915644499
CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B95536199
13/06/2008
16 años
-
0.5M €
Vizcaya-Bizkaia
HIPER CENTRO CAPITAL SL
Información sobre balances y cuentas de resultados de HIPER CENTRO CAPITAL SL depositados en el Registro Mercantil de Vizcaya-Bizkaia en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 Inmediata | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | Consultar en Axesor | ||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Fiel Varela Dolores | Apod. | Fiel Varela Dolores Apod. | 28/09/2009 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por HIPER CENTRO CAPITAL SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 16 de abril de 2008, la Junta general de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», ha acordado la escisión total de la sociedad, que se disuelve y extingue sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias de nueva creación, «Hiper Centro Capital, Sociedad Limitada», e «Hiper Centro 2, Sociedad Limitada», todo ello en los términos del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad escindida en fecha 21 de febrero de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya, con fecha 10 de marzo siguiente. Asimismo ha sido aprobado el balance de escisión de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», cerrado a fecha 31 de diciembre de 2007. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 243. 2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo adoptado en Junta general universal, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 16 de abril de 2008.-El Administrador único de «Hiper Centro Sociedad Limitada», José Aguinaga Cárdenas.-21.553. y 3.ª 23-4-2008
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 16 de abril de 2008, la Junta general de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», ha acordado la escisión total de la sociedad, que se disuelve y extingue sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias de nueva creación, «Hiper Centro Capital, Sociedad Limitada», e «Hiper Centro 2, Sociedad Limitada», todo ello en los términos del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad escindida en fecha 21 de febrero de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya, con fecha 10 de marzo siguiente. Asimismo ha sido aprobado el balance de escisión de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», cerrado a fecha 31 de diciembre de 2007. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 243. 2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo adoptado en Junta general universal, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 16 de abril de 2008.-El Administrador único de «Hiper Centro Sociedad Limitada», José Aguinaga Cárdenas.-21.553. 1.ª 21-4-2008
Escindida | |
Beneficiaria |
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Anuncio de escisión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 16 de abril de 2008, la Junta general de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», ha acordado la escisión total de la sociedad, que se disuelve y extingue sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a dos sociedades beneficiarias de nueva creación, «Hiper Centro Capital, Sociedad Limitada», e «Hiper Centro 2, Sociedad Limitada», todo ello en los términos del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad escindida en fecha 21 de febrero de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya, con fecha 10 de marzo siguiente. Asimismo ha sido aprobado el balance de escisión de la sociedad «Hiper Centro, Sociedad Limitada», cerrado a fecha 31 de diciembre de 2007. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 243. 2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde, de oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de un acuerdo adoptado en Junta general universal, a partir de la publicación del presente anuncio, los obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Bilbao, 16 de abril de 2008.-El Administrador único de «Hiper Centro Sociedad Limitada», José Aguinaga Cárdenas.-21.553. 1.ª 21-4-2008
Escindida | |
Beneficiaria |
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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HIPER CENTRO CAPITAL SL anteriormente denominada HIPER CENTRO CAPITAL SL inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya-Bizkaia. Su clasificación nacional de actividades económicas es Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.
HIPER CENTRO CAPITAL SL tiene 1 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.