FINCA EL BROSQUE, LAS GALERAS. (VILLANUEVA DEL ROSARIO). CAPI- TAL: 180.000, 00 EUROS Ver mapa
CNAE 5590 - Otros alojamientos
B92384957
29/10/2002
22 años
-
0.5M €
Málaga
Información sobre balances y cuentas de resultados de LA ALQUERIA DE VILLANUEVA SL depositados en el Registro Mercantil de Málaga en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Guerrero Gonzalez Nicolas | Adm. Unico | Guerrero Gonzalez Nicolas Adm. Unico | 14/11/2014 | |
Rojo Perez Gema | Adm. Concurs. | Rojo Perez Gema Adm. Concurs. | 30/01/2014 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por LA ALQUERIA DE VILLANUEVA SL o en los que participa indirectamente.
Procedimiento concursal | 1059.05/2013. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 4/11/2014 |
Descripcion | Auto de apertura de la fase de liquidación. |
Juzgado | num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. |
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 1059.02/2013 referente al deudor LA ALQUERÍA DE VILLANUEVA, S.L., con CIF N.º B-92384957, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Málaga, 16 de abril de 2014.- Secretario Judicial.
Empresa |
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Procedimiento concursal | 1059.01/2013. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 18/12/2013 |
Descripcion | Auto de declaración de concurso. Voluntario. |
Juzgado | num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. |
Procedimiento concursal | 1059.01/2013. |
Fecha de resolución | 7/01/2014 |
Descripcion | Nombramiento de administradores. |
Juzgado | num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. |
Adm. Concurs. | Rojo Perez Gema |
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1059.01/2013, con NIG 2906742M20110000515, por Auto de 18 de diciembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor La Alquería de Villanueva, S.L., con CIF n.º B-92384957, con domicilio en Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3.º Que la Administración Concursal la integra doña Gema Rojo Pérez, provista de DNI , española, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio en Málaga y dirección postal calle Granada, n.º 3, edificio "Novoplaza", 1.º G, CP 29015. Teléfono 952 21 87 81, profesión: Economistq, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 7 de enero de 2014.- Secretario Judicial.
Empresa |
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
LA ALQUERIA DE VILLANUEVA SL ya disuelta inscrita en el Registro Mercantil de Málaga. Su clasificación nacional de actividades económicas era Otros alojamientos.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.
LA ALQUERIA DE VILLANUEVA SL tiene 1 cargos directivos en activo y 1 cargos directivos históricos.