944648680
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B95024758
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Información sobre balances y cuentas de resultados de INVERSIONES INMOBILIARIAS EROSTEN SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por INVERSIONES INMOBILIARIAS EROSTEN SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de las sociedades intervinientes, celebradas en los domicilios sociales de las compañías el día 14 de Noviembre de 2.002, una vez aprobados tanto el Balance de fusión como el proyecto de fusión, acordaron, ambas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Edifinsa, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), por parte de "Inversiones Inmobiliarias Erosten, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su total patrimonio, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal, sin que conforme a lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas se produzca variación alguna en el capital de la sociedad absorbente al ser el socio único de la absorbida, siendo la fecha de efectos contables la del momento de la inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya del acuerdo de Fusión.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 del texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, según lo dispuesto en el artículo 243 de dicho Texto Refundido.
Getxo (Vizcaya), 14 de noviembre de 2002.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-49.998. y 3.a 20-11-2002.
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Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de las sociedades intervinientes, celebradas en los domicilios sociales de las compañías el día 14 de Noviembre de 2.002, una vez aprobados tanto el Balance de fusión como el proyecto de fusión, acordaron, ambas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Edifinsa, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), por parte de "Inversiones Inmobiliarias Erosten, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su total patrimonio, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal, sin que conforme a lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas se produzca variación alguna en el capital de la sociedad absorbente al ser el socio único de la absorbida, siendo la fecha de efectos contables la del momento de la inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya del acuerdo de Fusión.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 del texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, según lo dispuesto en el artículo 243 de dicho Texto Refundido.
Getxo (Vizcaya), 14 de noviembre de 2002.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-49.998. 2.a 19-11-2002.
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Absorbida |
Anuncio de fusión por absorción De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de las sociedades intervinientes, celebradas en los domicilios sociales de las compañías el día 14 de noviembre de 2.002, una vez aprobados tanto el Balance de fusión como el proyecto de fusión, acordaron, ambas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Edifinsa, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), por parte de "Inversiones Inmobiliarias Erosten, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su total patrimonio, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal, sin que conforme a lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas se produzca variación alguna en el capital de la sociedad absorbente al ser el socio único de la absorbida, siendo la fecha de efectos contables la del momento de la inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya del acuerdo de Fusión.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 del texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, según lo dispuesto en el artículo 243 de dicho Texto Refundido.
Getxo (Vizcaya), 14 de noviembre de 2002.-Los Administradores de las sociedades intervinientes.-49.998. 1.a 18-11-2002.
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