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Información sobre balances y cuentas de resultados de SALGARI XXI SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 Inmediata | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | Consultar en Axesor | |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SALGARI XXI SLU o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el anuncio de fusión por absorción de las sociedades "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbente), y "Maresmar, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida). Las Juntas generales ordinarias de socios de ambas compañías, celebradas el día 28 de junio de 2001 con carácter universal, acordaron por unanimidad, la fusión por absorción de "Maresmar, Sociedad Anónima" por parte de la sociedad "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, traspasándose a título de sucesión universal la totalidad del patrimonio de la misma a la absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance de fusión de cada una de las compañías participantes. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse al acuerdo de fusión que consideren que les perjudica, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, por acuerdo de Junta general de socios de 28 de junio de 2001, la sociedad absorbente "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, cambió su denominación por la de "Mares mar, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, al amparo del artículo 418 del RRM.
Barcelona, 27 de julio de 2001.-Los Administradores de las sociedades participantes.-42.835.
y 3.a 10-8-2001.
Absorbente |
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Absorbida |
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el anuncio de fusión por absorción de las sociedades "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbente), y "Maresmar, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida). Las Juntas generales ordinarias de socios de ambas compañías, celebradas el día 28 de junio de 2001 con carácter universal, acordaron por unanimidad, la fusión por absorción de "Maresmar, Sociedad Anónima" por parte de la sociedad "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, traspasándose a título de sucesión universal la totalidad del patrimonio de la misma a la absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance de fusión de cada una de las compañías participantes. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse al acuerdo de fusión que consideren que les perjudica, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, por acuerdo de Junta general de socios de 28 de junio de 2001, la sociedad absorbente "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, cambió su denominación por la de "Maresmar, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, al amparo del artículo 418 del RRM.
Barcelona, 27 de julio de 2001.-Los Administradores de las sociedades participantes.-42.835.
2.a 9-8-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el anuncio de fusión por absorción de las sociedades "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad absorbente), y "Maresmar, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida). Las Juntas generales ordinarias de socios de ambas compañías, celebradas el día 28 de junio de 2001 con carácter universal, acordaron por unanimidad, la fusión por absorción de "Maresmar, Sociedad Anónima" por parte de la sociedad "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, traspasándose a título de sucesión universal la totalidad del patrimonio de la misma a la absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance de fusión de cada una de las compañías participantes. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse al acuerdo de fusión que consideren que les perjudica, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, por acuerdo de Junta general de socios de 28 de junio de 2001, la sociedad absorbente "Salgari XXI, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, cambió su denominación por la de "Maresmar, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, al amparo del artículo 418 del RRM.
Barcelona, 27 de julio de 2001.-Los Administradores de las sociedades participantes.-42.835.
1.a 8-8-2001.
Absorbente |
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Absorbida |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
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Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
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