933436000
CNAE 5222 - Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
B62562038
-
-
-
0.5M €
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de SAEMAR CONSIGNACIONES SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por SAEMAR CONSIGNACIONES SL o en los que participa indirectamente.
Las Juntas generales de socios de las compañías mercantiles "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas" (sociedad escindida), y "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria), celebradas el día 5 de octubre de 2001, acordaron, por unanimidad y entre otros, la escisión parcial de la compañía "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", mediante la segregación de parte del patrimonio de la sociedad consistente en los elementos que en su conjunto se encuentran destinados a la actividad económica de consignatario, con la correspondiente reducción de sus reservas voluntarias en la cuantía de 96.704.651 pesetas (581.206,66 euros), pasando dicha parte de su patrimonio social a integrarse en la compañía beneficiaria "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (ya existente), que amplió su capital social en la cuantía de 80.264.606 pesetas (482.400 euros) y sus cuentas de reservas en 16.440.045 pesetas (98.806,66 euros).
Dicha escisión se acordó en los términos del proyecto de escisión redactado con fecha 13 de septiembre de 2001 por los órganos de administración de las compañías implicadas y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, en el domicilio de la sociedades implicadas.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de escisión parcial durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley.
Barcelona, 11 de octubre de 2001.-Los órganos de administración de la "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", y de "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada".-50.888.
y 3.a 18-10-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Las Juntas generales de socios de las compañías mercantiles "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas" (sociedad escindida), y "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria), celebradas el día 5 de octubre de 2001, acordaron, por unanimidad y entre otros, la escisión parcial de la compañía "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", mediante la segregación de parte del patrimonio de la sociedad consistente en los elementos que en su conjunto se encuentran destinados a la actividad económica de consignatario, con la correspondiente reducción de sus reservas voluntarias en la cuantía de 96.704.651 pesetas (581.206,66 euros), pasando dicha parte de su patrimonio social a integrarse en la compañía beneficiaria "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (ya existente), que amplió su capital social en la cuantía de 80.264.606 pesetas (482.400 euros) y sus cuentas de reservas en 16.440.045 pesetas (98.806,66 euros).
Dicha escisión se acordó en los términos del proyecto de escisión redactado con fecha 13 de septiembre de 2001 por los órganos de administración de las compañías implicadas y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, en el domicilio de la sociedades implicadas.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de escisión parcial durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley.
Barcelona, 11 de octubre de 2001.-Los órganos de administración de la "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", y de "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada".-50.888.
2.a 17-10-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Las Juntas generales de socios de las compañías mercantiles "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas" (sociedad escindida), y "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria), celebradas el día 5 de octubre de 2001, acordaron, por unanimidad y entre otros, la escisión parcial de la compañía "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", mediante la segregación de parte del patrimonio de la sociedad consistente en los elementos que en su conjunto se encuentran destinados a la actividad económica de consignatario, con la correspondiente reducción de sus reservas voluntarias en la cuantía de 96.704.651 pesetas (581.206,66 euros), pasando dicha parte de su patrimonio social a integrarse en la compañía beneficiaria "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada" (ya existente), que amplió su capital social en la cuantía de 80.264.606 pesetas (482.400 euros) y sus cuentas de reservas en 16.440.045 pesetas (98.806,66 euros).
Dicha escisión se acordó en los términos del proyecto de escisión redactado con fecha 13 de septiembre de 2001 por los órganos de administración de las compañías implicadas y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, en el domicilio de la sociedades implicadas.
b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de escisión parcial durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley.
Barcelona, 11 de octubre de 2001.-Los órganos de administración de la "Sociedad Anónima Española de Empresas Marítimas", y de "Saemar Consignaciones, Sociedad Limitada".-50.888.
1.a 16-10-2001.
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
SAEMAR CONSIGNACIONES SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.