922463121
C/ B (ur Celta), 20 38769 - (Los Llanos De Aridane) - Sta. Cruz De Tenerife Ver mapa
CNAE 5520 - Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
B38666996
06/02/2002
22 años
-
0.5M €
Santa Cruz de Tenerife
Información sobre balances y cuentas de resultados de LA PALMA JARDIN RESORT SL depositados en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 3 horas | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | Consultar en Axesor | |
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
---|---|---|---|---|
Barranco Capote Jose | Apod. Mancom. | Barranco Capote Jose Apod. Mancom. | 01/10/2018 | |
Armas Gonzalez Nestor | Apod. Mancom. | Armas Gonzalez Nestor Apod. Mancom. | 01/10/2018 | |
Mederos Perez Jose Ignacio | Apod. Mancom. | Mederos Perez Jose Ignacio Apod. Mancom. | 01/10/2018 | |
Ulrich Fuchs Ursula | Adm. Solid. | Ulrich Fuchs Ursula Adm. Solid. | 06/09/2018 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LA PALMA JARDIN RESORT SL o en los que participa indirectamente.
Publicación en el BORME de los siguientes nombramientos:
Apoderados Mancomunados |
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes (artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad limitada), se hace público para general conocimiento que las Juntas Generales celebradas el 30 de Enero del 2008, aprobaron por unanimidad el acuerdo de fusión, en virtud del cual La Palma Jardín Resort, S.L., absorbe a «Los Jardines Celtas, S.L., Unipersonal (Sociedad absorbida), adquiriendo la primera por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Dicha fusión se aprobó de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes, cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de la Palma el día 17 de abril de 2008. Según prevé el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión, adoptados y de los Balances de fusión cerrados a 31/12/2007.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 242 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitadas, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo anterior, durante el plazo de un mes contados a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Los Llanos de Aridane, 25 de abril de 2008.-Los Administradores de las dos Sociedades: Diego Capote Cámara y Úrsula Ulrich Fuchs.-39.275. y 3.ª 18-6-2008
Absorbente |
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Absorbida |
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes (artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad limitada), se hace público para general conocimiento que las Juntas Generales celebradas el 30 de Enero del 2008, aprobaron por unanimidad el acuerdo de fusión, en virtud del cual La Palma Jardín Resort, S.L., absorbe a «Los Jardines Celtas, S.L., Unipersonal (Sociedad absorbida), adquiriendo la primera por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Dicha fusión se aprobó de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes, cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de la Palma el día 17 de abril de 2008. Según prevé el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión, adoptados y de los Balances de fusión cerrados a 31/12/2007.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 242 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitadas, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo anterior, durante el plazo de un mes contados a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Los Llanos de Aridane, 25 de abril de 2008.-Los Administradores de las dos Sociedades: Diego Capote Cámara y Úrsula Ulrich Fuchs.-39.275. 2.ª 17-6-2008
Absorbente |
|
Absorbida |
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes (artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad limitada), se hace público para general conocimiento que las Juntas Generales celebradas el 30 de Enero del 2008, aprobaron por unanimidad el acuerdo de fusión, en virtud del cual La Palma Jardín Resort, S.L., absorbe a «Los Jardines Celtas, S.L., Unipersonal (Sociedad absorbida), adquiriendo la primera por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Dicha fusión se aprobó de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes, cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de la Palma el día 17 de abril de 2008. Según prevé el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión, adoptados y de los Balances de fusión cerrados a 31/12/2007.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 242 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitadas, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo anterior, durante el plazo de un mes contados a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Los Llanos de Aridane, 25 de abril de 2008.-Los Administradores de las dos Sociedades: Diego Capote Cámara y Úrsula Ulrich Fuchs.-39.275. 1.ª 16-6-2008
Absorbente |
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Absorbida |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
LA PALMA JARDIN RESORT SL inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Su clasificación nacional de actividades económicas es Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.