Información sobre balances y cuentas de resultados de JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP (EXTINGUIDA) depositados en el Registro Mercantil de Málaga en los últimos ejercicios.
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP (EXTINGUIDA) o en los que participa indirectamente.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 18/06/2024. Núm. 286201. S 8, H MA 91283, I/A 6
Ceses/Dimisiones.
Publicación de la empresa JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP:
Con fecha
12 de septiembre de 2022 se inscribe en el Registro Mercantil
el cese o dimisión de Tellez Rico Francisco Javier
como
Administrador Único de la sociedad.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 12/09/2022. Núm. 420673. T 4302, L 3212, F 39, S 8, H MA 91283, I/A 5
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 12/05/2021. Núm. 242037. T 4302, L 3212, F 39, S 8, H MA 91283, I/A 4
Depósito de cuentas anuales
Publicación de la empresa JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP:
En julio del 2011 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio
2010
.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 01/08/2011. Núm. 421780.
Depósito de cuentas anuales
Publicación de la empresa JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP:
En julio del 2010 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio
2009
.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 01/08/2010. Núm. 471584.
Depósito de cuentas anuales
En julio del 2009 se presentan en el registro las cuentas anuales de la sociedad del ejercicio
2008
.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 01/08/2009. Núm. 318594.
JAVIER TELLEZ ABOGADOS SLP (EXTINGUIDA) fué una empresa constituida el 03/04/2007 y extinguida el 03/09/2025 inscrita en el Registro Mercantil de Málaga. y con domicilio en MálagaSu clasificación nacional de actividades económicas era Actividades jurídicas.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.