no disponible
-
-
-
2.5M €
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de GONZALEZ CARREÑO SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GONZALEZ CARREÑO SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión De conformidad con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas ambas el día 29 de octubre de 2001, aprobaron por unanimidad la absorción de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.
El proyecto de fusión ha sido depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y León, habiéndose aprobado la fusión de conformidad con el citado proyecto, con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el 30 de junio de 2001.
Al poseer la sociedad absorbente la totalidad del capital social de la absorbida, no procede la ampliación de capital ni la modificación estatutaria en la absorbente, ni la elaboración de informes por expertos independientes. No se ha reconocido ningún derecho o ventaja a Administradores o accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá realizarse antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión. Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley citada.
Madrid y León, 30 de octubre de 2001.-Los Administradores de las sociedades absorbente y absorbida.-54.172. y 3.a 7-11-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión De conformidad con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas ambas el día 29 de octubre de 2001, aprobaron por unanimidad la absorción de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.
El proyecto de fusión ha sido depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y León, habiéndose aprobado la fusión de conformidad con el citado proyecto, con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el 30 de junio de 2001.
Al poseer la sociedad absorbente la totalidad del capital social de la absorbida, no procede la ampliación de capital ni la modificación estatutaria en la absorbente, ni la elaboración de informes por expertos independientes. No se ha reconocido ningún derecho o ventaja a Administradores o accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá realizarse antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión. Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley citada.
Madrid y León, 30 de octubre de 2001.-Los Administradores de las sociedades absorbente y absorbida.-54.172. 2.a 6-11-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Anuncio de fusión De conformidad con el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales universales de socios de "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas ambas el día 29 de octubre de 2001, aprobaron por unanimidad la absorción de "González Carreño, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por "Cerámica de Villace, Sociedad Limitada", adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.
El proyecto de fusión ha sido depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y León, habiéndose aprobado la fusión de conformidad con el citado proyecto, con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el 30 de junio de 2001.
Al poseer la sociedad absorbente la totalidad del capital social de la absorbida, no procede la ampliación de capital ni la modificación estatutaria en la absorbente, ni la elaboración de informes por expertos independientes. No se ha reconocido ningún derecho o ventaja a Administradores o accionistas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá realizarse antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión. Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley citada.
Madrid y León, 30 de octubre de 2001.-Los Administradores de las sociedades absorbente y absorbida.-54.172. 1.a 5-11-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
GONZALEZ CARREÑO SLU es una empresa .
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.