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CNAE 7732 - Alquiler de maquinaria y equipo para la construcción e ingeniería civil
A80473853
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Información sobre balances y cuentas de resultados de MAQUISOL SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por MAQUISOL SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público lo siguiente: A) Las respectivas Juntas Generales de Accionistas, celebradas con el carácter de Universales, el pasado 31 de Mayo de 2004, aprobaron la Fusión de Tuneles y Colectores, Sociedad Anónima -Sociedad Unipersonal-, y Maquisol, Sociedad Anónima, mediante absorción por la primera de la segunda. La fusión fue aprobado de acuerdo con las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas Sociedades, el cual ha sido depositado en el Registro Mercantil. Asimismo, fue aprobado como Balance de Fusión el cerrado al 31 de Marzo de 2004. Dado que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones de las Sociedad Absorbida, no existe canje alguno de acciones, ni aumento del capital de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesaria la elaboración de los Informe de los Administradores y de los expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida que se extingue habrá de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, será el 1 de Mayo de 2004.
No se otorgan en la Sociedad Absorbente derechos para ningún tipo de acciones, no existiendo titulares de derechos especiales distintos de las acciones, ni se atribuyen en la Sociedad Absorbente ventajas a los Administradores.
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.
Conforme lo establecido en el Artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 1 de junio de 2004.-El Administrador Único de Maquisol, Sociedad Anónima, y Consejero Delegado de Túneles y Colectores, Sociedad Anonima, José Luis Rojo.-28.720.
y 3.a 11-6-2004.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público lo siguiente: A) Las respectivas Juntas Generales de Accionistas, celebradas con el carácter de Universales, el pasado 31 de Mayo de 2004, aprobaron la Fusión de Tuneles y Colectores, Sociedad Anónima -Sociedad Unipersonal-, y Maquisol, Sociedad Anónima, mediante absorción por la primera de la segunda. La fusión fue aprobado de acuerdo con las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas Sociedades, el cual ha sido depositado en el Registro Mercantil. Asimismo, fue aprobado como Balance de Fusión el cerrado al 31 de Marzo de 2004. Dado que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones de las Sociedad Absorbida, no existe canje alguno de acciones, ni aumento del capital de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesaria la elaboración de los Informe de los Administradores y de los expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida que se extingue habrá de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, será el 1 de Mayo de 2004.
No se otorgan en la Sociedad Absorbente derechos para ningún tipo de acciones, no existiendo titulares de derechos especiales distintos de las acciones, ni se atribuyen en la Sociedad Absorbente ventajas a los Administradores.
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.
Conforme lo establecido en el Artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 1 de junio de 2004.-El Administrador Único de Maquisol, Sociedad Anónima, y Consejero Delegado de Túneles y Colectores, Sociedad Anonima, José Luis Rojo.-28.720.
2.a 10-6-2004.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público lo siguiente: A) Las respectivas Juntas Generales de Accionistas, celebradas con el carácter de Universales, el pasado 31 de Mayo de 2004, aprobaron la Fusión de Tuneles y Colectores, Sociedad Anónima -Sociedad Unipersonal-, y Maquisol, Sociedad Anónima, mediante absorción por la primera de la segunda. La fusión fue aprobado de acuerdo con las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas Sociedades, el cual ha sido depositado en el Registro Mercantil. Asimismo, fue aprobado como Balance de Fusión el cerrado al 31 de Marzo de 2004. Dado que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones de las Sociedad Absorbida, no existe canje alguno de acciones, ni aumento del capital de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesaria la elaboración de los Informe de los Administradores y de los expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida que se extingue habrá de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, será el 1 de Mayo de 2004.
No se otorgan en la Sociedad Absorbente derechos para ningún tipo de acciones, no existiendo titulares de derechos especiales distintos de las acciones, ni se atribuyen en la Sociedad Absorbente ventajas a los Administradores.
De conformidad con el Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.
Conforme lo establecido en el Artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la citada Ley.
Madrid, 1 de junio de 2004.-El Administrador Único de Maquisol, Sociedad Anónima, y Consejero Delegado de Túneles y Colectores, Sociedad Anonima, José Luis Rojo.-28.720.
1.a 9-6-2004.
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