CL PROVENCA NUM.304 (BARCELONA). Ver mapa
La compraventa, administracion y el arrendamiento no financiero de bienes inmuebles; la compra, suscripcion, permuta y venta de valores mobiliarios, nacionales y extranjeros, por cuenta propia, etc.
no disponible
29/05/2018
6 años
5.800,00 €
0.5M €
Barcelona
-
Administradores solidarios
Información sobre balances y cuentas de resultados de SUGRAÑES RECURSOS SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 3 horas | 2019 3 horas | 2020 3 horas | 2021 3 horas | Consultar en Axesor | |
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Sugrañes Coca Pau | Adm. Solid. | Sugrañes Coca Pau Adm. Solid. | 25/06/2018 | |
Sugrañes Coca Elia | Adm. Solid. | Sugrañes Coca Elia Adm. Solid. | 25/06/2018 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SUGRAÑES RECURSOS SL o en los que participa indirectamente.
Con fecha 27 de enero de 2022, mediante la correspondiente escritura ha quedado incrito en el Registro Mercantil la ampliación de 600 € del capital social de la empresa. Esta ampliación representa un 11.54 % de incremento del capital, quedando un capital social resultante de 5.800€.
Capital social anterior: | 5.200 € |
Aumento de capital: | 600 € |
Capital social resultante: | 5.800 € |
% incremento: | 11.54 % |
Los socios o accionistas de la empresa han ampliado en 2.200 € el capital social de la sociedad. Esta ampliación incrita en el Registro Mercantil, incrementa el capital social en un 73.33 %, dejando el capital social de la sociedad en 5.200€.
Capital social anterior: | 3.000 € |
Aumento de capital: | 2.200 € |
Capital social resultante: | 5.200 € |
% incremento: | 73.33 % |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de "Sugrañes, Sociedad Limitada" y "Sugrañes Recursos, Sociedad Limitada" adoptaron por unanimidad el día 2 de julio de 2018, la escisión parcial de la unidad económica independiente o rama de actividad diferenciada dedicada a la gestión de sociedades participadas, compra-venta y arrendamiento de inmuebles, la cual pasará en bloque por sucesión universal y sin extinguirse a favor de la Sociedad Beneficiaria, todo ello en base a los informes suscritos por los Órganos de Administración en fecha 26 de junio de 2018 y sin que se hayan producido modificaciones importantes del activo y pasivo de las sociedades intervinientes entre la fecha a la que van referidos los Balances y la fecha de adopción del acuerdo de escisión. No habiéndose previsto otorgar derechos especiales a los socios ni ventajas al órgano de administración.
Como consecuencia de la referida escisión parcial, la sociedad escindida reducirá su capital en la cantidad de 2.200 euros mediante la amortización de 2.200 participaciones sociales de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas y procederá a aumentar su capital en 2.200 euros mediante la creación de 2.200 participaciones de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, con cargo a reservas, quedando en lo sucesivo el capital social fijado en los mismos 4.400 euros, representado por 4.400 participaciones sociales de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 4.400, ambas inclusive.
Asimismo, la sociedad beneficiaria acordó ampliar su capital social en el importe de 2.200 euros más una prima de emisión global de 1.160.800 euros, mediante la creación de 2.200 participaciones sociales con un nominal de 1,00 euro por participación, que han sido íntegramente suscritas y desembolsadas con las consiguientes modificaciones estatutarias relativas al capital social.
En virtud de lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, Balance de escisión o informe de los Administradores o expertos independientes, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 73 de la citada Ley.
No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos del activo y pasivo de la actividad que se escinde y transfieren a la sociedad beneficiaria.
Se hace constar la puesta a disposición a los trabajadores de "Sugrañes, Sociedad Limitada" de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009; igualmente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado y del Balance de escisión, así como del derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.
Barcelona, 2 de julio de 2018.- Los Administradores solidarios de "Sugrañes, Sociedad Limitada" y "Sugrañes Recursos, Sociedad Limitada", Elia Sugrañes Coca y Pau Sugrañes Coca.
Escindida | |
Beneficiaria |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de "SUGRAÑES, SOCIEDAD LIMITADA" y "SUGRAÑES RECURSOS, SOCIEDAD LIMITADA" adoptaron por unanimidad el día 02 de julio de 2018 la escisión parcial de la unidad económica independiente o rama de actividad diferenciada dedicada a la gestión de sociedades participadas, compra-venta y arrendamiento de inmuebles, la cual pasará en bloque por sucesión universal y sin extinguirse a favor de la Sociedad Beneficiaria, todo ello en base a los informes suscritos por los Órganos de Administración en fecha 26 de junio de 2018 y sin que se hayan producido modificaciones importantes del activo y pasivo de las sociedades intervinientes entre la fecha a la que van referidos los Balances y la fecha de adopción del acuerdo de escisión. No habiéndose previsto otorgar derechos especiales a los socios ni ventajas al órgano de administración.
Como consecuencia de la referida escisión parcial, la sociedad escindida reducirá su capital en la cantidad de 2.200 euros mediante la amortización de 2.200 participaciones sociales de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas y procederá a aumentar su capital en 2.200 euros mediante la creación de 2.200 participaciones de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, con cargo a reservas, quedando en lo sucesivo el capital social fijado en los mismos 4.400 euros, representado por 4.400 participaciones sociales de 1,00 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 4.400, ambas inclusive.
Asimismo, la sociedad beneficiaria acordó ampliar su capital social en el importe de 2.200 euros más una prima de emisión global de 1.160.800 euros, mediante la creación de 2.200 participaciones sociales con un nominal de 1,00 euro por participación, que han sido íntegramente suscritas y desembolsadas con las consiguientes modificaciones estatutarias relativas al capital social.
En virtud de lo en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis de la Ley, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, balance de escisión o informe de los Administradores o expertos independientes, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la citada Ley. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos del activo y pasivo de la actividad que se escinde y transfieren a la sociedad beneficiaria.
Se hace constar la puesta a disposición a los trabajadores de "SUGRAÑES, SOCIEDAD LIMITADA" de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009; igualmente se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado y oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.
Barcelona, 2 de julio de 2018.- Los Administradores Solidarios de "Sugrañes, Sociedad Limitada" y "Sugrañes Recursos, Sociedad Limitada", Elia Sugrañes Coca y Pau Sugrañes Coca.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Se constituye la empresa con fecha 25 de junio de 2018 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 3.000,00 Euros e inicia su actividad el 29 de mayo de 2018. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en CL PROVENCA NUM.304 (BARCELONA). La empresa indica que su actividad es LA COMPRAVENTA, ADMINISTRACION Y EL ARRENDAMIENTO NO FINANCIERO DE BIENES INMUEBLES; LA COMPRA, SUSCRIPCION, PERMUTA Y VENTA DE VALORES MOBILIARIOS, NACIONALES Y EXTRANJEROS, POR CUENTA PROPIA, ETC.
Publicación en el BORME de los siguientes nombramientos:
Administradores Solidarios |
Informe de Crédito | Informe Mercantil, Incidencias y Vinculaciones | Perfil Comercial de Empresa | |
Capital social actual y evolución | |||
Información mercantil y comercial | Básica | ||
Administradores y dirigentes | Solo administradores | Solo dirigentes | |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
SUGRAÑES RECURSOS SL inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona.
capital social de la empresa es de 5.800,00 euros y tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.