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Información sobre balances y cuentas de resultados de GUZMAN MINERALES SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GUZMAN MINERALES SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión por absorción
Las Juntas Generales Universales de las sociedades Arenas Minerales, Sociedad Limitada, Guzmán Minerales, Sociedad Limitada,Unipersonal y Guzmán Daxel Sociedad Limitada, de fecha 30 de junio de 2005, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de estas dos últimas, que se extinguirán, siendo absorbidas por la primera y aprobando como Balances de fusión el de 31 de diciembre de 2004 en las dos primeras y de 28 de febrero de 2005 en la última de ellas, verificados por los Auditores de las sociedades, y todo ello en los términos del proyecto de fusión de 31 de mayo de 2005. Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente aumentó su capital en 550.890 euros, mediante la emisión de 18.363 nuevas participaciones. En cuanto al tipo de canje, los socios de las absorbidas recibirán 0,172884 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Minerales, Sociedad Limitada, Unipersonal, y 0,1824 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Daxel, Sociedad Limitada. Desde el 1 de enero de 2005, las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente, y desde esa misma fecha las nuevas participaciones darán derecho a participar en las ganancias sociales. Las participaciones sociales serán canjeadas en la escritura de fusión, mediante su anotación en el Libro Registro de Socios. No se van a conceder ventajas a favor de los Administradores ni a favor de expertos, y no hay titulares de derechos especiales en las sociedades absorbidas a quien reconocer derechos en la absorbente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 166 y 243 de la citada Ley, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión tienen los acreedores de las sociedades, en los términos legalmente previstos.
Valencia, 30 de junio de 2005.-Doña Belén García-Guzmán García, Administradora solidaria de las dos sociedades absorbidas y Secretario no Consejero de la sociedad absorbente.-38.191. y 3.ª 13-7-2005
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Anuncio de fusión por absorción
Las Juntas Generales Universales de las sociedades Arenas Minerales, Sociedad Limitada, Guzmán Minerales, Sociedad Limitada,Unipersonal y Guzmán Daxel Sociedad Limitada, de fecha 30 de junio de 2005, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de estas dos últimas, que se extinguirán, siendo absorbidas por la primera y aprobando como Balances de fusión el de 31 de diciembre de 2004 en las dos primeras y de 28 de febrero de 2005 en la última de ellas, verificados por los Auditores de las sociedades, y todo ello en los términos del proyecto de fusión de 31 de mayo de 2005. Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente aumentó su capital en 550.890 euros, mediante la emisión de 18.363 nuevas participaciones. En cuanto al tipo de canje, los socios de las absorbidas recibirán 0,172884 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Minerales, Sociedad Limitada, Unipersonal, y 0,1824 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Daxel, Sociedad Limitada. Desde el 1 de enero de 2005, las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente, y desde esa misma fecha las nuevas participaciones darán derecho a participar en las ganancias sociales. Las participaciones sociales serán canjeadas en la escritura de fusión, mediante su anotación en el Libro Registro de Socios. No se van a conceder ventajas a favor de los Administradores ni a favor de expertos, y no hay titulares de derechos especiales en las sociedades absorbidas a quien reconocer derechos en la absorbente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 166 y 243 de la citada Ley, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión tienen los acreedores de las sociedades, en los términos legalmente previstos.
Valencia, 30 de junio de 2005.-Doña Belén García-Guzmán García, Administradora solidaria de las dos sociedades absorbidas y Secretario no Consejero de la sociedad absorbente.-38.191. 2.ª 12-7-2005
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Anuncio de fusión por absorción
Las Juntas Generales Universales de las sociedades Arenas Minerales, Sociedad Limitada, Guzmán Minerales, Sociedad Limitada,Unipersonal y Guzmán Daxel Sociedad Limitada, de fecha 30 de junio de 2005, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de estas dos últimas, que se extinguirán, siendo absorbidas por la primera y aprobando como Balances de fusión el de 31 de diciembre de 2004 en las dos primeras y de 28 de febrero de 2005 en la última de ellas, verificados por los Auditores de las sociedades, y todo ello en los términos del proyecto de fusión de 31 de mayo de 2005. Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente aumentó su capital en 550.890 euros, mediante la emisión de 18.363 nuevas participaciones. En cuanto al tipo de canje, los socios de las absorbidas recibirán 0,172884 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Minerales, Sociedad Limitada, Unipersonal, y 0,1824 participaciones de la absorbente por cada participación de Guzmán Daxel, Sociedad Limitada. Desde el 1 de enero de 2005, las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente, y desde esa misma fecha las nuevas participaciones darán derecho a participar en las ganancias sociales. Las participaciones sociales serán canjeadas en la escritura de fusión, mediante su anotación en el Libro Registro de Socios. No se van a conceder ventajas a favor de los Administradores ni a favor de expertos, y no hay titulares de derechos especiales en las sociedades absorbidas a quien reconocer derechos en la absorbente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 166 y 243 de la citada Ley, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión tienen los acreedores de las sociedades, en los términos legalmente previstos.
Valencia, 30 de junio de 2005.-Doña Belén García-Guzmán García, Administradora solidaria de las dos sociedades absorbidas y Secretario no Consejero de la sociedad absorbente.-38.191. 1.ª 11-7-2005
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