B61429437
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Información sobre balances y cuentas de resultados de LATA S2 SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LATA S2 SL o en los que participa indirectamente.
Correción de errores
En los anuncios de escisión parcial publicados los días 3, 4 y 5 de agosto de 2004 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 149, 150 y 151, no se indicó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad beneficiaria de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la sociedad beneficiaria, que deberá ser ejercitado con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la citada ley durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de estos acuerdos.
Mollet del Vallés, 16 de noviembre de 2004.-Los administradores, Juan Alonso Simón, Mercedes Beltrán Torres.-52.255.
Escindida | |
Beneficiaria |
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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada" y de "Lata S2, Sociedad Limitada", celebradas el día 26 de julio de 2004 decidieron, ambas, por unanimidad, aprobar la escisión parcial de la primera mediante la segregación de parte de su patrimonio, consistente en la unidad económica constituida por un patrimonio inmobiliario, y su simultánea aportación en bloque a la última, quien lo adquiere en calidad de beneficiaria de la escisión.
Asimismo, se ha aprobado el balance de escisión de la escindida, cerrado el 31 de marzo de 2.004, y el proyecto de escisión presentado en el Registro Mercantil de Barcelona, bajo el número 269.
Como consecuencia de la escisión, "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada", reduce sus reservas voluntarias en 213,14 euros, aumentándose el capital social de "Lata S2, Sociedad Limitada", en la misma cantidad de 213,14 euros.
No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235 e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la escindida, que deberá ser ejercitado con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la citada ley durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio de estos acuerdos.
Mollet del Vallés (Barcelona), 27 de julio de 2004.-Los administradores, Juan Alonso Simón, Mercedes Beltrán Torres.-38.656.
y 3.a 5-8-2004.
Escindida | |
Beneficiaria |
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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada" y de "Lata S2, Sociedad Limitada", celebradas el día 26 de julio de 2004 decidieron, ambas, por unanimidad, aprobar la escisión parcial de la primera mediante la segregación de parte de su patrimonio, consistente en la unidad económica constituida por un patrimonio inmobiliario, y su simultánea aportación en bloque a la última, quien lo adquiere en calidad de beneficiaria de la escisión.
Asimismo, se ha aprobado el balance de escisión de la escindida, cerrado el 31 de marzo de 2.004, y el proyecto de escisión presentado en el Registro Mercantil de Barcelona, bajo el número 269.
Como consecuencia de la escisión, "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada", reduce sus reservas voluntarias en 213,14 euros, aumentándose el capital social de "Lata S2, Sociedad Limitada", en la misma cantidad de 213,14 euros.
No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235 e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la escindida, que deberá ser ejercitado con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la citada ley durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio de estos acuerdos.
Mollet del Vallés (Barcelona), 27 de julio de 2004.-Los administradores, Juan Alonso Simón, Mercedes Beltrán Torres.-38.656.
2.a 4-8-2004.
Escindida | |
Beneficiaria |
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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada" y de "Lata S2, Sociedad Limitada", celebradas el día 26 de julio de 2004 decidieron, ambas, por unanimidad, aprobar la escisión parcial de la primera mediante la segregación de parte de su patrimonio, consistente en la unidad económica constituida por un patrimonio inmobiliario, y su simultánea aportación en bloque a la última, quien lo adquiere en calidad de beneficiaria de la escisión.
Asimismo, se ha aprobado el balance de escisión de la escindida, cerrado el 31 de marzo de 2.004, y el proyecto de escisión presentado en el Registro Mercantil de Barcelona, bajo el número 269.
Como consecuencia de la escisión, "Assessors Empresarials Asemax, Sociedad Limitada", reduce sus reservas voluntarias en 213,14 euros, aumentándose el capital social de "Lata S2, Sociedad Limitada", en la misma cantidad de 213,14 euros.
No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235 e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la escindida, que deberá ser ejercitado con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la citada ley durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio de estos acuerdos.
Mollet del Vallés (Barcelona), 27 de julio de 2004.-Los administradores, Juan Alonso Simón, Mercedes Beltrán Torres.-38.656.
1.a 3-8-2004.
Escindida | |
Beneficiaria |
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