CIUDAD DE RONDA, 4 1 D. 41004 SEVILLA. (SEVILLA). Ver mapa
CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B91028399
04/01/2000
24 años
-
0.5M €
Sevilla
Información sobre balances y cuentas de resultados de LAS ALMENTAS SL depositados en el Registro Mercantil de Sevilla en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LAS ALMENTAS SL o en los que participa indirectamente.
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social de Sevilla número once,
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 271/2011, dimanante de autos núm. 1133/10, contra Oko Senso, S.L., y Las Almentas, S.L., en la que con fecha 30 de octubre de 2012 se ha dictado Decreto, por el que se declara a la ejecutada Oko Senso, S.L., y Las Almentas, S.L., con Cif B 91083071 y B 91028399 en situación de Insolvencia por importe de 29.349,23 euros de principal; insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
Y de conformidad con el art. 2746.5 de la LRJS, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Sevilla, 30 de octubre de 2012.- Secretaria Judicial, doña Concepción Díaz de Noriega Selles.
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Anuncio de Escisión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que con fecha 8 de mayo de 2003, el socio único de la sociedad Incasor, Sociedad Limitada acordó la escisión total de la Sociedad, que se disuelve y extingue, sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias una de ellas preexistente Las Almentas, Sociedad Limitada y la segunda Incasor, Sociedad Limitada de nueva creación, todo ello en los términos del Proyecto de Escisión suscrito por los administradores solidarios de la sociedad escindida en fecha 25 de marzo de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Sevilla el 28 de marzo de 2003 en el que se establece que la escisión tendrá efectos a partir de la fecha 1 de enero de 2003.
Asimismo, ha sido aprobado el balance de escisión de la Sociedad Incasor, Sociedad Limitada cerrado a 31 de diciembre de 2002. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con el artículo 243.2 Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo del Socio único, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distinto de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sevilla, 20 de mayo de 2003.-Administrador Solidario de la Sociedad Incasor, S.L., César Alba Betere.-25.946.
y 3.a 6-6-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de Escisión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que con fecha 8 de mayo de 2003, el socio único de la sociedad Incasor, Sociedad Limitada acordó la escisión total de la Sociedad, que se disuelve y extingue, sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias una de ellas preexistente Las Almentas, Sociedad Limitada y la segunda Incasor, Sociedad Limitada de nueva creación, todo ello en los términos del Proyecto de Escisión suscrito por los administradores solidarios de la sociedad escindida en fecha 25 de marzo de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Sevilla el 28 de marzo de 2003 en el que se establece que la escisión tendrá efectos a partir de la fecha 1 de enero de 2003.
Asimismo, ha sido aprobado el balance de escisión de la Sociedad Incasor, Sociedad Limitada cerrado a 31 de diciembre de 2002. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con el artículo 243.2 Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo del Socio único, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distinto de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sevilla, 20 de mayo de 2003.-Administrador Solidario de la Sociedad Incasor, S.L., César Alba Betere.-25.946.
2.a 5-6-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de Escisión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que con fecha 8 de mayo de 2003, el socio único de la sociedad Incasor, Sociedad Limitada acordó la escisión total de la Sociedad, que se disuelve y extingue, sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias una de ellas preexistente Las Almentas, Sociedad Limitada y la segunda Incasor, Sociedad Limitada de nueva creación, todo ello en los términos del Proyecto de Escisión suscrito por los administradores solidarios de la sociedad escindida en fecha 25 de marzo de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Sevilla el 28 de marzo de 2003 en el que se establece que la escisión tendrá efectos a partir de la fecha 1 de enero de 2003.
Asimismo, ha sido aprobado el balance de escisión de la Sociedad Incasor, Sociedad Limitada cerrado a 31 de diciembre de 2002. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con el artículo 243.2 Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo del Socio único, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distinto de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sevilla, 20 de mayo de 2003.-Administrador Solidario de la Sociedad Incasor, S.L., César Alba Betere.-25.946.
1.a 4-6-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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LAS ALMENTAS SL inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla. y con domicilio en SevillaSu clasificación nacional de actividades económicas es Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.