59.205. 1.ª 4-1-2005
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