CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B78570223
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Información sobre balances y cuentas de resultados de PROMOTORES PROFESIONALES REUNIDOS SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por PROMOTORES PROFESIONALES REUNIDOS SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción La Junta general universal de la sociedad "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" celebrada el día 28 de junio de 2002, y ésta a su vez, en su condición de socio único de "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y de "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, todos ellos en la misma fecha referida, acordaron y decidieron aprobar la fusión mediante la absorción por "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" de las sociedades "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, con la consecuente extinción por disolución sin liquidación de estas últimas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.
Los acuerdos de fusión han sido acordados y decididos en los términos del proyecto de fusión de dichas sociedades, que ha sido objeto de depósito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 17 de junio de 2002, sobre la base de los balances de fusión cerrados a 30 de abril de 2002, aprobados por las sociedades participantes. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2002.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar, de forma expresa, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener en el correspondiente domicilio social, el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas y de los balances de fusión correspondientes a cada una de las sociedades intervinientes, y en particular, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 5 de julio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" y de "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y Administrador único de "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, José Luis Zamarriego Guñalóns.-33.524.
y 3.a 18-7-2002.
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Anuncio de fusión por absorción La Junta general universal de la sociedad "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" celebrada el día 28 de junio de 2002, y ésta a su vez, en su condición de socio único de "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y de "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, todos ellos en la misma fecha referida, acordaron y decidieron aprobar la fusión mediante la absorción por "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" de las sociedades "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, con la consecuente extinción por disolución sin liquidación de estas últimas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.
Los acuerdos de fusión han sido acordados y decididos en los términos del proyecto de fusión de dichas sociedades, que ha sido objeto de depósito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 17 de junio de 2002, sobre la base de los balances de fusión cerrados a 30 de abril de 2002, aprobados por las sociedades participantes. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2002.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar, de forma expresa, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener en el correspondiente domicilio social, el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas y de los balances de fusión correspondientes a cada una de las sociedades intervinientes, y en particular, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 5 de julio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "Jesús R. Laucirica y Asociados, Consejeros de Inversiones, Sociedad Limitada" y de "Vitylo, Sociedad Limitada" unipersonal y Administrador único de "Promotores Profesionales Reunidos, Sociedad Limitada" unipersonal, José Luis Zamarriego Guñalóns.-33.524.
2.a 17-7-2002.
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