CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B81551624
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Información sobre balances y cuentas de resultados de NORDA SAN JERONIMO SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NORDA SAN JERONIMO SL o en los que participa indirectamente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de accionistas de las sociedades "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", celebradas en los respectivos domicilios sociales, con el carácter de extraordinarias y universales, el día 12 de agosto de 2002, han acordado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, con la transmisión en bloque del patrimonio de la absorbida a favor de la absorbente y su disolución, sin liquidación. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el día 31 de diciembre de 2001, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por tener ésta la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida, y considerándose realizadas por la sociedad absorbente las operaciones realizadas por la absorbida a 1 de enero de 2002. Los acuerdos de fusión se han adoptado por las respectivas Juntas generales de accionistas de ambas sociedades en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria y Registro Mercantil de Madrid, respectivamente, con fechas 31 de julio y 30 de julio de 2002, respectivamente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan para oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Los accionistas de cada sociedad conocen y han aprobado los documentos relativos a la fusión por haber asistido a las respectivas Juntas generales.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de agosto de 2002.-El Secretario de los Consejos de Administración de "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", Ch.
Alexander Paschkes.-41.255.
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| Absorbida |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de accionistas de las sociedades "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", celebradas en los respectivos domicilios sociales, con el carácter de extraordinarias y universales, el día 12 de agosto de 2002, han acordado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, con la transmisión en bloque del patrimonio de la absorbida a favor de la absorbente y su disolución sin liquidación. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión, cerrados el día 31 de diciembre de 2001, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por tener ésta la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida y considerándose realizadas por la sociedad absorbente las operaciones realizadas por la absorbida a 1 de enero de 2002. Los acuerdos de fusión se han adoptado por las respectiva Juntas generales de accionistas de ambas sociedades en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria y Registro Mercantil, respectivamente, con fecha 31 de julio y 30 de julio de 2002, respectivamente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan para oponerse a la fusión en los términos esatablecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión. Los accionistas de cada sociedad conocen y han aprobado los documentos relativos a la fusión por haber asistido a las respectivas Juntas generales.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de agosto de 2002.-El Secretario de los Consejos de Administración de "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", Christian Alexander Paschkes.-39.255. y 2.a 30-8-2002.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de accionistas de las sociedades "A. Paukner, Sociedad Anónima", y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", celebradas en los respectivos domicilios sociales con el carácter de extraordinarias y universales, el día 12 de agosto de 2002, han acordado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, con la transmisión en bloque del patrimonio de la absorbida a favor de la absorbente y su disolución sin liquidación. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el día 31 de diciembre de 2001, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por tener ésta la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida y considerándose realizadas por la sociedad absorbente las operaciones realizadas por la absorbida a 1 de enero de 2002. Los acuerdos de fusión se han adoptado por las respectivas Juntas generales de accionistas de ambas sociedades en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria y Registro Mercantil, respectivamente, con fecha 31 de julio y 30 de julio de 2002, respectivamente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan para oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Los accionistas de cada sociedad conocen y han aprobado los documentos relativos a la fusión por haber asistido a las respectivas Juntas generales.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de agosto de 2002.-El Secretario de los Consejos de Administración de "A. Paukner, Sociedad Anónima", y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", D. Christian Alexander Paschkes.-39.098.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de accionistas de las sociedades "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", celebradas en los respectivos domicilios sociales, con el carácter de extraordinarias y universales, el día 12 de agosto de 2002, han acordado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera, con la transmisión en bloque del patrimonio de la absorbida a favor de la absorbente y su disolución sin liquidación. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión, cerrados el día 31 de diciembre de 2001, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por tener ésta la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida y considerándose realizadas por la sociedad absorbente las operaciones realizadas por la absorbida a 1 de enero de 2002. Los acuerdos de fusión se han adoptado por las respectiva Juntas generales de accionistas de ambas sociedades en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria y Registro Mercantil, respectivamente, con fecha 31 de julio y 30 de julio de 2002, respectivamente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan para oponerse a la fusión en los términos esatablecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión. Los accionistas de cada sociedad conocen y han aprobado los documentos relativos a la fusión por haber asistido a las respectivas Juntas generales.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de agosto de 2002.-El Secretario de los Consejos de Administración de "A. Paukner, Sociedad Anónima" y "Norda San Jerónimo, Sociedad Limitada", Christian Alexander Paschkes.-39.255. 1.a 29-8-2002.
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