975214032
CNAE 0811 - Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra
B42010140
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SOTO HERNANDEZ SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SOTO HERNANDEZ SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, cele bradas todas ellas el 12 de marzo de 2002, aprobaron todas ellas, por unanimidad, la fusión por absorción impropia de dichas sociedades mediante la absorción por "Hormisoria, Sociedad Limitada", de "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Soria.
Dado que la sociedad absorbente es titular del 100 por 100 del capital social de la sociedad absorbida, no procede aumento de capital social en la sociedad absorbente y, por tanto, no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de participaciones sociales.
Los Balances de fusión de las sociedades son los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se considerarán realizadas por la absorbente a partir de 1 de enero de 2002. No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de participaciones sociales ni ventajas a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión.
Soria, 15 de marzo de 2002.-El Administrador único de "Hormisoria, Sociedad Limitada", y "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", Alberto Soto Orte.-10.108. y 3.a 3-4-2002.
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Anuncio de fusión por absorción Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 12 de marzo de 2002, aprobaron todas ellas, por unanimidad, la fusión por absorción impropia de dichas sociedades mediante la absorción por "Hormisoria, Sociedad Limitada", de "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Soria.
Dado que la sociedad absorbente es titular del 100 por 100 del capital social de la sociedad absorbida, no procede aumento de capital social en la sociedad absorbente y, por tanto, no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de participaciones sociales.
Los Balances de fusión de las sociedades son los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se considerarán realizadas por la absorbente a partir de 1 de enero de 2002. No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de participaciones sociales ni ventajas a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión.
Soria, 15 de marzo de 2002.-El Administrador único de "Hormisoria, Sociedad Limitada", y "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", Alberto Soto Orte.-10.108. 2.a 2-4-2002.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 12 de marzo de 2002, aprobaron todas ellas, por unanimidad, la fusión por absorción impropia de dichas sociedades mediante la absorción por "Hormisoria, Sociedad Limitada", de "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Soria.
Dado que la sociedad absorbente es titular del 100 por 100 del capital social de la sociedad absorbida, no procede aumento de capital social en la sociedad absorbente y, por tanto, no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de participaciones sociales.
Los Balances de fusión de las sociedades son los cerrados a 31 de diciembre de 2001. Las operaciones de la sociedad absorbida que se extingue se considerarán realizadas por la absorbente a partir de 1 de enero de 2002. No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de participaciones sociales ni ventajas a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión.
Soria, 15 de marzo de 2002.-El Administrador único de "Hormisoria, Sociedad Limitada", y "Soto Hernández, Sociedad Limitada Unipersonal", Alberto Soto Orte.-10.108. 1.a 1-4-2002.
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SOTO HERNANDEZ SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.