952622370
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B29664117
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Información sobre balances y cuentas de resultados de LOS ROSALES DE CHURRIANA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LOS ROSALES DE CHURRIANA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión al mismo hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general de «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», así como las Juntas generales de «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», acordaron el pasado día 30 de junio de 2006 aprobar la fusión de dichas sociedades, figurando «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», como Sociedad absorbente, y «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», como sociedades absorbidas, sobre la base del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las tres sociedades intervinientes y que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Málaga. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se ha puesto a disposición de los socios el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y del Balance de fusión cerrado el 31 de diciembre de 2005, y se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de obtener dichos documentos, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedad Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedad Anónimas, igualmente aplicable por la remisión prevista en el artículo 94 de la Ley Sociedad Responsabilidad Limitada.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad resultante de la fusión mantendrá la denominación social de una de las Sociedades absorbidas, esto es, «Fontejeda, Sociedad Limitada».
Málaga, 31 de julio de 2006.-El Administrador único de «Los Rosales de Churriana, S. L.»; «Fontejeda, S. L.», y «Puerto Axarquía, S. L.», José Gumersindo Martín Rodríguez.-48.456.
1.ª 7-8-2006
| Absorbente |
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| Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción
A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión al mismo hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general de «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», así como las Juntas generales de «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», acordaron el pasado día 30 de junio de 2006 aprobar la fusión de dichas sociedades, figurando «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», como Sociedad absorbente, y «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», como sociedades absorbidas, sobre la base del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las tres sociedades intervinientes y que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Málaga. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se ha puesto a disposición de los socios el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y del Balance de fusión cerrado el 31 de diciembre de 2005, y se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de obtener dichos documentos, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedad Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedad Anónimas, igualmente aplicable por la remisión prevista en el artículo 94 de la Ley Sociedad Responsabilidad Limitada.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad resultante de la fusión mantendrá la denominación social de una de las Sociedades absorbidas, esto es, «Fontejeda, Sociedad Limitada».
Málaga, 31 de julio de 2006.-El Administrador único de «Los Rosales de Churriana, S. L.»; «Fontejeda, S. L.», y «Puerto Axarquía, S. L.», José Gumersindo Martín Rodríguez.-48.456.
1.ª 7-8-2006
| Absorbente |
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Anuncio de fusión por absorción
A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión al mismo hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general de «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», así como las Juntas generales de «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», acordaron el pasado día 30 de junio de 2006 aprobar la fusión de dichas sociedades, figurando «Los Rosales de Churriana, Sociedad Limitada», como Sociedad absorbente, y «Fontejeda, Sociedad Limitada», y «Puerto Axarquía, Sociedad Limitada», como sociedades absorbidas, sobre la base del proyecto de fusión suscrito por el Administrador único de las tres sociedades intervinientes y que fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Málaga. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se ha puesto a disposición de los socios el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y del Balance de fusión cerrado el 31 de diciembre de 2005, y se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de obtener dichos documentos, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedad Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedad Anónimas, igualmente aplicable por la remisión prevista en el artículo 94 de la Ley Sociedad Responsabilidad Limitada.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad resultante de la fusión mantendrá la denominación social de una de las Sociedades absorbidas, esto es, «Fontejeda, Sociedad Limitada».
Málaga, 31 de julio de 2006.-El Administrador único de «Los Rosales de Churriana, S. L.»; «Fontejeda, S. L.», y «Puerto Axarquía, S. L.», José Gumersindo Martín Rodríguez.-48.456.
1.ª 7-8-2006
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LOS ROSALES DE CHURRIANA SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Promoción inmobiliaria.
La empresa tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.