925531503 965171004
CNAE 2332 - Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción
A53045092
-
-
-
2.5M €
Madrid
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de NUEVA CERAMICA ARB SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NUEVA CERAMICA ARB SA o en los que participa indirectamente.
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley Sociedades Anónimas, se hace público: Sociedades que participan en la fusión: Absorbente: Redland Ibérica, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-28-0913135, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con los siguientes datos registrales: Tomo 186 general, 174 de la Sección 3.a del Libro de Sociedades, Folio 122 Hoja 62.113-I.
Absorbidas: 1. Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-08-314965, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4863, folio 74, sección 8.a, Hoja 79862, inscripción 57.a 2.
Uralita Tejados, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-82-508391, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 14.874, libro 0, folio 58, sección 8.a, Hoja 247464, inscripción 1.a 3. Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima, con domicilio social en Alicante, Partida Plá de la Cova, sin número, Número Identificación Fiscal A-53-045092 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1843, libro 0, folio 13, sección 8.a, hoja A-33696, inscripción 25.a Las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus domicilios sociales el día 18 de junio de 2004 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión por absorción por parte de Redland Ibérica, Sociedad Anónima de las sociedades Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima y Uralita Tejados, Sociedad Anónima (absorbidas), de conformidad con el proyecto de fusión aprobado y depositado en los respectivos Registros Mercantiles. Las sociedades absorbidas en ejecución de la fusión se extinguen sin liquidación, de forma que sus respectivos patrimonios sociales, derechos y obligaciones son adquiridos por la sociedad absorbente.
La fusión aprobada se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, al compartir las sociedades intervinientes en la fusión la misma composición accionarial. Es por ello que la integración de patrimonios llevada a cabo como consecuencia de la fusión no altera la unidad económico-patrimonial preexistente a la fusión, puesto que los dos accionistas de la Sociedad Absorbida y las Sociedades Absorbentes ya son titulares, en su respectiva participación, del 100 por ciento del capital social de las Sociedades Absorbidas. El procedimiento previsto en el artículo 250 de la Ley Sociedades Anónimas hace innecesaria la emisión de informe de experto independiente, y la elaboración de informe de los administradores, así como efectuar las menciones previstas en los apartados b) y c) del artículo 235 de la Ley citada.
La Junta General de Accionistas de la Sociedad Absorbente, en uso de la opción contemplada en el artículo 233.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, acuerda por unanimidad no ampliar capital.
Asimismo, y con idéntica unanimidad, la Sociedad Absorbente acuerda realizar la integración patrimonial de las Sociedades Absorbidas que se produce como consecuencia de la fusión, mediante la constitución en sus Estados Contables de una Reserva de Fusión y una Reserva de Revalorización. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2004. No existen en las Sociedades que se fusionan acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente. No se atribuyen en la absorbente ventajas a los administradores de las Sociedades que intervienen en la fusión.
Segundo.-Con el voto favorable y unánime de la totalidad del capital social se acuerda someter la fusión al régimen fiscal especial previsto en el capítulo VIII, del título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Tercero.-Por unanimidad han quedado aprobados los Balances de Fusión de todas las sociedades intervinientes, cerrados a 31 de diciembre de 2003.
Cuarto.-Redland Ibérica, Sociedad Anónima (Sociedad absorbente), adoptará como denominación social la de Uralita Tejados, Sociedad Anónima (Sociedad absorbida).
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades a oponerse a los acuerdos adoptados según los artículos 166 y 243 Ley Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 18 de junio de 2004.-El Secretario no Consejero de los Consejos de Administración de Redland Ibérica, S. A., e Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, S. A., D. Javier González Ochoa; el Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Uralita Tejados, S. A., D. Álvaro Rodríguez-Solano Romero, y el Secretario Consejero del Consejo de Administración de Nueva Cerámica ARB, S. A., D. Fernando Ortega y López de Santa María.-32.594. y 3.a 23-6-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley Sociedades Anónimas, se hace público: Sociedades que participan en la fusión: Absorbente: Redland Ibérica, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-28-0913135, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con los siguientes datos registrales: Tomo 186 general, 174 de la Sección 3.a del Libro de Sociedades, Folio 122 Hoja 62.113-I.
Absorbidas: 1. Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-08-314965, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4863, folio 74, sección 8.a, Hoja 79862, inscripción 57.a 2.
Uralita Tejados, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-82-508391, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 14.874, libro 0, folio 58, sección 8.a, Hoja 247464, inscripción 1.a 3. Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima, con domicilio social en Alicante, Partida Plá de la Cova, sin número, Número Identificación Fiscal A-53-045092 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1843, libro 0, folio 13, sección 8.a, hoja A-33696, inscripción 25.a Las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus domicilios sociales el día 18 de junio de 2004 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión por absorción por parte de Redland Ibérica, Sociedad Anónima de las sociedades Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima y Uralita Tejados, Sociedad Anónima (absorbidas), de conformidad con el proyecto de fusión aprobado y depositado en los respectivos Registros Mercantiles. Las sociedades absorbidas en ejecución de la fusión se extinguen sin liquidación, de forma que sus respectivos patrimonios sociales, derechos y obligaciones son adquiridos por la sociedad absorbente.
La fusión aprobada se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, al compartir las sociedades intervinientes en la fusión la misma composición accionarial. Es por ello que la integración de patrimonios llevada a cabo como consecuencia de la fusión no altera la unidad económico-patrimonial preexistente a la fusión, puesto que los dos accionistas de la Sociedad Absorbida y las Sociedades Absorbentes ya son titulares, en su respectiva participación, del 100 por ciento del capital social de las Sociedades Absorbidas. El procedimiento previsto en el artículo 250 de la Ley Sociedades Anónimas hace innecesaria la emisión de informe de experto independiente, y la elaboración de informe de los administradores, así como efectuar las menciones previstas en los apartados b) y c) del artículo 235 de la Ley citada.
La Junta General de Accionistas de la Sociedad Absorbente, en uso de la opción contemplada en el artículo 233.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, acuerda por unanimidad no ampliar capital.
Asimismo, y con idéntica unanimidad, la Sociedad Absorbente acuerda realizar la integración patrimonial de las Sociedades Absorbidas que se produce como consecuencia de la fusión, mediante la constitución en sus Estados Contables de una Reserva de Fusión y una Reserva de Revalorización. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2004. No existen en las Sociedades que se fusionan acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente. No se atribuyen en la absorbente ventajas a los administradores de las Sociedades que intervienen en la fusión.
Segundo.-Con el voto favorable y unánime de la totalidad del capital social se acuerda someter la fusión al régimen fiscal especial previsto en el capítulo VIII, del título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Tercero.-Por unanimidad han quedado aprobados los Balances de Fusión de todas las sociedades intervinientes, cerrados a 31 de diciembre de 2003.
Cuarto.-Redland Ibérica, Sociedad Anónima (Sociedad absorbente), adoptará como denominación social la de Uralita Tejados, Sociedad Anónima (Sociedad absorbida).
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades a oponerse a los acuerdos adoptados según los artículos 166 y 243 Ley Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 18 de junio de 2004.-El Secretario no Consejero de los Consejos de Administración de Redland Ibérica, S. A., e Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, S. A., D. Javier González Ochoa; el Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Uralita Tejados, S. A., D. Álvaro Rodríguez-Solano Romero, y el Secretario Consejero del Consejo de Administración de Nueva Cerámica ARB, S. A., D. Fernando Ortega y López de Santa María.-32.594. 2.a 22-6-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley Sociedades Anónimas, se hace público: Sociedades que participan en la fusión: Absorbente: Redland Ibérica, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-28-0913135, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con los siguientes datos registrales: Tomo 186 general, 174 de la Sección 3.a del Libro de Sociedades, Folio 122 Hoja 62.113-I.
Absorbidas: 1. Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-08-314965, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4863, folio 74, sección 8.a, Hoja 79862, inscripción 57.a 2.
Uralita Tejados, Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Mejía Lequerica, 10, Número Identificación Fiscal A-82-508391, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 14.874, libro 0, folio 58, sección 8.a, Hoja 247464, inscripción 1.a 3. Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima, con domicilio social en Alicante, Partida Plá de la Cova, sin número, Número Identificación Fiscal A-53-045092 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1843, libro 0, folio 13, sección 8.a, hoja A-33696, inscripción 25.a Las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus domicilios sociales el día 18 de junio de 2004 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión por absorción por parte de Redland Ibérica, Sociedad Anónima de las sociedades Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, Sociedad Anónima, Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima y Uralita Tejados, Sociedad Anónima (absorbidas), de conformidad con el proyecto de fusión aprobado y depositado en los respectivos Registros Mercantiles. Las sociedades absorbidas en ejecución de la fusión se extinguen sin liquidación, de forma que sus respectivos patrimonios sociales, derechos y obligaciones son adquiridos por la sociedad absorbente.
La fusión aprobada se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, al compartir las sociedades intervinientes en la fusión la misma composición accionarial. Es por ello que la integración de patrimonios llevada a cabo como consecuencia de la fusión no altera la unidad económico-patrimonial preexistente a la fusión, puesto que los dos accionistas de la Sociedad Absorbida y las Sociedades Absorbentes ya son titulares, en su respectiva participación, del 100 por ciento del capital social de las Sociedades Absorbidas. El procedimiento previsto en el artículo 250 de la Ley Sociedades Anónimas hace innecesaria la emisión de informe de experto independiente, y la elaboración de informe de los administradores, así como efectuar las menciones previstas en los apartados b) y c) del artículo 235 de la Ley citada.
La Junta General de Accionistas de la Sociedad Absorbente, en uso de la opción contemplada en el artículo 233.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, acuerda por unanimidad no ampliar capital.
Asimismo, y con idéntica unanimidad, la Sociedad Absorbente acuerda realizar la integración patrimonial de las Sociedades Absorbidas que se produce como consecuencia de la fusión, mediante la constitución en sus Estados Contables de una Reserva de Fusión y una Reserva de Revalorización. Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2004. No existen en las Sociedades que se fusionan acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente. No se atribuyen en la absorbente ventajas a los administradores de las Sociedades que intervienen en la fusión.
Segundo.-Con el voto favorable y unánime de la totalidad del capital social se acuerda someter la fusión al régimen fiscal especial previsto en el capítulo VIII, del título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Tercero.-Por unanimidad han quedado aprobados los Balances de Fusión de todas las sociedades intervinientes, cerrados a 31 de diciembre de 2003.
Cuarto.-Redland Ibérica, Sociedad Anónima (Sociedad absorbente), adoptará como denominación social la de Uralita Tejados, Sociedad Anónima (Sociedad absorbida).
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades a oponerse a los acuerdos adoptados según los artículos 166 y 243 Ley Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 18 de junio de 2004.-El Secretario no Consejero de los Consejos de Administración de Redland Ibérica, S. A., e Industrias Transformadoras del Cemento Eternit, S. A., D. Javier González Ochoa; el Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Uralita Tejados, S. A., D. Álvaro Rodríguez-Solano Romero, y el Secretario Consejero del Consejo de Administración de Nueva Cerámica ARB, S. A., D. Fernando Ortega y López de Santa María.-32.594. 1.a 21-6-2004.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión Sociedades que participan en la fusión: "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" (absorbente) entidad domiciliada en Alicante, partida Pla de la Cova, sin número. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1.843, libro O, folio 13, sección 8, hoja A-33696. Número de identificación fiscal: A-53-045092.
"Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal" (absorbida) entidad domiciliada en Cervelló (Barcelona), avenida Cataluña, 96-98, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, folio 160, tomo 24.952, hoja B-80523. Número de identificación fiscal: A-58-433764.
Las Juntas generales de accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 14 de junio de 2001 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" de "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal". La sociedad absorbida en ejecución de la fusión se extingue sin liquidación, de forma que su patrimonio social es adquirido por la absorbente. La absorbente es propietaria del 100 por 100 de las acciones de la absorbida por lo que no procede realizar ampliación del capital en la absorbente, ni informe de los Administradores y expertos independientes, ni establecer tipo, ni procedimiento de canje de las acciones.
Segundo.-Sujetar la fusión al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del título VIII, de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades, y el Real Decreto Legislativo 1/1993 y Real Decreto 828/1995 Ley y Reglamento, respectivamente, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Tercero.-Aprobar los balances de fusión de absorbente y absorbida, cerrados ambos al día 31 de diciembre de 2000 y auditados por sus respectivos Auditores de cuentas.
Cuarto.-Las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2001.
Quinto.-No existen en ninguna de las dos sociedades acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente.
No se atribuirán en la absorbente ventajas a los Administradores de las sociedades que intervienen en la fusión.
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a opo nerse a los acuerdos adoptados en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 15 de junio de 2001.-El Secretario de los Consejos de Administración de "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" y "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal", don Pedro Sangro Gómez-Acebo.-34.124.
y 3.a 20-6-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión Sociedades que participan en la fusión: "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" (absorbente) entidad domiciliada en Alicante, partida Pla de la Cova, sin número. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1.843, libro O, folio 13, sección 8, hoja A-33696. Número de identificación fiscal: A-53-045092.
"Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal" (absorbida) entidad domiciliada en Cervelló (Barcelona), avenida Cataluña, 96-98, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, folio 160, tomo 24.952, hoja B-80523. Número de identificación fiscal: A-58-433764.
Las Juntas generales de accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 14 de junio de 2001 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" de "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal". La sociedad absorbida en ejecución de la fusión se extingue sin liquidación, de forma que su patrimonio social es adquirido por la absorbente. La absorbente es propietaria del 100 por 100 de las acciones de la absorbida por lo que no procede realizar ampliación del capital en la absorbente, ni informe de los Administradores y expertos independientes, ni establecer tipo, ni procedimiento de canje de las acciones.
Segundo.-Sujetar la fusión al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del título VIII, de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades, y el Real Decreto Legislativo 1/1993 y Real Decreto 828/1995 Ley y Reglamento, respectivamente, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Tercero.-Aprobar los balances de fusión de absorbente y absorbida, cerrados ambos al día 31 de diciembre de 2000 y auditados por sus respectivos Auditores de cuentas.
Cuarto.-Las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2001.
Quinto.-No existen en ninguna de las dos sociedades acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente.
No se atribuirán en la absorbente ventajas a los Administradores de las sociedades que intervienen en la fusión.
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a los acuerdos adoptados en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 15 de junio de 2001.-El Secretario de los Consejos de Administración de "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" y "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal", don Pedro Sangro Gómez-Acebo.-34.124.
2.a 19-6-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión Sociedades que participan en la fusión: "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" (absorbente) entidad domiciliada en Alicante, partida Pla de la Cova, sin número. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1.843, libro O, folio 13, sección 8, hoja A-33696. Número de identificación fiscal: A-53-045092.
"Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal" (absorbida) entidad domiciliada en Cervelló (Barcelona), avenida Cataluña, 96-98, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, folio 160, tomo 24.952, hoja B-80523. Número de identificación fiscal: A-58-433764.
Las Juntas generales de accionistas de las sociedades anteriores, en sesiones celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 14 de junio de 2001 adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Primero.-Aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" de "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal". La sociedad absorbida en ejecución de la fusión se extingue sin liquidación, de forma que su patrimonio social es adquirido por la absorbente. La absorbente es propietaria del 100 por 100 de las acciones de la absorbida por lo que no procede realizar ampliación del capital en la absorbente, ni informe de los Administradores y expertos independientes, ni establecer tipo, ni procedimiento de canje de las acciones.
Segundo.-Sujetar la fusión al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del título VIII, de la Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades, y el Real Decreto Legislativo 1/1993 y Real Decreto 828/1995 Ley y Reglamento, respectivamente, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Tercero.-Aprobar los balances de fusión de absorbente y absorbida, cerrados ambos al día 31 de diciembre de 2000 y auditados por sus respectivos Auditores de cuentas.
Cuarto.-Las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables a partir de 1 de enero de 2001.
Quinto.-No existen en ninguna de las dos sociedades acciones de clases especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones, por lo que no se atribuirán los mismos en la absorbente.
No se atribuirán en la absorbente ventajas a los Administradores de las sociedades que intervienen en la fusión.
Se hace expresa mención del derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a los acuerdos adoptados en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.
Madrid, 15 de junio de 2001.-El Secretario de los Consejos de Administración de "Nueva Cerámica ARB, Sociedad Anónima" y "Cerámica Decorativa del Llobregat, Sociedad Anónima Unipersonal", don Pedro Sangro Gómez-Acebo.-34.124.
1.a 18-6-2001.
Absorbente |
|
Absorbida |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
NUEVA CERAMICA ARB SA es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Su clasificación nacional de actividades económicas es Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.