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Información sobre balances y cuentas de resultados de PROMOCIONES MF SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 Inmediata | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 3 horas | Consultar en Axesor | |
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por PROMOCIONES MF SL o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la mercantil "Promociones MF, S.L." y socio único de las mercantiles "Eurobuilding Condal, S.L.U." y "Adcon Retail, S.L.U.", en decisión de 10 de enero de 2013, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las sociedades absorbidas a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas.
La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las Sociedades Absorbidas, las mercantiles "Eurobuilding Condal, S.L.U." y "Adcon Retail, S.L.U.", están íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente, la mercantil "Promociones MF, S.L." y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las acciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente.
Dado que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y adoptan unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.
La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en su caso, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales. Así mismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.
Barcelona, 15 de enero de 2013.- El Administrador único de "Promociones MF, S.L.", "Eurobuilding Condal, S.L.U." y "Adcon Retail, S.L.U.", Manuel Fernández Cerrato.
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Se hace público que las Juntas generales de socios y accionistas de las sociedades "Promociones MF, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Promaxca Inmobiliaria, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida) acordaron por unanimidad en fecha 17 de noviembre de 2010, la fusión mediante absorción, por parte de la sociedad "Promociones MF, Sociedad Limitada" de la sociedad "Promaxca Inmobiliaria, Sociedad Limitada" y el traspaso en bloque a favor de "Promociones MF, Sociedad Limitada" de la totalidad del activo y pasivo de la anterior con la consiguiente disolución y liquidación, que adquiere la sociedad absorbente por sucesión universal, subrogándose en todos sus bienes, derechos y obligaciones de toda clase de la absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 17 de noviembre de 2010.- El Administrador único de "Promociones MF, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Promaxca Inmobiliaria, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida), Manuel Fernández Cerrato.
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En cumplimiento de lo expuesto en el artículo 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 5 de febrero de 2009, las juntas generales, extraordinarias y universales de las sociedades PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, aprobando la fusión por absorción por parte de PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA, como sociedad absorbente y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, la cual transmite todo su patrimonio en bloque a título de sucesión universal a la mencionada sociedad absorbente, que se subrogarán en la totalidad de derechos u obligaciones de la absorbida. Todo ello en los términos del proyecto de fusión de fecha 29 de diciembre de 2008, depositado en el Registro Mercantil en la fecha 26 de enero de 2009. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como de solicitar su entrega o envío gratuito.
Asimismo se hace constar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 9 de febrero de 2009.- Josefa Cerrato Rodriguez, Administrador único de Promociones MF, Sociedad Limitada.-Manuel Fernández Cerrato, Administrador único de Monteil, Sociedad Limitada.
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En cumplimiento de lo expuesto en el artículo 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 5 de febrero de 2009, las juntas generales, extraordinarias y universales de las sociedades PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, aprobando la fusión por absorción por parte de PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA, como sociedad absorbente y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, la cual transmite todo su patrimonio en bloque a título de sucesión universal a la mencionada sociedad absorbente, que se subrogarán en la totalidad de derechos u obligaciones de la absorbida. Todo ello en los términos del proyecto de fusión de fecha 29 de diciembre de 2008, depositado en el Registro Mercantil en la fecha 26 de enero de 2009. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como de solicitar su entrega o envío gratuito.
Asimismo se hace constar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 9 de febrero de 2009.- Josefa Cerrato Rodriguez, Administrador único de Promociones MF, Sociedad Limitada.-Manuel Fernández Cerrato, Administrador único de Monteil, Sociedad Limitada.
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En cumplimiento de lo expuesto en el artículo 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 5 de febrero de 2009, las juntas generales, extraordinarias y universales de las sociedades PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, aprobando la fusión por absorción por parte de PROMOCIONES MF, SOCIEDAD LIMITADA, como sociedad absorbente y MONTEIL, SOCIEDAD LIMITADA, la cual transmite todo su patrimonio en bloque a título de sucesión universal a la mencionada sociedad absorbente, que se subrogarán en la totalidad de derechos u obligaciones de la absorbida. Todo ello en los términos del proyecto de fusión de fecha 29 de diciembre de 2008, depositado en el Registro Mercantil en la fecha 26 de enero de 2009. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como de solicitar su entrega o envío gratuito.
Asimismo se hace constar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Barcelona, 9 de febrero de 2009.- Josefa Cerrato Rodriguez, Administrador único de Promociones MF, Sociedad Limitada.-Manuel Fernández Cerrato, Administrador único de Monteil, Sociedad Limitada.
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