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CNAE 4942 - Servicios de mudanza
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Información sobre balances y cuentas de resultados de GOMEZ LOGISTICA INTEGRAL SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GOMEZ LOGISTICA INTEGRAL SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbente) y "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas), celebradas el día 16 de junio de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" por parte de "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal", que adquiere por sucesión universal los patrimonios de las absorbidas, que quedan disueltas y extinguidas sin liquidación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión.
No procede aumentar el capital social de la absorbente por tratarse de una fusión impropia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 250 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las compañías aprobaron el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2003 y fijaron como fecha de fusión a efectos contables el 1 de enero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y socios, así como de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Los acreedores sociales podrán oponerse a dichos acuerdos en el plazo de un mes, contado a partir del tercer anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona y Alicante, 17 de junio de 2004.-El Consejero Delegado de Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal. Don Gabriel Urculo Bareño.-33.218. y 3.a 28-6-2004.
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Anuncio de fusión Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbente) y "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas), celebradas el día 16 de junio de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" por parte de "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal", que adquiere por sucesión universal los patrimonios de las absorbidas, que quedan disueltas y extinguidas sin liquidación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión.
No procede aumentar el capital social de la absorbente por tratarse de una fusión impropia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 250 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las compañías aprobaron el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2003 y fijaron como fecha de fusión a efectos contables el 1 de enero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y socios, así como de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Los acreedores sociales podrán oponerse a dichos acuerdos en el plazo de un mes, contado a partir del tercer anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona y Alicante, 17 de junio de 2004.-El Consejero Delegado de Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal. Don Gabriel Urculo Bareño.-33.218. 2.a 25-6-2004.
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Anuncio de fusión Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad absorbente) y "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas), celebradas el día 16 de junio de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de "Grupo Logístico Gómez, Sociedad Anónima Unipersonal", "Gómez Logística Integral Sociedad Anónima Unipersonal" y "Transportes Bajo Llobregat, Sociedad Limitada Unipersonal" por parte de "Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal", que adquiere por sucesión universal los patrimonios de las absorbidas, que quedan disueltas y extinguidas sin liquidación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión.
No procede aumentar el capital social de la absorbente por tratarse de una fusión impropia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 250 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las compañías aprobaron el balance de fusión, cerrado a 31 de diciembre de 2003 y fijaron como fecha de fusión a efectos contables el 1 de enero de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y socios, así como de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Los acreedores sociales podrán oponerse a dichos acuerdos en el plazo de un mes, contado a partir del tercer anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona y Alicante, 17 de junio de 2004.-El Consejero Delegado de Transcamer, Sociedad Anónima Unipersonal. Don Gabriel Urculo Bareño.-33.218. 1.a 24-6-2004.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente se hace público que las Juntas generales y universales de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", han acordado, por unanimidad, el día 18 de junio de 2002, en su domicilio social, la fusión de las mismas, mediante la absorción de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", por parte de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Además "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", ha adoptado la denominación social de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", en virtud del artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, con la consiguiente modificación estatutaria.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Elda (Alicante), 18 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima".-30.397.
y 3.a 26-6-2002.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente se hace público que las Juntas generales y universales de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", han acordado, por unanimidad, el día 18 de junio de 2002, en su domicilio social, la fusión de las mismas, mediante la absorción de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", por parte de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Además "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", ha adoptado la denominación social de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", en virtud del artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, con la consiguiente modificación estatutaria.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Elda (Alicante), 18 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima".-30.397.
2.a 25-6-2002.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente se hace público que las Juntas generales y universales de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", han acordado, por unanimidad, el día 18 de junio de 2002, en su domicilio social, la fusión de las mismas, mediante la absorción de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", por parte de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Además "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", ha adoptado la denominación social de "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima", en virtud del artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, con la consiguiente modificación estatutaria.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Elda (Alicante), 18 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Francisco Gómez, Sociedad Anónima", y "Gómez Logística Integral, Sociedad Anónima".-30.397.
1.a 24-6-2002.
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