957475676 957476429
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B95189205
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0.5M €
Córdoba
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Información sobre balances y cuentas de resultados de GRUPO PRASA depositados en el Registro Mercantil de Córdoba en los últimos ejercicios.
| Ejercicio Disponibilidad | 2019 3 horas | 2020 3 horas | 2021 3 horas | 2022 3 horas | 2023 3 horas | Consultar en Axesor |
| Consultar en Axesor | ||||||
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GRUPO PRASA o en los que participa indirectamente.
Fusión impropia En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 227 del Reglamento del Registro Mercantil en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento que en las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal celebradas el día 8 de Agosto de 2004, se acordó, por unanimidad, la fusión por absorción de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, como sociedades absorbidas, y la preexistente Grupo P.R.A., Sociedad Anónima como sociedad absorbente, la cual ha aprobado en Junta General Extraordinaria Universal de accionistas de fecha 8 de Agosto de 2004 el mencionado acuerdo de fusión por absorción, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Bilbao y Córdoba, el día 6 de Agosto de 2004, en ambos casos.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Córdoba, 8 de agosto de 2004.-Los Administradores de las sociedades fusionadas.
Por Grupo P.R.A., Sociedad Anónima, sociedad absorbente de la fusión: Fdo. D. José Romero González (Presidente y Consejero-Delegado) El Administrador de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, sociedades absorbidas: Fdo. D. Pedro Luis Velasco Ibáñez (Presidente del Consejo de Administración de Grupo Cosimet, Sociedad Limitada, entidad Presidente del Consejo de Administración de Promociones Los Granados del Mar, Sociedad Limitada entidad ésta Administrador Único de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal.-40.344. y 3.a 17-8-2004.
| Absorbente |
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| Absorbida |
Fusión impropia En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 227 del Reglamento del Registro Mercantil en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento que en las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal celebradas el día 8 de Agosto de 2004, se acordó, por unanimidad, la fusión por absorción de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, como sociedades absorbidas, y la preexistente Grupo P.R.A., Sociedad Anónima como sociedad absorbente, la cual ha aprobado en Junta General Extraordinaria Universal de accionistas de fecha 8 de Agosto de 2004 el mencionado acuerdo de fusión por absorción, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Bilbao y Córdoba, el día 6 de Agosto de 2004, en ambos casos.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Córdoba, 8 de agosto de 2004.-Los Administradores de las sociedades fusionadas.
Por Grupo P.R.A., Sociedad Anónima, sociedad absorbente de la fusión: Fdo. D. José Romero González (Presidente y Consejero-Delegado) El Administrador de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, sociedades absorbidas: Fdo. D. Pedro Luis Velasco Ibáñez (Presidente del Consejo de Administración de Grupo Cosimet, Sociedad Limitada, entidad Presidente del Consejo de Administración de Promociones Los Granados del Mar, Sociedad Limitada entidad ésta Administrador Único de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal.-40.344. 2.a 13-8-2004.
| Absorbente |
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| Absorbida |
Fusión impropia En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 227 del Reglamento del Registro Mercantil en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento que en las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal celebradas el día 8 de Agosto de 2004, se acordó, por unanimidad, la fusión por absorción de las sociedades Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, como sociedades absorbidas, y la preexistente Grupo P.R.A., Sociedad Anónima como sociedad absorbente, la cual ha aprobado en Junta General Extraordinaria Universal de accionistas de fecha 8 de Agosto de 2004 el mencionado acuerdo de fusión por absorción, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Bilbao y Córdoba, el día 6 de Agosto de 2004, en ambos casos.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Córdoba, 8 de agosto de 2004.-Los Administradores de las sociedades fusionadas.
Por Grupo P.R.A., Sociedad Anónima, sociedad absorbente de la fusión: Fdo. D. José Romero González (Presidente y Consejero-Delegado) El Administrador de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal, sociedades absorbidas: Fdo. D. Pedro Luis Velasco Ibáñez (Presidente del Consejo de Administración de Grupo Cosimet, Sociedad Limitada, entidad Presidente del Consejo de Administración de Promociones Los Granados del Mar, Sociedad Limitada entidad ésta Administrador Único de Brick-Norte, Sociedad Limitada Unipersonal y Norestate XXI, Sociedad Limitada Unipersonal.-40.344. 1.a 12-8-2004.
| Absorbente |
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| Absorbida |
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La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.