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LA PROMOCION INMOBILIARIA DE TODA CLASE DE OBRAS DE CONSTRUCCION, SU MEJORA Y CONSERVACION
CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B84335595
10/05/2005
19 años
-
0.5M €
Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de GRUPO ENTECAN SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Garcia Quismondo Pereda Ruben | Adm. Concurs. | Garcia Quismondo Pereda Ruben Adm. Concurs. | 19/10/2010 | |
Laorden Ferrero Javier | Adm. Concurs. | Laorden Ferrero Javier Adm. Concurs. | 19/10/2010 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GRUPO ENTECAN SL o en los que participa indirectamente.
Edicto
Cédula de Notificación
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se Hace Saber:
Que en el procedimiento concursal 6/2011, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de ENTE TÉCNICO CANARIO, S.L. y de su acumulada GRUPO ENTECAN, S.L.U., se ha dictado Auto el día 20 de Abril de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos; Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil concursada GRUPO ENTECAN, S.L.U., con CIF n.º B84335595
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.
6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
7.- La extinción de la entidad concursada GRUPO ENTECAN, S.L.U., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.
8.- Se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.
9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución, dichos despachos entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar haberlo efectuado.
10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto
Las Palmas de Gran Canaria, 27 de abril de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
Empresa |
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Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,
Se hace saber: que en el procedimiento concursal N.º 6/2011 seguido en virtud de declaración de concurso de Grupo Entecan, S.L., con CIF n.º B84335595, en la Sección Quinta y en el mismo día de la fecha se ha dictado resolución por la que se aprueba sustancialmente el Plan de Liquidación de la concursada presentada por la administración concursal conforme al cual se llevarán a cabo las operaciones de liquidación, con las siguientes adiciones:
"Respecto de las alegaciones presentadas por AEAT deberá estarse al contenido del artículo 97 bis de la LC a la vista de que la lista definitiva de acreedores fue notificada en fecha de 14 de marzo de 2012.
En cuanto a las alegaciones de Bankia, deberá estarse al contenido del artículo 57.3 LC, esto es reanudación como pieza separada de la ejecución instada. Respecto a la mercantil Caixabank en igual sentido que el anterior, debiendo reanudarse la ejecución ya instada y acumularse al procedimiento de ejecución colectiva como pieza separada. En igual sentido deberá realizarse si alguna entidad bancaria hubiera suscitado dicha cuestión de conformidad a lo previsto en artículo 57 LC".
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 4 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Empresa |
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Procedimiento concursal | 670/2010. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 29/09/2010 |
Descripcion | Auto de declaración de concurso. Voluntario. |
Juzgado | num. 5 DE LO MERCANTIL DE MADRID. |
Resoluciones | DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO POR AUTO DE 29/09/10, DICTADO POR EL JUZGADO.DE LO MERCANTIL Nº 5 DE MADRID, PROCEDIMIENTO Nº 670/10, CONSERVANDO EL DEUDOR LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE SU PATRIMONIO, QUEDANDO SOMETIDAS ESTAS A LA INTERVENCION DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL. |
Procedimiento concursal | 670/2010. |
Fecha de resolución | 29/09/2010 |
Descripcion | Nombramiento de administradores. |
Juzgado | num. 5 DE LO MERCANTIL DE MADRID. |
Adm. Concurs. | Garcia Quismondo Pereda Ruben |
Procedimiento concursal | 670/2010. |
Fecha de resolución | 29/09/2010 |
Descripcion | Nombramiento de administradores. |
Juzgado | num. 5 DE LO MERCANTIL DE MADRID. |
Adm. Concurs. | Laorden Ferrero Javier |
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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GRUPO ENTECAN SL inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. y con domicilio en MadridSu clasificación nacional de actividades económicas es Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.
GRUPO ENTECAN SL tiene 2 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.