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CNAE 2432 - Laminación en frío
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Información sobre balances y cuentas de resultados de SIDERURGICA DEL MEDITERRANEO SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SIDERURGICA DEL MEDITERRANEO SAU o en los que participa indirectamente.
Fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que la Junta General de Socios de Arcelor Planos Sagunto, S.L., y la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Siderúrgica del Mediterráneo, S.A., Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas el día 16 de noviembre de 2.006, acordaron la fusión por absorción por Arcelor Planos Sagunto, S.L., de su filial íntegramente participada Siderúrgica del Mediterráneo, S.A., Sociedad Unipersonal, con extinción de esta última, que quedará automáticamente disuelta, sin necesidad de liquidación, y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a Arcelor Planos Sagunto, S.L., todo ello en los términos del Proyecto de Fusión aprobado por los Administradores de ambas Compañías y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Valencia, 16 de noviembre de 2006.-El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, María Paloma Vía Ballesteros.-66.399.
1.ª 20-11-2006
Absorbente | |
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Fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que la Junta General de Socios de Arcelor Planos Sagunto, S.L., y la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Siderúrgica del Mediterráneo, S.A., Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas el día 16 de noviembre de 2.006, acordaron la fusión por absorción por Arcelor Planos Sagunto, S.L., de su filial íntegramente participada Siderúrgica del Mediterráneo, S.A., Sociedad Unipersonal, con extinción de esta última, que quedará automáticamente disuelta, sin necesidad de liquidación, y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a Arcelor Planos Sagunto, S.L., todo ello en los términos del Proyecto de Fusión aprobado por los Administradores de ambas Compañías y depositado en el Registro Mercantil de Valencia.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Valencia, 16 de noviembre de 2006.-El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, María Paloma Vía Ballesteros.-66.399.
1.ª 20-11-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que las Juntas Generales de Socios, de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, y de Siderúrgica del Mediterráneo, S.
A., Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas todas con carácter Universal el día 19 de noviembre de 2.003, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, por Siderúrgica del Mediterráneo, S. A., Sociedad Unipersonal, con extinción de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a la absorbente a título de sucesión universal de la totalidad de los elementos integrantes del activo y pasivo de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, mediante la creación de una reserva de fusión en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del art. 243 de la Ley de Sociedades Anónimas a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Madrid, 19 de noviembre de 2003.-El Administrador Solidario de la Sociedad Absorbente y el Administrador Único de la Sociedad Absorbida.-51.846. y 3.a 24-11-2003.
Absorbente |
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Absorbida |
En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que las Juntas Generales de Socios, de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, y de Siderúrgica del Mediterráneo, S.
A., Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas todas con carácter Universal el día 19 de noviembre de 2.003, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, por Siderúrgica del Mediterráneo, S. A., Sociedad Unipersonal, con extinción de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a la absorbente a título de sucesión universal de la totalidad de los elementos integrantes del activo y pasivo de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, mediante la creación de una reserva de fusión en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del art. 243 de la Ley de Sociedades Anónimas a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Madrid, 19 de noviembre de 2003.-El Administrador Solidario de la Sociedad Absorbente y el Administrador Único de la Sociedad Absorbida.-51.846. 2.a 21-11-2003.
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En cumplimiento de lo previsto en la vigente Ley, se hace público que las Juntas Generales de Socios, de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, y de Siderúrgica del Mediterráneo, S.
A., Sociedad Unipersonal, en respectivas sesiones celebradas todas con carácter Universal el día 19 de noviembre de 2.003, acordaron por unanimidad aprobar la fusión por absorción de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, por Siderúrgica del Mediterráneo, S. A., Sociedad Unipersonal, con extinción de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a la absorbente a título de sucesión universal de la totalidad de los elementos integrantes del activo y pasivo de Solmed Galvanizados, S. L., Sociedad Unipersonal, mediante la creación de una reserva de fusión en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión, según el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del art. 243 de la Ley de Sociedades Anónimas a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Madrid, 19 de noviembre de 2003.-El Administrador Solidario de la Sociedad Absorbente y el Administrador Único de la Sociedad Absorbida.-51.846. 1.a 20-11-2003.
Absorbente |
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
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Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
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Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
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