CNAE 6209 - Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática
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Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de ROSMARINUS NETWORK SAU depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
| Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
| Consultar en Axesor | ||||||
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ROSMARINUS NETWORK SAU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales, celebradas con carácter universal, de las sociedades «Susino Abogados, Sociedad Anónima» (Sociedad absorbente), y «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» (Sociedad absorbida), celebradas el 3 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» por parte de «Susino Abogados, Sociedad Anónima», con transmisión a «Susino Abogados, Sociedad Anónima», por sucesión universal, de todos los activos y pasivos de la Sociedad absorbida sin liquidación alguna de los mismos, extinguiéndose la sociedad absorbida «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal». El acuerdo de Fusión se adoptó conforme al Proyecto de Fusión de 1 de marzo de 2006 suscrito por la Administradora de ambas sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como del derecho de los acreedores de la sociedad que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 6 de abril de 2006.-Pilar Susino Bueno, Administradora única de «Susino Abogados, Sociedad Anónima»; Administradora única de «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal».-21.619.
1.ª 3-5-2006
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales, celebradas con carácter universal, de las sociedades «Susino Abogados, Sociedad Anónima» (Sociedad absorbente), y «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» (Sociedad absorbida), celebradas el 3 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» por parte de «Susino Abogados, Sociedad Anónima», con transmisión a «Susino Abogados, Sociedad Anónima», por sucesión universal, de todos los activos y pasivos de la Sociedad absorbida sin liquidación alguna de los mismos, extinguiéndose la sociedad absorbida «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal». El acuerdo de Fusión se adoptó conforme al Proyecto de Fusión de 1 de marzo de 2006 suscrito por la Administradora de ambas sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como del derecho de los acreedores de la sociedad que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 6 de abril de 2006.-Pilar Susino Bueno, Administradora única de «Susino Abogados, Sociedad Anónima»; Administradora única de «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal».-21.619.
1.ª 3-5-2006
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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales, celebradas con carácter universal, de las sociedades «Susino Abogados, Sociedad Anónima» (Sociedad absorbente), y «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» (Sociedad absorbida), celebradas el 3 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal» por parte de «Susino Abogados, Sociedad Anónima», con transmisión a «Susino Abogados, Sociedad Anónima», por sucesión universal, de todos los activos y pasivos de la Sociedad absorbida sin liquidación alguna de los mismos, extinguiéndose la sociedad absorbida «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal». El acuerdo de Fusión se adoptó conforme al Proyecto de Fusión de 1 de marzo de 2006 suscrito por la Administradora de ambas sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como del derecho de los acreedores de la sociedad que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 6 de abril de 2006.-Pilar Susino Bueno, Administradora única de «Susino Abogados, Sociedad Anónima»; Administradora única de «Rosmarinus Network, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal».-21.619.
1.ª 3-5-2006
| Absorbente | |
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Anuncio de disolución con cesión global del Activo y del Pasivo.
A los efectos de lo establecido en el art. 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público, que la Junta General de Accionistas de la sociedad «Rosmarinus Network S.A.» (Sociedad unipersonal), celebrada en Madrid el día 26 de julio de 2005, ha acordado la disolución sin liquidación de la sociedad mediante la cesión global del Activo y del Pasivo resultante del Balance final cerrado a 30 de junio de 2005 a su único accionista, «Susino Abogados, S.A». Se hace constar expresamente, el derecho de los acreedores, tanto de la sociedad cedente como de la sociedad cesionaria, a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión, pudiendo solicitarlo en los respectivos domicilios sociales. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades mencionadas a oponerse a la cesión, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación, en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión en el art. 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Madrid, 26 de julio de 2005.-Pilar Susino Bueno, Administradora única.-42.677.
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ROSMARINUS NETWORK SAU es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Su clasificación nacional de actividades económicas es Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.