CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B39562707
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Información sobre balances y cuentas de resultados de RESIDENCIAL EL RODIL SUR SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por RESIDENCIAL EL RODIL SUR SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 1 de septiembre de 2006, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por La Llosa de San Román, SL de Residencial El Rodil Sur, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Cantabria.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último acuerdo de fusión.
Santander, 9 de enero de 2007.-Don José Gómez Triguero, Administrador único de La Llosa de San Román, S.L., y don José Gómez Triguero, Administrador único de Residencial El Rodil Sur, S.L.-2.675. 2.ª 25-1-2007
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Anuncio de fusión
Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 1 de septiembre de 2006, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por La Llosa de San Román, SL de Residencial El Rodil Sur, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Cantabria.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último acuerdo de fusión.
Santander, 9 de enero de 2007.-Don José Gómez Triguero, Administrador único de La Llosa de San Román, S.L., y don José Gómez Triguero, Administrador único de Residencial El Rodil Sur, S.L.-2.675. 2.ª 25-1-2007
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Anuncio de fusión
Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 1 de septiembre de 2006, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por La Llosa de San Román, SL de Residencial El Rodil Sur, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Cantabria.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último acuerdo de fusión.
Santander, 9 de enero de 2007.-Don José Gómez Triguero, Administrador único de La Llosa de San Román, S.L., y don José Gómez Triguero, Administrador único de Residencial El Rodil Sur, S.L.-2.675. 1.ª 24-1-2007
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