CNAE 0111 - Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas
no disponible
20/11/2000
25 años
-
0.5M €
Murcia
Información sobre balances y cuentas de resultados de NIDOPHONE SL depositados en el Registro Mercantil de Murcia en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por NIDOPHONE SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio escisión parcial
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 27 de enero de 2006, aprobaron, ambas por unanimidad, la escisión parcial de «Finca Nido, Sociedad Limitada» consistente en la segregación de su actividad agraria, que conforme al artículo 253 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas forma una unidad económica, a favor de «Nidophone, Sociedad Limitada» quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, depositado en el Registro Mercantil de Murcia, y en base al Balance de escisión de fecha 30 de noviembre de 2005, aprobados por las sociedades en las citadas Juntas generales, sin que la sociedad escindida parcialmente se extinga como consecuencia de la escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Puerto de Mazarrón (Murcia), 17 de mayo de 2006.-Los Administradores Mancomunados de Finca Nido, S.L., y Nidophone, S.L., Francisco Javier Aparicio Bernabé y Pedro Rabal Hernández, respectivamente.-36.676.
1.ª 1-6-2006
| Escindida | |
| Beneficiaria |
|
Anuncio escisión parcial
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 27 de enero de 2006, aprobaron, ambas por unanimidad, la escisión parcial de «Finca Nido, Sociedad Limitada» consistente en la segregación de su actividad agraria, que conforme al artículo 253 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas forma una unidad económica, a favor de «Nidophone, Sociedad Limitada» quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, depositado en el Registro Mercantil de Murcia, y en base al Balance de escisión de fecha 30 de noviembre de 2005, aprobados por las sociedades en las citadas Juntas generales, sin que la sociedad escindida parcialmente se extinga como consecuencia de la escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Puerto de Mazarrón (Murcia), 17 de mayo de 2006.-Los Administradores Mancomunados de Finca Nido, S.L., y Nidophone, S.L., Francisco Javier Aparicio Bernabé y Pedro Rabal Hernández, respectivamente.-36.676.
1.ª 1-6-2006
| Escindida | |
| Beneficiaria |
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Anuncio escisión parcial
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 27 de enero de 2006, aprobaron, ambas por unanimidad, la escisión parcial de «Finca Nido, Sociedad Limitada» consistente en la segregación de su actividad agraria, que conforme al artículo 253 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas forma una unidad económica, a favor de «Nidophone, Sociedad Limitada» quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, depositado en el Registro Mercantil de Murcia, y en base al Balance de escisión de fecha 30 de noviembre de 2005, aprobados por las sociedades en las citadas Juntas generales, sin que la sociedad escindida parcialmente se extinga como consecuencia de la escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades «Finca Nido, Sociedad Limitada» y «Nidophone, Sociedad Limitada» a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Puerto de Mazarrón (Murcia), 17 de mayo de 2006.-Los Administradores Mancomunados de Finca Nido, S.L., y Nidophone, S.L., Francisco Javier Aparicio Bernabé y Pedro Rabal Hernández, respectivamente.-36.676.
1.ª 1-6-2006
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NIDOPHONE SL inscrita en el Registro Mercantil de Murcia. y con domicilio en MazarrónSu clasificación nacional de actividades económicas es Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.