CNAE 4759 - Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
B61475117
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Barcelona
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SOFAS EUROPA 2000 SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SOFAS EUROPA 2000 SL o en los que participa indirectamente.
De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de "Barimueble, Sociedad Anónima", y "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada", celebradas ambas el 28 de mayo de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada" por "Barimueble, Sociedad Anónima", con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la entidad absorbente.
La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 19 de mayo de 2001, con el número 196.
La fecha a partir de la cual las operaciones habrán de considerarse realizadas a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, será a partir de la formalización del acuerdo de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de mayo de 2001.-El Administrador de "Barimueble, Sociedad Anónima", y el Administrador de "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada".-29.148. y 3.a 7-6-2001.
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De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de "Barimueble, Sociedad Anónima", y "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada", celebradas ambas el 28 de mayo de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada" por "Barimueble, Sociedad Anónima", con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la entidad absorbente.
La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 19 de mayo de 2001, con el número 196.
La fecha a partir de la cual las operaciones habrán de considerarse realizadas a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, será a partir de la formalización del acuerdo de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de mayo de 2001.-El Administrador de "Barimueble, Sociedad Anónima", y el Administrador de "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada".-29.148. 2.a 6-6-2001.
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De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de "Barimueble, Sociedad Anónima", y "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada", celebradas ambas el 28 de mayo de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada" por "Barimueble, Sociedad Anónima", con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la entidad absorbente.
La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, en fecha 19 de mayo de 2001, con el número 196.
La fecha a partir de la cual las operaciones habrán de considerarse realizadas a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, será a partir de la formalización del acuerdo de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de mayo de 2001.-El Administrador de "Barimueble, Sociedad Anónima", y el Administrador de "Sofás Europa 2000, Sociedad Limitada".-29.148. 1.a 5-6-2001.
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Informe de Crédito | Informe Mercantil, Incidencias y Vinculaciones | Perfil Comercial de Empresa | |
Capital social actual y evolución | |||
Información mercantil y comercial | Básica | ||
Administradores y dirigentes | Solo administradores | Solo dirigentes | |
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
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SOFAS EUROPA 2000 SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona. Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.