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AGAETE, 27 35010 PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). (LAS PALMAS). Ver mapa
CNAE 4322 - Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
B35029420
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2.5M €
Las Palmas
Información sobre balances y cuentas de resultados de SUINCAHOTEL SL depositados en el Registro Mercantil de Las Palmas en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Moreno Lopez Eva Maria | Apod. Solid. | Moreno Lopez Eva Maria Apod. Solid. | 02/07/2009 | |
Moreno Lopez Enrique Antonio | Apod. Solid. | Moreno Lopez Enrique Antonio Apod. Solid. | 02/07/2009 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SUINCAHOTEL SL o en los que participa indirectamente.
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000004/2008, seguido a instancias del Procurador/a doña María Elisa Pérez Beltran en nombre y representación de. Suincahotel, S.L., B-35029420, se ha dictado Auto el día 18 de enero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado de Suincahotel, S.L., y el archivo de las actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.
Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda.
Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal por edictos.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 7 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
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Edicto
Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de Lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 4/2008, seguido en virtud de la declaración de concurso de Suincahotel, S.L., con CIF B35029420, se ha dictado en esta fecha, Auto aprobando el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguiente de la Ley Concursal.
Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.
Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.
Hágase saber a la Administración del concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se preparará ante este Tribunal, dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella, conforme a lo establecido en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
Las Palmas de Gran Canaria, 30 de abril de 2014.- Secretaria Judicial.
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Edicto
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 4/2008, seguido en virtud de la declaración de concurso de Suincahotel, S.L. con CIF B-35029420, se ha dictado en esta fecha Auto acordando la Apertura de la Fase de Liquidación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se acuerda la apertura de la fase liquidación, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución y del Auto de Declaración de Concurso.
De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
Se acuerda la suspensión del/la concursado/a en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.
Repóngase en el ejercicio de su cargo a los administradores concursales que hubieren cesado o en su caso, procédase a un nuevo nombramiento conforme a lo establecido en este Ley en los artículos 27 y siguientes.
Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.
Notifíquese la presente resolución al/la concursado/a, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.
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Publicación en el BORME de los siguientes ceses-dimisiones:
Apod. Solid. |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
SUINCAHOTEL SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas. y con domicilio en Palmas de Gran Canaria, LasSu clasificación nacional de actividades económicas es Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.
SUINCAHOTEL SL tiene 0 cargos directivos en activo y 2 cargos directivos históricos.
La empresa está auditada por Potau Murli Y Asociados Auditores Sociedad Limitad.